Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 01-02-2012 (REVISIÓN ADMINISTRATIVA 96/2009)

Sentido del falloSE DECLARA PARCIALMENTE FUNDADA LA REVISIÓN ADMINISTRATIVA PARA LOS EFECTOS PRECISADOS.
Fecha01 Febrero 2012
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente96/2009
Tipo de AsuntoREVISIÓN ADMINISTRATIVA
EmisorSEGUNDA SALA

RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA 96/2009

RECURSO DE REVISIÓN ADMINISTRATIVA 96/2009.


PROMOVENTE: ***********, SECRETARIO DE BASE, ADSCRITO AL ***********.



MINISTRO PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS.

SECRETARIO: EVERARDO MAYA ARIAS.


Vo. Bo.

Ministro:


México, Distrito Federal. Acuerdo de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día primero de febrero de dos mil doce.


Cotejó:

V I S T O S; Y

R E S U L T A N D O:



PRIMERO. Mediante escrito recibido el cinco de octubre de dos mil nueve, en la Oficina de la Secretaría Ejecutiva del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, ********** Secretario de Base, adscrito al **********, interpuso recurso de revisión administrativa en contra de los actos siguientes:


1) El Acuerdo General 8/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el Capítulo I del Título Séptimo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Celebración de Concursos de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito; publicado el seis de marzo de dos mil nueve en el Diario Oficial de la Federación.

2) La Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, publicado el seis de marzo de dos mil nueve en el Diario Oficial de la Federación, así como la Modificación a la Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, publicada el diecinueve de mayo de dos mil nueve en el mismo medio oficial de difusión; ambas como actos de aplicación del Acuerdo General 8/2009 antes precisado.

3) Como actos definitivos de material afectación provenientes de los anteriores, la resolución del Consejo de la Judicatura Federal tomada en sesión plenaria del veintitrés de septiembre de dos mil nueve, en la cual excluyó al aquí impugnante de la Lista de Vencedores en el Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrado de Circuito, respecto de la Materia Penal; así como la publicación de ésta en el Diario Oficial de la Federación de veintiocho de septiembre de dos mil nueve.

4) En lo particular, la evaluación y resultados dados al aquí impugnante, del Caso Práctico y del Examen Oral, a que se refiere los artículos 6, fracción II, 24 a 34, y 35 a 40, del Acuerdo General 8/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal publicado el seis de marzo de dos mil nueve en el Diario Oficial de la Federación, y Séptimo de la Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrado de Circuito, publicada el seis de marzo de dos mil nueve, y su posterior Modificación del diecinueve de mayo de dos mil nueve.”


El disconforme en su recurso de revisión administrativa formuló diversos agravios, los cuales se sintetizarán en el considerando quinto de esta resolución.


SEGUNDO. Mediante oficio de seis de octubre de dos mil nueve, presentado el ocho de octubre siguiente en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de este Alto Tribunal, el Magistrado Juan Carlos Cruz Razo, C. designado por el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal para representarlo, remitió el recurso de mérito y las constancias respectivas; asimismo, rindió informe en los términos siguientes:


"El suscrito Magistrado J.C.C.R., C. de la Judicatura Federal, con fundamento en el artículo 124 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, en tiempo y forma rindo el presente informe en relación con el recurso de revisión administrativa interpuesto por ********** en los términos siguientes:--- Previamente a informar sobre la certeza de los actos impugnados, se hace la aclaración de que corresponde al suscrito, en mi carácter de Presidente de la Comisión de Carrera Judicial, la representación del Consejo de la Judicatura Federal en el citado recurso de revisión administrativa, de conformidad con lo acordado por el Pleno de este órgano colegiado en la sesión extraordinaria número uno celebrada el tres de enero de dos mil siete, en la que se determinó que en los casos en que no se hubiese designado ponente, por haberse sometido el proyecto de resolución a consideración del propio Pleno, por conducto de una comisión, corresponderá al Presidente de ésta la representación del Consejo.--- Por otra parte, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, acordó, en sesión ordinaria de tres de septiembre de dos mil ocho, acatar el criterio adoptado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, relacionado con la tramitación de los recursos de revisión administrativa, consistente en que: “…al promoverse un recurso de revisión administrativa ante el Presidente del Consejo de la Judicatura Federal, permite que ese Órgano Colegiado conozca cuál de sus efectos combate y porqué se impugna, por lo que desde ese momento está en posibilidad de rendir el informe previsto en el último párrafo de dicho precepto e incluso ofrecer las pruebas que lo sustenten…”.--- Cabe agregar, que en la sesión ordinaria diez, celebrada el dieciocho de marzo de dos mil nueve, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la nueva integración de las comisiones permanentes del Consejo, quedando conformada la Comisión de Carrera Judicial por los C.s Luis María Aguilar Morales, J.E.M.C. y el suscrito como Presidente de la propia Comisión.--- Por lo anterior y en estricto cumplimiento de los Acuerdos plenarios de referencia, en mi carácter de Presidente de la Comisión de Carrera Judicial y, en consecuencia, como representante del Consejo de la Judicatura Federal, manifiesto, en relación con los actos impugnados, lo siguiente:--- En el escrito de expresión de agravios respectivo, el recurrente señaló con ese carácter los siguientes actos: 1) El Acuerdo General 8/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el Capítulo I del Título Séptimo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Celebración de Concursos de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, publicado en el Diario Oficial de la Federación el seis de marzo de dos mil nueve; 2) La Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, publicada en el citado órgano oficial de difusión en la fecha antes señalada; 3) La Modificación a la Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación se realizó el diecinueve de mayo del año en curso; 4) La evaluación y resultados del caso práctico y del examen oral; y,--- 5) La Lista de vencedores en el Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, respecto de la Materia Penal, misma que se publicó en el órgano oficial de difusión el veintiocho de setiembre de dos mil nueve.--- Ahora bien, es cierto el acto señalado en el inciso 1), en virtud de que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó, en sesión ordinaria de cuatro de marzo de dos mil nueve, el Acuerdo General 8/2009 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, que reglamenta el Capítulo I del Título Séptimo de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, por el que se establecen los Lineamientos Generales para la Celebración de Concursos de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, el cual se publicó en el Diario Oficial de la Federación el seis del mes y año indicados.--- Es igualmente cierto el acto referido en el inciso 2), ya que, efectivamente, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó, en sesión también de cuatro de marzo de dos mil nueve, la Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, cuya publicación en el órgano de difusión oficial se realizó el seis de marzo del año en curso.--- Así mismo, es cierto el acto precisado en el inciso 3), toda vez que el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la Modificación a la Convocatoria al Cuarto Concurso de Oposición Libre para la Designación de Magistrados de Circuito, la cual se publicó en el citado Diario Oficial de la Federación, el diecinueve del mismo mes y año.--- De igual manera, son ciertos los actos del inciso 4), ya que la evaluación y la asignación de las calificaciones del caso práctico y del examen oral, que constituyen la segunda etapa del concurso mencionado, se llevaron a cabo cumpliendo los parámetros señalados en los artículos 24 a 40 del propio acuerdo 8/2009 y SÉPTIMO de la Convocatoria aludida.--- Finalmente, es cierto el acto indicado en el inciso 5), ya que en sesión de veintitrés de septiembre del año que transcurre, el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal aprobó la lista de vencedores en el Cuarto Concurso de Oposición para la Designación de Magistrados de Circuito respecto de la Materia Penal, la que se publicó el veintiocho siguiente en curso en el Diario Oficial de la Federación, entre los que...

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