Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 21-01-2015 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 109/2012)

Sentido del fallo21/01/2015 1. ES PROCEDENTE Y FUNDADA LA PRESENTE CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL. 2. SE SOBRESEE EN LA PRESENTE CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL RESPECTO DE LA RESOLUCIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL S.G.P.A.DGIRA.-DG.-1633/11, LA FIRMA DEL CONTRATO DE OBRA CORRESPONDIENTES Y EL CONVENIO RECONOCIMIENTO, ACEPTACIÓN Y LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDADES RELATIVO. 3. SE DECLARA LA INVALIDEZ DEL PROCEDIMIENTO DEL IMPACTO AMBIENTAL REGISTRADO BAJO EL NÚMERO 26SO2010HD067 EN EL SISTEMA NACIONAL DE TRÁMITES DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, RELATIVO AL PROYECTO "ACUEDUCTO INDEPENDENCIA". 4. SE ORDENA AL EJECUTIVO FEDERAL QUE EN EL PLAZO DE TREINTA DÍAS NATURALES, SIGUIENTES A LA NOTIFICACIÓN DE LA PRESENTE EJECUTORIA, OTORGUE GARANTÍA DE AUDIENCIA AL MUNICIPIO DE CAJEME EN EL PROCEDIMIENTO DE IMPACTO AMBIENTAL REGISTRADO BAJO EL NÚMERO 26SO2010HD067 EN EL SISTEMA NACIONAL DE TRÁMITES DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES, RELATIVO AL PROYECTO "ACUEDUCTO INDEPENDENCIA". 5. SE DECLARA LA VALIDEZ DE LOS TÍTULOS DE ASIGNACIÓN 02SON150085/09HBDA10 DE 15 DE JULIO DE 2010 Y 02SON150734/09HBDA11 DE 18 DE OCTUBRE DE 2011 Y 02SON150083/09HBDA10 DE 15 DE JULIO DE 2010, EN LOS TÉRMINOS ESTABLECIDOS EN EL ÚLTIMO CONSIDERANDO DE LA RESOLUCIÓN.
Fecha21 Enero 2015
Sentencia en primera instancia )
Número de expediente109/2012
Tipo de AsuntoCONTROVERSIA CONSTITUCIONAL
EmisorPRIMERA SALA
<a href="https://vlex.com.mx/vid/sentencia-corte-suprema-justicia-799611881">CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 42/2007</a>

CRectángulo 2 Rectángulo 2 Rectángulo 2 Rectángulo 2 Rectángulo 2 Rectángulo 2 ONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 109/2012



CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 109/2012

ACTOR: MUNICIPIO DE CAJEME, ESTADO DE SONORA




VISTO BUENO

SR. MINISTRO

ministrO ponente: jorge marIO pardo rebolledo

SECRETARIo: alejandro castañón ramírez



México, Distrito Federal. Acuerdo de la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, correspondiente al día veintiuno de enero de dos mil quince.


V I S T O S para resolver los autos de la Controversia Constitucional 109/2012, y;


R E S U L T A N D O:


PRIMERO. Presentación de la demanda, poderes demandados y actos impugnados. Por escrito recibido el veintinueve de octubre de dos mil doce, en la Oficina de Certificación Judicial y Correspondencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Manuel Montaño Gutiérrez, ostentándose como Síndico Municipal del Ayuntamiento de Cajeme, Estado de Sonora, promovió Controversia Constitucional en representación del citado Municipio, en la que solicitó la invalidez de los actos que más adelante se señalan, emitidos por los órganos que a continuación se mencionan:


Órganos demandados

Actos cuya invalidez se demandan

Poder Ejecutivo Federal

  • Cualquier procedimiento administrativo tendiente a resolver la autorización del Proyecto de Construcción y Operación del Acueducto Independencia para trasvasar aguas de la Cuenca Hidrológica del Río Yaqui a la Cuenca Hidrológica del Río Sonora.

