Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 23-06-2005 (AMPARO EN REVISIÓN 1550/2004)

Sentido del fallo
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
Sentencia en primera instanciaJUZGADO NOVENO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: J.A. 1047/2003-I),SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: TOCA DE REVISIÓN NÚMERO R.A. 70/2004))
Número de expediente1550/2004
EmisorPLENO
Fecha23 Junio 2005
SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE ATRACCIÓN 36/2004-PL

NMzAJO EN REVISIÓN 1550/2004.

amparo en revisión 1550/2004.

quejoso: **********, Sociedad anónima, Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero ********** y otros.



PONENTE: ministro sergio salvador aguirre

anguiano.

SECRETARIA: andrea zambrana castañeda.


Vo. Bo.

México, Distrito Federal. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veintitrés de junio de dos mil cinco.


V I S T O S; Y

R E S U L T A N D O:


Cotejó:

PRIMERO.- Mediante escrito presentado el dieciséis de junio de dos mil tres, y recibido en la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en el Distrito Federal, **********, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero **********, (**********), **********, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero **********, (**********), **********, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero **********, (**********), por medio de sus representantes, y designando como representante común a **********, S.A., Institución de Banca Múltiple, Grupo Financiero **********, (**********), solicitaron el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se precisan:


III AUTORIDADES RESPONSABLES: --- 1.- H. Congreso de la Unión; --- 2.- C.P. de la República; --- 3.- C.S. de Gobernación; --- 4.- C.A. Superior de la Federación; --- 5.- C.S. de Hacienda y Crédito Público; --- 6.- Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario; --- 7.- C.S. Ejecutivo del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario; --- 8.- C. Secretaria Adjunta Jurídica y C.S. Adjunto de Protección al Ahorro Bancario del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario; --- 9.- C.S. de la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario; --- 10.- C. P. de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; --- 11.- C. Gobernador del Banco de México; --- 12.- C.S. de la Función Pública. --- IV.- ACTOS RECLAMADOS: --- A).- Del H. Congreso de la Unión reclamamos la expedición de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, publicada en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al martes 29 de diciembre de 2000, en lo que concierne a su artículo 20, con todas sus consecuencias y efectos. --- B).- D.C.P. de la República reclamamos el decreto del 27 de diciembre de 2000, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de diciembre de 2000, que promulga y manda publicar la referida Ley de Fiscalización Superior de la Federación, con todas sus consecuencias y efectos. --- C).- D.C.S. de Gobernación reclamamos el refrendo del aludido decreto promulgatorio de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación y su publicación en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al 29 de diciembre de 2000, con todas sus consecuencias y efectos. --- D).- D.C.A. Superior de la Federación la aplicación de la inconstitucional Ley de Fiscalización Superior de la Federación al realizar revisiones inconstitucionales y emitir las órdenes, observaciones, acciones, instrucciones y/o recomendaciones contenidas en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001 correspondiente al Programa de Capitalización y Compra de Cartera. --- Se reclaman todas y cada una de las observaciones, órdenes, seguimientos, recomendaciones, acciones, conclusiones y demás actos contenidos en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta de la Hacienda Pública Federal 2001 correspondientes al Programa de Capitalización y Compra de Cartera relativas a las empresas quejosas. --- A través de dichas observaciones, órdenes, seguimientos, recomendaciones, acciones, conclusiones y demás actos contenidos en el acto reclamado, la A.ía Superior de la Federación, actuando en exceso de sus facultades previstas en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, afecta los derechos previamente adquiridos por las empresas quejosas. --- Los actos reclamados se traducen, de manera enunciativa pero no limitativa en: --- 1.- El desconocimiento, revocación, modificación, alteración o adición de las Reglas Generales del Nuevo Programa al que se refiere el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario (Reglas Generales), publicadas en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al viernes 18 de junio de 1999, en tanto que han practicado revisiones que exceden sus facultades constitucionales. --- 2.