Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 17-08-2016 (RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO 639/2016)

Sentido del fallo17/08/2016 • ES PROCEDENTE PERO INFUNDADO EL RECURSO DE INCONFORMIDAD. • SE CONFIRMA LA RESOLUCIÓN RECURRIDA.
EmisorSEGUNDA SALA
Tipo de AsuntoRECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO
Número de expediente639/2016
Fecha17 Agosto 2016
Sentencia en primera instanciaPRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS CIVIL Y DE TRABAJO DEL QUINTO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: A.D 1414/2014 (CUADERNO AUXILIAR A.D 944/2014),RELACIONADO CON EL A.D 1415/2014 (CUADERNO AUXILIAR 945/2014)))

RECURSO DE INCONFORMIDAD 639/2016

RECURSO DE INCONFORMIDAD PREVISTO EN LAS FRACCIONES I A III DEL ARTÍCULO 201 DE LA LEY DE AMPARO: 639/2016.

DERIVADO DEL JUICIO DE AMPARO DIRECTO **********.

RECURRENTE: ********** (TERCERA INTERESADA).

QUEJOSA: **********.




PONENTE: MINISTRO JOSÉ F.F.G.S..

SECRETARIA: M.A.S.M..

COLABORÓ: ARTURO Israel DOMÍNGUEZ ADAME.


Vo.Bo.

ministrO



Ciudad de México. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día diecisiete de agosto de dos mil dieciséis.


COTEJADO:


VISTOS; y

RESULTANDO


PRIMERO. Mediante escrito presentado el diecisiete de julio de dos mil catorce, ante la Oficialía de Partes de la Junta Especial número veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, **********, por conducto de su apoderado legal **********, promovió juicio de amparo en contra del laudo dictado el catorce de mayo de dos mil catorce, por la Junta referida, en el juicio laboral **********.


SEGUNDO. La parte quejosa señaló como preceptos constitucionales vulnerados los artículos 14 y 16 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; relató los antecedentes de la demanda, refirió como tercera interesada a la ********** y formuló los conceptos de violación que estimó pertinentes.


TERCERO. Conoció en principio de la demanda de amparo el Primer Tribunal Colegiado en Materias Civil y de Trabajo del Quinto Circuito y por auto de ocho de abril de dos mil catorce, su presidenta la admitió a trámite registrando el asunto con el número **********, tuvo por tercera interesada a la ********** y derivado de que el asunto estaba relacionado con el diverso **********, determinó que ambos se resolvieran de manera simultánea.


En cumplimiento a los oficios STCCNO/1833/2014 y STCCNO/24331/2014, signados por el Secretario Técnico de la Comisión de Creación de Nuevos Órganos del Consejo de la Judicatura Federal, se ordenó el envío del asunto para el apoyo en el dictado de la sentencia al Segundo Tribunal Colegiado de Circuito del Centro Auxiliar de la Décima Región. Previa recepción, el asunto se registró con el expediente auxiliar **********.


CUARTO. Previos los trámites de ley, el nueve de julio de dos mil quince, el referido órgano colegiado, dictó sentencia en la que resolvió otorgar el amparo solicitado, en los términos siguientes:


SEXTO. Estudio. Una parte de los conceptos de violación esgrimidos por la trabajadora quejosa, deviene inoperante; sin embargo, otra es fundada y suficiente para conceder el amparo solicitado.

Ahora bien, previo al análisis de los motivos de disenso, es necesario para una mejor comprensión del asunto, relatar los antecedentes principales del laudo reclamado de catorce de mayo de dos mil catorce, que se derivan de las constancias remitidas por la autoridad responsable Junta Especial Número Veintitrés de la Federal de Conciliación y Arbitraje, con residencia en Hermosillo, S., junto con su informe justificado; que obran glosadas en copia certificada en el expediente anexo (juicio laboral **********) al cuaderno de origen (amparo directo laboral **********); que merecen pleno valor probatorio en términos de los artículos 129 y 202 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley de A..

Mediante escrito presentado el veintitrés de marzo de dos mil diez, la aquí quejosa ********** promovió juicio laboral, en contra de **********, de quien reclamó bajo el supuesto de un despido injustificado, las siguientes prestaciones:

A. en el puesto de **********

A) La reinstalación en el puesto de ********** de la Residencia Regional Noroeste, con Categoría de **********, que ocupaba en **********, adscrito a la ********** con domicilio ubicado en calle **********, reiterando que dicha reinstalación en mi empleo sea en las mismas condiciones de trabajo en que lo venía realizando hasta antes del injustificado despido de que fui objeto; no omitiendo señalar que la relación de trabajo que me une con la demandada inició el día 17 de marzo de 2003, y se encontraba vigente desde la fecha antes indicada hasta el día 31 de enero de 2010 fecha en que surtió efectos el despido injustificado del que fui objeto, el cual me fue notificado el día 25 de enero de 2010 por la demandada; en la inteligencia de que mi trabajo siempre lo realice de una manera constante y de naturaleza permanente y a plena satisfacción de la demandada, por lo que solicito que esa autoridad laboral, se pronuncie en el sentido de emitir declaratoria donde reconozca que mi trabajo fue de naturaleza permanente a favor de la demandada, por lo que mi relación laboral fue por tiempo indefinido desde el inicio de la misma.”

