Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 09-06-2006 ( AMPARO EN REVISIÓN 973/2006 )

Sentido del fallo SE REVOCA LA SENTENCIA RECURRIDA.- SE NIEGA EL AMPARO A LA QUEJOSA.
Fecha09 Junio 2006
Sentencia en primera instanciaSEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO (EXP. ORIGEN: R.A. 445/2005), JUZGADO PRIMERO DE DISTRITO, EL ESTADO DE GUANAJUATO (EXP. ORIGEN: J.A. I-172/2005)
Número de expediente 973/2006
Tipo de Asunto AMPARO EN REVISIÓN
Emisor SEGUNDA SALA
AMPARO EN REVISIÓN 973/2006

AMPARO EN REVISIÓN 973/2006.


AMPARO EN REVISIÓN 973/2006.

QUEJOSA: **********.




PONENTE: MINISTRO J.D.R..

SECRETARIO: ISRAEL FLORES RODRÍGUEZ


Vo. Bo.

MINISTRO

México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al nueve de junio de dos mil seis.

COTEJADO:

V I S T O S, Y;

R E S U L T A N D O :


PRIMERO. Por escrito presentado el once de febrero de dos mil cinco en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados Primero y Segundo de Distrito en el Estado de Guanajuato, **********, por su propio derecho, solicitó el amparo y protección de la Justicia Federal, contra los actos y autoridades que a continuación se transcriben:


