Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 13-04-2016 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5669/2015)

Sentido del fallo13/04/2016 1. SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. 2. NIEGA EL AMPARO.
Número de expediente5669/2015
Sentencia en primera instanciaTRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL DÉCIMO SEGUNDO CIRCUITO (EXP. ORIGEN: AD.-983/2014))
Fecha13 Abril 2016
Tipo de AsuntoAMPARO DIRECTO EN REVISIÓN
EmisorPRIMERA SALA

Rectangle 2

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5669/2015



amparo DIRECTO en revisión 5669/2015

quejosA: ********** por su propio derecho y en representación de su menor hija **********.

RECURRENTE:********** EN SU CARÁCTER DE AUTORIZADO DE LAS QUEJOSAS.



VISTO BUENO

SR. MINISTRO



ministrO ponente: jorge marIO pardo rebolledo.

SECRETARIA: M.V.S.M..



Ciudad de México. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación correspondiente al día trece de abril de dos mil dieciséis.


V I S T O S para resolver los autos relativos al amparo directo en revisión 5669/2015, interpuesto por ********** en su carácter de autorizado de la quejosa ********** por su propio derecho y en representación de su menor hija ********** en contra de la sentencia dictada el veintiuno de mayo de dos mil quince por el Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosegundo Circuito, en el juicio de amparo directo **********.

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Antecedentes:

Solicitud de Restitución ********** (Registro antiguo **********.

********** ante la Autoridad Central de los Estados Unidos de América presentó una solicitud para la restitución de su mejor hija **********, la cual se registró con el número **********.


Esa solicitud fue remitida a la Subsecretaría para América del Norte de la Dirección General de Protección a Mexicanos en el Exterior de la Secretaria de Relaciones Exteriores, como Autoridad Central de nuestro país, quien la remitió al Supremo Tribunal de Justicia del Estado de S., quien a su vez y para su trámite la envió al Juzgado Segundo de Primera Instancia del Ramo Familiar del Distrito Judicial en Culiacán, S. y recibió la mencionada solicitud el catorce de enero de dos mil catorce; ordenó formar el expediente número ********** y emplazar a **********.


Entre los hechos narrados por quien solicitó la restitución, destacan en esencia los siguientes:


  • Que estuvo casado con ********** por un tiempo aproximado de cinco años y procrearon a la menor **********, quien nació el dos de septiembre de dos mil nueve, en Santa Ana, Condado de ********** en el estado de **********en los **********.1


  • Asimismo, más o menos por fecha veinticinco de marzo de dos mil trece, la demandada comenzó a actuar de manera errática y le hizo saber que salía con otro hombre y que se llevaría a la menor a **********.

  • Cuatro días después, el solicitante tras un día de jornada laboral llegó a su hogar y se percató que ********** había empacado algunas cosas, abandonó el domicilio conyugal, y en consecuencia, se llevó a la menor. De inmediato, asentó un informe de persona extraviada, en el Departamento de Policía de S.A. (registrado bajo el número **********


  • En fecha ocho de abril siguiente asentó su solicitud de divorcio (caso número **********, mediante el cual también solicitó la custodia legal y física no compartida de la menor ********** la cual le fue concedida por la autoridad judicial de California el cuatro de junio de dos mil trece.


  • Posteriormente, el siete de agosto de dos mil trece, una investigadora del Departamento de Policía de S.A., se puso en contacto con la demandada, al teléfono ********** quien ********** respondió que no tenía la intención de regresar a los ********** y que tampoco se sentía obligada a restituir a la menor.


Contestación.

  • La demandada produjo su contestación en la que argumentó básicamente que en la fecha señalada huyó del domicilio conyugal, llevando consigo a su hija, pero que era falso que fue sin consentimiento de éste, puesto que cuando le comentó que viajaría a ********** porque no podría seguir con esta relación, él aceptó e incluso aportó para sufragar los gastos con la venta de un automóvil.


  • Que su comportamiento se debía a problemas psico-emocionales derivados del sufrimiento y violencia por parte del solicitante, que para ser más específica comenzó cuando en dos mil diez falleció su madre, en la ciudad de ********** cuando le manifestó su deseo de trasladarse a esa ciudad y asistir al velorio y sepelio, negándose rotundamente; que continuó con amenazas y todo el tiempo estaba enojado.


