Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 29-06-2017 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 42/2013)

Sentido del fallo29/06/2017 “PRIMERO. Es procedente pero infundada la presente acción de inconstitucionalidad. SEGUNDO. Se reconoce la validez de los artículos 58, párrafo tercero, incisos a) y b), de la Ley Orgánica de la Comisión Estatal de Derechos Humanos y 71, fracción VIII, inciso d), de la Ley Orgánica del Congreso, ambos ordenamientos del Estado de Sinaloa, reformados mediante Decreto 972, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad el veintisiete de noviembre de dos mil trece. TERCERO. Publíquese esta sentencia en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta.”
Fecha29 Junio 2017
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente42/2013
Tipo de AsuntoACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD
EmisorPLENO
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    • PRUÉBALO
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