Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-04-2010 ( AMPARO EN REVISIÓN 1134/2009 )

Sentido del fallo PRIMERO. Se confirma la sentencia recurrida. SEGUNDO. La Justicia de la Unión no ampara ni protege a CSI LEASING MÉXICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, CSI SERVICIOS MÉXICO, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, BULL TRADE, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE Y CSI MEXICO HOLDINGS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, en contra de las autoridades y por los actos precisados en el resultando primero de esta ejecutoria.
Fecha27 Abril 2010
Sentencia en primera instancia JUZGADO DÉCIMO TERCERO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA, EL DISTRITO FEDERAL (EXP. ORIGEN: JA.- 151/2008, CUADERNO AUXILIAR 1295/2008)
Número de expediente 1134/2009
Tipo de Asunto AMPARO EN REVISIÓN
Emisor PLENO
AMPARO EN REVISIÓN 245/2000

AMPARO EN REVISIÓN 1134/2009

AMPARO EN REVISIÓN 1134/2009.

QUEJOSAS: **********.



MINISTRO PONENTE: JOSÉ ramón cossío díaz.

SECRETARIOs: maría estela ferrer mac gregor poisot, ricardo manuel martínez estrada, fanuel martínez lópez, jorge luis revilla de la torre y juan carlos roa jacobo.

Vo.Bo.


México, D.F.ral. Acuerdo del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veintisiete de abril de dos mil diez.


V I S T O S; Y

R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Demanda. Por escrito presentado el doce de febrero de dos mil ocho, ante la Oficina de Correspondencia Común de los Juzgados de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, **********; **********; **********; y **********, por conducto de su representante legal, **********, solicitaron el amparo y protección de la Justicia Federal en contra de las autoridades y por los actos que a continuación se especifican:


III. AUTORIDADES RESPONSABLES.

Se señalan con tal carácter en el presente juicio a:

1. El H. Congreso de la Unión:

a) Cámara de Diputados; y

b) Cámara de Senadores.

2. El C. Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos.

3. El C. Secretario de Gobernación.

4. El C. Director del Diario Oficial de la Federación.

IV. ACTOS RECLAMADOS.

El ‘Decreto por el que se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1° de octubre de 2007, vigente a partir del 1° de enero de 2008; específicamente se reclaman los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 8, párrafo penúltimo [sic]; 5, fracción I, párrafo segundo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 3, fracción I, cuarto párrafo y fracción II; 8, quinto párrafo, 11, Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios, de dicha Ley, por ser violatorios de las garantías de legalidad, certeza jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias, contenidas en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Asimismo, se reclama, únicamente, la porción normativa contenida en el Artículo Segundo del ‘Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única’ publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2007, vigente a partir del 1° de enero de 2008, por ser violatorio de la garantía de equidad tributaria consagrada en el artículo 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

De la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, dichos preceptos establecen lo siguiente:

(Se transcriben)

Del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única publicado el 5 de noviembre de 2007 en el Diario Oficial de la Federación, dicho precepto establece lo siguiente:

(Se transcribe)

V. LEY O ACTO QUE DE CADA AUTORIDAD SE RECLAMA.

1) Del Congreso de la Unión:

a) De la Cámara de Diputados, se reclama la discusión, aprobación y expedición del ‘Decreto por el que se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1°de octubre de 2007, vigente a partir del 1° de enero de 2008; específicamente los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 8, párrafo penúltimo; 5, fracción I, párrafo segundo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 11; 3, fracción I, cuarto párrafo y II; Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios de dicha Ley, ya que resulta inconstitucional al violar las garantías de irretroactividad, legalidad, certeza jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias, contenidas en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

b) De la Cámara de Senadores, se reclama la discusión, aprobación y expedición del ‘Decreto por el que se expide la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única’, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 1°de octubre de 2007, vigente a partir del 1° de enero de 2008; específicamente los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 5, fracción I, párrafo segundo; 8 párrafo penúltimo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 11; 3, fracción I, cuarto párrafo y II; Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios de dicha Ley, ya que resulta inconstitucional al violar las garantías de irretroactividad, legalidad, certeza jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias, contenidas en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

2) D.C.P. de los Estados Unidos Mexicanos, se reclama la abstención de vetar la expedición, promulgación, orden de publicación, circulación, observación y dar debido cumplimiento del Decreto señalado en el numeral anterior, específicamente los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 5, fracción I, párrafo segundo; 8 párrafo penúltimo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 11; 3, fracción I, cuarto párrafo y II; Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios de dicha Ley, ya que resulta inconstitucional al violar las garantías de irretroactividad, legalidad, certeza jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias, contenidas en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV; así como de la expedición y promulgación del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única, publicado el 5 de noviembre de 2007, vigente a partir del 1° de enero de 2008, es lo específico (sic), la porción normativa del Artículo Segundo, al violar la garantía de equidad tributaria.

3) D.C.S. de Gobernación, se reclama el refrendo al Decreto señalado en el punto 1) anterior, específicamente los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 5, fracción I, párrafo segundo; 8 párrafo penúltimo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 11; 3, fracción I, cuarto párrafo y II; Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios de dicha Ley, ya que resulta inconstitucional al violar las garantías de irretroactividad, legalidad, certeza jurídica, proporcionalidad y equidad tributarias, contenidas en los artículos 14, 16 y 31, fracción IV de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

4) Del C. Diario Oficial de la Federación (sic), se reclama la publicación de los Decretos señalados en los numerales 1) y 2), específicamente los artículos 8, párrafos segundo y penúltimo; 5, fracción I, párrafo segundo; 8 párrafo penúltimo; 3, fracción I, tercer párrafo, en relación con el artículo 2; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con los artículos 2, primer párrafo y 3, fracción I, tercer párrafo; 6, fracción I, en relación con el artículo 3, fracción I, segundo párrafo; 8, séptimo párrafo; 3, fracción I; 6,fracción I; 3, fracción I, segundo párrafo; 8, quinto párrafo; 11; 3, fracción I, cuarto párrafo y II; Segundo, Tercero, Sexto, Quinto y Noveno Transitorios de dicha Ley; así como el Artículo Segundo del Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales en materia de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única publicado...

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