III.- LA AUTORIDAD O AUTORIDADES RESPONSABLES: Las cuales se procede a precisar, de acuerdo a su carácter de ordenadoras y ejecutoras, según corresponda: ------------------------- A).- COMO AUTORIDADES RESPONSABLES ORDENADORAS: ------------------------------------------------ 1.- La H. Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, con domicilio conocido ubicado en Avenida Congreso de la Unión sin número, Colonia del Parque, D.V.C., Código Postal 15960, de la ciudad de México, Distrito Federal, a través de su Diputado Presidente Manlio Fabio Beltrones Rivera y de su Diputado S.M.M.T.. --------------------------------------- 2.- La H. Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, con domicilio conocido ubicado en Avenida Congreso de la Unión sin número, Colonia del Parque, D.V.C., Código Postal 15960, de la ciudad de México, Distrito Federal, a través de su S.P.D.F. de C.R. y de su Senadora Secretaria Sara I. Castellanos Cortés. -------------------- 3.- El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, L.. Vicente Fox Quesada, con domicilio conocido ubicado en Palacio Nacional, Patio de Honor, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, de la ciudad de México, Distrito Federal. -------------------------------------- 4.- El C. Secretario de Gobernación, L.. S.C.M., con domicilio conocido ubicado en calle Bucareli número 99, C.J., D.C., Código Postal 06060, de la ciudad de México, Distrito Federal. --------------------5.- El H. Congreso del Estado de Guanajuato, con domicilio conocido ubicado en Plaza de la Paz número 77, Colonia Centro de esta ciudad de Guanajuato, Gto., a través de su Diputado Presidente Juan Alcocer Flores y de sus Diputados Secretarios Alberto Cano Estrada y M.S.M.. -----------------------------------------6.- El C. Gobernador Constitucional del Estado de Guanajuato, L.. Juan Carlos Romero Hicks, con domicilio conocido en Palacio de Gobierno, ubicado en calle Paseo de la Presa número 103, Código Postal 36000, de esta ciudad de Guanajuato, G.. -----------------------------------------------7.- El C. Secretario de Gobierno del Estado de Guanajuato, C.R.T.O., con domicilio conocido en Palacio de Gobierno, ubicado en calle Paseo de la Presa número 103, tercer piso, Código Postal 36000, de esta ciudad de Guanajuato, G.. ---8.- El C. Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guanajuato, C.J.L.M.A. y M.M., con domicilio en calle Paseo de la Presa número 172, Código Postal 36000, de esta ciudad de Guanajuato, G.. ---B) COMO AUTORIDADES RESPONSABLES EJECUTORAS: ---------------------------------------------------1.- El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, L.. V.F.Q., con domicilio conocido ubicado en Palacio Nacional, Patio de Honor, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06060, de la ciudad de México, Distrito Federal. --------------------------------------2.- El C. Director del Diario Oficial de la Federación, con domicilio conocido ubicado en General Prim. número 43, C.J., Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06600, de la ciudad de México, Distrito Federal. --------------------------------------3.- El C. Administrador Local de Recaudación del Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, Delegación León, L.. Vicente Saldaña Cruz, con domicilio conocido ubicado en la calle Irapuato número 1201 esquina con calle S.M. de A., colonia Industrial de la ciudad de León, Guanajuato. -------------------------------------------------------- 4.- El C. Gobernador Constitucional del Estado de Guanajuato, L.. Juan Carlos Romero Hicks, con domicilio conocido en Palacio de Gobierno, ubicado en calle Paseo de la Presa número 103, Código Postal 36000, de esta ciudad de Guanajuato, G.. ----------------------------------------------- 5.- El C. Director del Periódico Oficial del Estado de Guanajuato, L.. Luis Manuel Terrazas Aguilar, con domicilio conocido en carretera Guanajuato-Juventino Rosas Km 10 de esta ciudad de Guanajuato, G.. ----------------------------------------------- 6.- El C. Secretario de Finanzas y Administración del Gobierno del Estado de Guanajuato, C.J.L.M.A. y M.M., y/o el C. Titular de la Dirección General de Ingresos dependiente de dicha Secretaría, C.L.. D.L.Z., con domicilio conocido en calle Paseo de la Presa número 172, Código Postal 36000, de esta ciudad de Guanajuato, G.. -----------------------------------------IV.- LA LEY O ACTO QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAME:---------------------------------------------------------A) DE LAS AUTORIDADES RESPONSABLES SEÑALADAS COMO ORDENADORAS: ------------------1.- En relación a las dos primeras de las autoridades responsables señaladas como ordenadoras en el rubro correspondiente, esto es, la Cámara de D. y la de Senadores, como partes integrantes del H. Congreso de la Unión, de ellas se reclama (considerando a la primera como Cámara de origen y a la segunda como Cámara revisora, en atención a lo dispuesto por la fracción H del artículo 72 constitucional): ------------------------ a) Los actos procedimentales legislativos consistentes en la Discusión y en la Aprobación de las reformas al artículo 43 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado (mismo que fue reformado en su totalidad y que corresponde al Capítulo IX, De las participaciones a las Entidades Federativas, estatuyendo la opción de éstas de establecer Impuesto Cedulares sobre los ingresos que se indican y que obtengan las personas físicas), en específico las concernientes al párrafo primero, a la fracción II y a los párrafos antepenúltimo, penúltimo y último de dicho precepto legal, que venían contenidas dentro del Proyecto o Iniciativa de Reformas y Adiciones a dicha ley presentado por el Presidente de la República y que, al haber sido aprobadas por el Congreso de la Unión, y al disponer éste que se imprimiera, publicara, circulara y se le diera el debido cumplimiento a la ley en comento (acto que también combato), trajo como consecuencia el que fueran sancionadas tales reformas por el Ejecutivo Federal, publicándose éstas en el Diario Oficial de la Federación el día 01 de diciembre de 2004, entrando en vigor, según el Decreto correspondiente, el día 01 de enero de 2005; --------- b) Los actos procedimentales legislativos consistentes en la Discusión y en la Aprobación de la reforma a la fracción I del artículo 142 de la Ley del Impuesto sobre la Renta (correspondiente al Capítulo III de los Ingresos por arrendamiento y en general por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles, del Título IV de las Personas Físicas), al correlacionarse ésta con el segundo párrafo del propio numeral y con el primer párrafo del artículo 177 de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente hasta el 31 de diciembre de 2004 (de acuerdo a lo dispuesto por el inciso h) del artículo segundo transitorio de la Ley del Impuesto sobre la Renta vigente a partir del primero de enero de 2005), modificación que venía contenida dentro del Proyecto o Iniciativa de Reformas y Adiciones a dicha ley presentado por el Presidente de la República y que, al haber sido aprobada por el Congreso de la Unión, y al disponer éste que se imprimiera, publicara, circulara y se le diera el debido cumplimiento a la ley en comento (acto que también combato), trajo consigo el que fuera sancionada tal reforma por el Ejecutivo Federal, publicándose ésta en el Diario Oficial de la Federación el día 01 de diciembre de 2004, entrando en vigor, según el Decreto relativo, el día 01 de enero de 2005. ----------------------------------------- 2.- En atención a las tercera y cuarta de las autoridades responsables mencionadas como ordenadoras en el título respectivo, esto es, el C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos y el C. Secretario de Gobernación, se reclama lo siguiente. -----------------------------------------a).- La presentación del Proyecto o Iniciativa de Reformas y A. a la Ley del Impuesto al Valor Agregado, por parte del propio Presidente de la República, dentro del que se combate, por estar en él contenida, en específico, la propuesta de reformas del artículo 43 de la ley en comento (que fue reformado en su totalidad), precisando las concernientes al párrafo primero, a la fracción II y a los párrafos antepenúltimo, penúltimo y último de dicho precepto legal, y que trajo consigo su Discusión y su posterior Aprobación por parte de ambas Cámaras del Congreso de la Unión. Del mismo modo, de las autoridades responsables ordenadoras a que atiendo en este punto, reclamo los actos procedimentales legislativos consistentes en la Sanción y en la Orden de Impresión, Publicación para la Iniciación de Vigencia, Circulación y debido cumplimiento de dichas reformas, esto es, las relativas al párrafo primero, a la fracción...

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