B. Reconocimiento de la naturaleza de la relación laboral como permanente y de tiempo indefinido

B) Que mediante resolución que emita esta autoridad laboral, se declare que la relación laboral entre la demandada ********** y la suscrita, es de naturaleza permanente y por tiempo indefinido, contrario al carácter que, ilegalmente, siempre ha considerado la demandada, ya que desde el día de mi ingreso a prestar servicio a su favor, es decir, desde el día 17 de marzo de 2003, ha aparentado una contratación de carácter eventual para obra determinada desde el inicio de la relación laboral, no obstante haber laborado para ella de manera ininterrumpida, constante y bajo su subordinación.”

C. Beneficios del Contrato Colectivo Único suscrito con el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM), bienio 2008-2010, así como cualquier otro beneficio derivado a favor de los trabajadores de la **********

C) Subsidiariamente, una vez reconocida por esa autoridad laboral que la naturaleza de la relación laboral que la suscrita tenía con la demandada **********, es de naturaleza permanente y constante, y por lo tanto de carácter indefinido, se ordene aplicar a mi favor los beneficios del Contrato Colectivo Único que la demandada tiene suscrito con el Sindicato Único de Trabajadores Electricistas de la República Mexicana (SUTERM) Bienio 2008-2010, así como cualquier otro beneficio que se derive a favor de los trabajadores de **********, toda vez que la demandada, desde la fecha de mi ingreso, es decir, desde el día 17 de marzo de 2003, ha considerado ilegalmente, que mi relación laboral con ella es de carácter eventual para obra determinada, cuando ello es totalmente falso, y ha dejado de aplicar, en mi favor, los beneficios de dicho contrato colectivo, alegando que el mismo excluye de dichos beneficios a los trabajadores eventuales de la construcción.”

D. Pago de todas y cada una de las prestaciones establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo Único **********-SUTERM, bienio 2008-2010:

1. Fondo de ahorro

2. Renta de casa

3. Ayuda para transporte

4. Ayuda para despensa

5. Vacaciones

6. Aguinaldo

7. Servicio Eléctrico

8. Fondo de Previsión

9. Medios de protección y de trabajo

10. Dos días de descanso contractual anual

11. Incentivo a la constancia y puntualidad

12. Compensación por fidelidad

13. Incentivo por desempleo (bono)

14. Incentivo grupal

15. Todas las demás que se deriven de dicho instrumento contractual y de la propia relación laboral

Desde el diecisiete de marzo de dos mil tres (fecha de ingreso) hasta el treinta y uno de enero de dos mil diez (despido injustificado)

D) Subsidiariamente, y una vez que esa autoridad determine, porque así es, que la relación laboral entre la suscrita y la demandada es de carácter permanente, y por ello se debe aplicar en mi favor los beneficios del Contrato Colectivo Único, así como cualquier otra prestación establecida a favor de los trabajadores de **********, reclamo el pago de todas y cada una de las prestaciones establecidas en el Contrato Colectivo de Trabajo Único **********-SUTERM, bienio 2008-2010, el cual resulta aplicable a la suscrita, consistiendo dichas prestaciones enunciativamente en las siguientes: fondo de ahorro, renta de casa, ayuda para transporte, ayuda para despensa, vacaciones, aguinaldo, servicio eléctrico, fondo de previsión, medios de protección y de trabajo, 2 días de descanso contractual anual, incentivo a la constancia y puntualidad, compensación por fidelidad, incentivo por desempleo (también llamado bono) y el incentivo grupal, así como todas las demás que se deriven de dicho instrumento contractual y de la propia relación laboral, que se hayan generado desde el día 17 de marzo de 2003 fecha de ingreso al trabajo del suscrito y hasta el día 31 de enero de 2010, fecha del injustificado despido de que fui objeto por la patronal demandada, considerando los aumentos que hayan impactado dichos beneficios contractuales.”

E. Tiempo extraordinario laborado y no cubierto del diecisiete de marzo de dos mil tres (fecha de ingreso) al treinta y uno de enero de dos mil diez (despido injustificado)

E. De igual forma, reclamo el pago y cumplimiento de la cantidad que resulte por concepto de tiempo extra constante laborado y no cubierto, del día 17 de marzo de 2003 y hasta el 31 de enero de 2010, fecha del último día de labores para la...

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