- La consideración inconstitucional en el sentido de que las empresas quejosas no debieron participar en el Programa de Capitalización y Compra de Cartera, lo cual afecta gravemente los derechos previamente adquiridos por las quejosas. (página 153 del informe). --- 3.- La autoritaria y dogmática aseveración en el sentido de que el Comité Técnico del FOBAPROA funcionó sin reglas de operación que le permitiera regular sus actividades y aprobar los apoyos de los bancos de manera racional, y que actuó con discrecionalidad en sus decisiones y abuso en sus facultades. (página 150 informe). --- 4. Las gratuitas y arbitrarias declaraciones en el sentido de que en el Programa de Capitalización y Compra de Cartera, se incluyeron créditos que de acuerdo a las Bases para la Capitalización estaban excluidos y en contravención a los contratos atípicos y de fideicomisos. (páginas 151 y 152 del informe). --- 5. La declaratoria en el sentido de que existe una cantidad importante de créditos de las quejosas que fueron transferidos al Fobaproa sin cumplir con las Bases de Capitalización, que provocarán un impacto económico. (página 153 del informe). --- 6.- La emisión de las órdenes o recomendaciones emitidas por el denominado A. Superior de la Federación, a la Secretaría de Hacienda en su carácter de fideicomitente del Fobaproa para que implemente las acciones que correspondan para disminuir o sustituir de los pagarés y/o de la obligación asumida por los derechos de crédito en moneda extranjera, los créditos que sufran evicción y sus correspondientes intereses de la cartera originadora de flujos y como representante del Gobierno Federal, cancele su aval por dichos créditos. --- 7. La orden y/o recomendación dirigida al Instituto de Protección al Ahorro Bancario (IPAB) en el sentido de que a la firma del contrato del Nuevo Programa establecido en el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario, prevea la condición de que en la garantía o instrumento de pago que cubra los derechos de cobro, estén consideradas las responsabilidades de daños y perjuicios si el instituto sufre evicción, y que queden los bancos vendedores sujetos a las penas respectivas, como lo establece el artículo 2272 del Código Civil para el Distrito Federal. --- 8. La orden genérica para la reducción, disminución o sustitución del monto de las obligaciones de pago derivadas de los contratos y los instrumentos de pago suscritos por el Fondo Bancario de Protección al Ahorro (Fobaproa) y el Gobierno Federal; la revocación, modificación o adición de las Reglas Generales del nuevo programa al que se refiere el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario publicadas en el Diario Oficial de la Federación correspondiente al viernes 18 de junio de 1999; la revocación, modificación o adición de los mecanismos y procedimientos del nuevo programa previsto en las precitadas Reglas Generales; y la revisión a las auditorías a que se refiere el artículo Quinto Transitorio de la Ley de Protección al Ahorro Bancario; --- 9.- Todos los efectos y consecuencias que se deriven de los anteriores actos reclamados. --- E).- Del C. S. de Hacienda y Crédito Público reclamamos la inminente ejecución de las órdenes o recomendaciones emitidas por la A.ía Superior de la Federación, mismas que se encuentran contenidas en el Informe de Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Hacienda Pública Federal 2001, respecto al Programa de Capitalización y Compra de Cartera, que de manera enunciativa implican la ejecución de los actos reclamados en el inciso D anterior. --- Le reclamamos igualmente las órdenes que haya dado o esté por girar, ya sea verbales o escritas, a las demás autoridades responsables, tendientes al cumplimiento de los actos torales reclamados a la A.ía Superior de la Federación, así como todas sus consecuencias y efectos. --- F).- De la Junta de Gobierno del Instituto para la Protección del Ahorro Bancario reclamamos la inminente ejecución de las recomendaciones emitidas por la A.ía Superior de la Federación, mismas que se encuentran contenidas en el Informe del Resultado de la Revisión y Fiscalización Superior de la Hacienda Pública Federal 2001, respecto al Programa de Capitalización y Compra de Cartera, que de manera enunciativa implican la ejecución de los actos reclamados en el inciso D anterior. --- Reclamamos también, las órdenes, instrucciones o acuerdos verbales o escritos, que haya dado o esté por dar como superior jerárquico a sus subordinados los CC: S. Ejecutivo y Secretaria Adjunta Jurídica, ambos del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, para ejecutar las mencionadas recomendaciones, así como todas sus consecuencias y efectos. --- G).- De los CC.S. Ejecutivo, Secretaria Adjunta Jurídica y S. Adjunto de Protección al Ahorro Bancario, todos del Instituto para la Protección al Ahorro Bancario, reclamamos todos los...

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