  • Que conforme pasaban los días se percató que consumía drogas, situación que no aprobó, por lo que reclamó sus actos y ello provocó que los insultos se intensificaran con un inmenso terror de que cumpliera con sus amenazas que le causara la muerte.


  • Menciona que la obligó a prostituirse porque se encontraba desempleado y que era la forma más fácil y rápido de obtener dinero y que de no acceder la pasaría muy mal porque no tenía ni idea de todo lo que le haría a ella, a su familia incluyendo a la menor; así como que la acusaría con la migra para que fuera deportada y le quitaran a su hija. Que fue tal su trauma por haber sido vendida con distintos hombres que ello le provocó un trastorno mixto ansioso depresivo, por lo que ante tal situación, el diecisiete de febrero de dos mil trece, acudió ante la policía y levantó el reporte policial No. ********** manifestando lo vivido con el solicitante.


  • Que el veintinueve de marzo de dos mil trece, aprovechó el momento en que éste se encontraba tranquilo y sin el consumo de drogas para plantearle que una separación era lo mejor para todos, que se trasladaría con su familia a Culiacán y que él podía ir cuando quisiera.


  • Reitera que si bien es cierto que tomó la decisión de irse a **********, huyendo del maltrato físico y emocional del que era objeto, ello no lo hizo dentro de sus facultades mentales, aunado a que debido a su ignorancia no realizó los trámites correspondientes para trasladar a su hija fuera de los Estados Unidos, sino más bien pensó que como indocumentada no tendría ayuda ni derecho alguno.


  • Que cuando llegó a ********** acudió al ********** para solicitar terapia psicológica y al ********** en el que le fue diagnosticado **********, aunado a que se refugió en la iglesia cristiana devolviéndole su estabilidad mental, por lo que se encuentra en perfectas condiciones de salud física y mental para hacerse cargo de su hija.


  • Que de ordenarse la restitución de la menor, se pone en un riesgo muy grave dado que el solicitante se encuentra en calidad de ilegal en aquél país con el riesgo constante de ser atrapado por la migra y ser deportado, al igual que ella, pues ninguno cuenta con la documentación legal para ingresar a los Estados Unidos, lo que provocaría dejar a la menor en manos de autoridades estadounidenses transgrediendo el derecho de la menor de crecer junto a sus padres.


  • Que la verdadera razón por la que el solicitante pide la restitución de la menor es porque existe un interés económico de por medio, como lo es la prestación anual que recibe ********** “Income Tax” sólo si demuestra que su hija radica en aquel país, la cual él ha cobrado hace varios años, por lo que es falso que se interese por su bienestar y educación.


Sentencia de Primera Instancia.

Una vez que se concluyó la secuela procesal en donde también se escuchó el parecer de la menor,2 la Juez Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Culiacán, S., dictó resolución el veintiocho de mayo de dos mil catorce, en la que determinó procedente la petición de restitución internacional de la menor **********, y en consecuencia, dada la ilegal retención de la infanta, ordenó que de manera inmediata se procediera a devolverla a su residencia habitual, sito **********quedando bajo la custodia de su progenitor**********.


  • Recurso de Apelación **********.

Por virtud de lo anterior, ********** y **********, en su carácter de Agentes del Ministerio Público, así como la Licenciada **********, en su carácter de Procuradora Judicial de ********** interpusieron recurso de apelación, el cual se admitió en EFECTO DEVOLUTIVO, de los cuales conoció la Cuarta Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado de S. y por resolución de ocho de agosto de dos mil catorce, determinó confirmar el fallo recurrido.3


SEGUNDO. Trámite y resolución del juicio de amparo. Inconforme con la anterior resolución, **********por su propio derecho y en representación de su mejor hija **********promovió demanda de amparo directo.


En la demanda indicó que se violaron en su perjuicio los artículos 1°, 14, 16 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8, 19 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, así como el 3.1.2, 9.1.2.3 y 10.2 de la Convención sobre los Derechos del Niño de la Organización de las Naciones Unidas y expuso los conceptos de violación que estimó pertinentes a los cuales se hará referencia con posterioridad.


Mediante proveído de catorce de octubre de dos mil quince, la Presidente del Tribunal Colegiado en Materia Civil del Decimosegundo Circuito, admitió a trámite la demanda, la cual registró bajo el número *****...

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