  • La resolución número S.G.P.A.DGIRA.-DG.-1633/11, de 23 de febrero de 2011, emitida por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, por el cual autoriza de manera condicionada la manifestación de impacto ambiental presentada por el Fondo de Operación de Obras Sonora SI, respecto del proyecto denominado “Acueducto Independencia”, con pretendida ubicación en los Municipios de Hermosillo, Ures, Mazatán, V.P. y Soyopa, en el Estado de Sonora.

  • El trámite y resolución, por conducto de la Dirección de Administración del Agua del Organismo de Cuenca Noroeste de la Comisión Nacional del Agua, de los expedientes SON-0-0658-14-05-10, SON-0-0659-14-05-10 y SON-0-0529-13-04-11 que derivaron de la solicitud de asignación de aprovechamiento de aguas superficiales presentada por la Comisión Estatal del Agua del Gobierno de Sonora.

  • La expedición de los títulos de asignación: a) 02SON150083/09HBDA10 mediante el cual se asignan 40´182,450.60 millones de metros cúbicos; b) 02SON150085/09HBDA10, mediante el cual se asignan 11’720,000.00 millones de metros cúbicos, y; c) 02SON150734/09HBDA11, mediante el cual se asignaron 8´582,594.00 millones de metros cúbicos de aguas superficiales del Río Yaqui a la Comisión Estatal de Agua del Gobierno del Estado de Sonora.


Poder Ejecutivo del Estado de Sonora

  • La elaboración, aprobación y ejecución del Programa SONORA SI (Proyecto Sonora Sistema Integral).

  • Cualquier procedimiento administrativo tendiente a resolver la autorización del Proyecto de Construcción y Operación del Acueducto Independencia para trasvasar aguas de la Cuenca Hidrológica del Río Yaqui a la Cuenca Hidrológica del Río Sonora.

  • La Licitación Pública Número 55201001-001-10 (parte integrante del Programa SONORA SI) relativa al proyecto integral para el diseño y construcción del “Acueducto Independencia, que incluye obra de toma y acueducto de la presa “P.E.C., en todas sus etapas y los actos que de ella se deriven, especialmente la emisión del fallo de la misma.

  • La asignación de la obra a un grupo de empresas representadas con el carácter de asociantes, por Exploradores Mineras del Desierto, Sociedad Anónima de Capital Variable.

  • La firma del contrato de obra correspondiente, así como la construcción y operación por sí o por medio de terceros del Acueducto Independencia que tiene por objeto sustraer agua de la Cuenca del Río Yaqui en la presa P.E.C. y trasladarla a la ciudad de Hermosillo, Sonora.

  • El convenio privado de reconocimiento, aceptación y liberación de responsabilidades celebrado por el Gobierno del Estado con Exploraciones Mineras del Desierto, Sociedad Anónima de Capital Variable.

  • La operación por sí o por medio de terceros del Acueducto Independencia.



SEGUNDO. Antecedentes. En la demanda se señalaron como antecedentes, los siguientes:


  1. Que mediante la Ley Número 16, expedida por el Congreso del Estado de Sonora, el veintinueve de noviembre de mil novecientos veintisiete, se erige como Municipio Cajeme.

  2. Que el Municipio se ubica en el suroeste del Estado de Sonora, su cabecera es la población de ciudad Obregón, formando parte de la Cuenca Hidrológica del Río Yaqui, dentro del distrito de riego 041, colinda al norte con los Municipios de Guaymas, S.G. y Ónavas, al este con los Municipios de Quiriego, Navojoa y Etchojoa, al oeste con los Municipios de Bácum y Guaymas y al sur con el Golfo de California.

  3. Que el servicio de agua potable del Municipio de Cajeme, se proporciona a 409,310 habitantes, gracias a la existencia de 160,232 tomas, tanto urbanas como sub-urbanas. Para dar cumplimiento a dicho servicio público se dispone de títulos de asignación y de concesión vigentes, mismos que se relacionan en la siguiente tabla:


TITULAR

TÍTULO


VOLUMEN

(METROS CÚBICOS ANUALES)


TIPO

DATOS DE REGISTRO






Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cajeme





































Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cajeme












































Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cajeme






























































Organismo Operador Municipal de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de Cajeme















































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