Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 08-04-2015 (AMPARO EN REVISIÓN 622/2012)

Sentido del fallo08/04/2015 • SE CONFIRMA LA SENTENCIA RECURRIDA. • LA JUSTICIA DE LA UNIÓN NO AMPARA NI PROTEGE A LOS QUEJOSOS. • LA JUSTICIA DE LA UNIÓN AMPARA Y PROTEGE A LOS QUEJOSOS.
Fecha08 Abril 2015
Sentencia en primera instanciaCUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO (EXP. ORIGEN: R.A. 42/2012)),JUZGADO CUARTO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN LA CIUDAD DE MÉXICO (EXP. ORIGEN: J.A. 1124/2010 Y SUS ACUMULADOS 1125/2010, 1126/2010, 1127/2010 Y 1129/2010)
Número de expediente622/2012
Tipo de AsuntoAMPARO EN REVISIÓN
EmisorSEGUNDA SALA

Amparo en Revisión 622/2012 [301]

amparo en revisión 622/2012.

quejosOS: **********.



PONENTE:

MINISTRO A.P.D..


SECRETARIa:

guadalupe de la paz varela domínguez.



Vo. Bo.

Sr. Ministro.


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día ocho de abril de dos mil quince.


Cotejó:


VISTOS, para resolver el amparo en revisión identificado al rubro; y


R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Demanda de amparo y ampliación, promovidas por ********** y **********. Mediante escritos presentados el doce y trece de julio de dos mil diez en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por conducto de su apoderado legal y **********, por su propio derecho, solicitaron el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las siguientes autoridades responsables: Presidente de la República; Congreso de la Unión, integrado por sus dos Cámaras; Secretario de Gobernación; y Director del Diario Oficial de la Federación. Y de la Comisión Federal de Competencia, señalaron como tales a los integrantes de su Pleno, al P., al titular de la Dirección General Jurídica (ahora D. General de Asuntos Jurídicos); al titular de la Dirección General de Investigaciones (ahora Director General de Investigaciones de Prácticas Monopólicas Absolutas y Restricciones al Comercio Interestatal) y al Secretario Ejecutivo.


De esas autoridades reclamaron la aprobación, expedición, refrendo, promulgación y publicación de los artículos 9, fracción IV, y 30, párrafo quinto de la Ley Federal de Competencia Económica; y la resolución de diez de junio de dos mil diez dictada en el expediente **********, recaída al recurso de reconsideración que interpusieron ante la Comisión Federal de Competencia, en contra de la diversa resolución de veintiocho de enero de dos mil diez, emitida en el expediente **********, por la que se les impuso multa respectivamente, por la cantidad de $21´547,500.00 (veintiún millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos pesos 00/100 Moneda Nacional) y $17,180.54 (diecisiete mil ciento ochenta pesos 54/100 Moneda Nacional).


SEGUNDO. Admisión. La demanda y ampliación referidas fueron turnadas al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien las registró con el número **********, y las admitió a trámite mediante acuerdo de veintiuno de julio de dos mil diez, previo desahogo de la prevención formulada a la quejosa a fin de que precisara cuál era el acto de aplicación de los preceptos reclamados, y si señalaban como tal, el artículo 30, párrafo quinto, de la Ley Federal de Competencia Económica.


TERCERO. Otras demandas de amparo relacionadas con los mismos actos reclamados. 1. Mediante escrito presentado el doce de julio de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por conducto de su apoderado legal, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las siguientes autoridades responsables: Presidente de la República; Congreso de la Unión, integrado por sus dos Cámaras; Secretario de Gobernación; Secretario de Hacienda y Crédito Público; Secretario de Economía; Director del Diario Oficial de la Federación, y el Pleno de la Comisión Federal de Competencia.


De esas autoridades reclamó respectivamente, la aprobación, expedición, refrendo, promulgación y publicación de los artículos 9, fracción IV, 25, 28, 30, 33 y 35 de la Ley Federal de Competencia Económica; 21 y 22, fracción XIII del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia; y la resolución de diez de junio de dos mil diez dictada en el expediente **********, recaída al recurso de reconsideración que interpuso ante la Comisión Federal de Competencia, en contra de la diversa resolución de veintiocho de enero de dos mil diez, emitida en el expediente **********, por la que se le impuso multa por la cantidad de $21´547,500.00 (veintiún millones quinientos cuarenta y siete mil quinientos pesos 00/100 Moneda Nacional).


Dicha demanda fue turnada al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien la registró con el número **********, y la admitió a trámite mediante acuerdo de veintiuno de julio de dos mil diez.


2. Por escrito presentado el doce de julio de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por su propio derecho, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las siguientes autoridades responsables: Presidente de la República; Congreso de la Unión, integrado por sus dos Cámaras; Secretario de Gobernación; Secretario de Hacienda y Crédito Público; Secretario de Economía; Director del Diario Oficial de la Federación, y el Pleno de la Comisión Federal de Competencia.


De esas autoridades reclamó respectivamente, la aprobación, expedición, refrendo, promulgación y publicación de los artículos 9, fracción IV, 25, 28, 30, 33 y 35 de la Ley Federal de Competencia Económica; 21 y 22, fracción XIII del Reglamento Interior de la Comisión Federal de Competencia; y la resolución de diez de junio de dos mil diez dictada en el expediente **********, recaída al recurso de reconsideración que interpuso ante la Comisión Federal de Competencia, en contra de la diversa resolución de veintiocho de enero de dos mil diez, emitida en el expediente **********, por la que se le impuso multa por la cantidad de $90,039.82 (noventa mil treinta y nueve pesos 82/100 Moneda Nacional).


La demanda referida fue turnada al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien la registró con el número **********, y la admitió a trámite mediante acuerdo de veintiuno de julio de dos mil diez.


3. Mediante escrito presentado el doce de julio de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por su propio derecho, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las siguientes autoridades responsables: Presidente de la República; Congreso de la Unión, integrado por sus dos Cámaras; Secretario de Gobernación, y la Comisión Federal de Competencia.


De esas autoridades reclamó respectivamente, la aprobación, expedición, refrendo, promulgación y publicación de los artículos 9 y 35 de la Ley Federal de Competencia Económica; y la resolución de diez de junio de dos mil diez que resolvió el recurso de reconsideración ********** (acumulado al **********), por medio de la cual se confirmó la diversa resolución emitida en el expediente **********, en la que se le impuso multa por la cantidad de $71,977.38 (setenta y un mil novecientos setenta y siete pesos 38/100 Moneda Nacional).


La demanda fue turnada al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien la registró con el número **********, y la admitió a trámite mediante acuerdo de veintiuno de julio de dos mil diez.


4. Por escrito presentado el doce de julio de dos mil diez, en la Oficina de Correspondencia Común a los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********, por su propio derecho, solicitó el amparo y la protección de la Justicia Federal en contra de las siguientes autoridades responsables: Presidente de la República; Congreso de la Unión, integrado por sus dos Cámaras; Secretario de Gobernación; y la Comisión Federal de Competencia.


De esas autoridades reclamó respectivamente, la aprobación, expedición, refrendo, promulgación y publicación de los artículos 9 y 35 de la Ley Federal de Competencia Económica; y la resolución de diez de junio de dos mil diez que resolvió el recurso de reconsideración ********** (acumulado al **********), por medio de la cual se confirmó la diversa resolución emitida en el expediente **********, en la que se le impuso multa por la cantidad de $71,977.38 (setenta y un mil novecientos setenta y siete pesos 38/100 Moneda Nacional).


La demanda referida fue turnada al Juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, quien la registró con el número **********, y...

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