Proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos., de 3 de Octubre de 2013

Iniciativas

De la Sen. Angélica de la Peña Gómez, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la que contiene proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE PUNTOS CONSTITUCIONALES, DE DERECHOS HUMANOS Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS, PRIMERA.

Ver Sinopsis Español:

Propone la derogación de las fracciones I, II y IV y se reforma el último párrafo, todos del artículo 38 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con la finalidad de actualizar el marco constitucional.

Con la derogación de la fracción I, se elimina la causal de pérdida de derechos y prerrogativas de los ciudadanos, que señalaba por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Y en la cual se afirmará que la suspensión duraría un año y se impondría además de las otras penas que por el mismo hecho señalare la ley;

La derogación de la fracción II, establecía la pérdida de derechos y prerrogativas por estar sujeto a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha del auto de formal prisión; y se elimina la causal contenida en la fracción IV, que establecía la pérdida por vagancia o ebriedad consuetudinaria, declarada en los términos que prevengan las leyes.

La reforma del último párrafo, del artículo 38, establece que será la ley, donde se fijarán los casos en que se pierden, y los demás en que se suspenden los derechos de ciudadano, y la manera de hacer la reinserción.

Sen. Angélica
De la Peña Gómez

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

La suscritaANGÉLICA DE LA PEÑA GÓMEZSenadora de la República a la LXII Legislatura, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática y con fundamento en los artículos 71, fracción II, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 8 numeral 1, fracción I y 164 del Reglamento del Senado de la República, someto a la consideración del Pleno de esta Soberanía laINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 38 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,al tenor de la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

De conformidad con lo establecido en l artículo 35 de la Constitución Federal, son prerrogativas de los ciudadanos, las siguientes:

I. Votar en las elecciones populares;

II. Poder ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades que establezca la ley. El derecho de solicitar el registro de candidatos ante la autoridad electoral corresponde a los partidos políticos así como a los ciudadanos que soliciten su registro de manera independiente y cumplan con los requisitos, condiciones y términos que determine la legislación;

III. Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país;

IV. Tomar las armas en el Ejército o Guardia Nacional, para la defensa de la República y de sus instituciones, en los términos que prescriben las leyes;

V. Ejercer en toda clase de negocios el derecho de petición.

VI. Poder ser nombrado para cualquier empleo o comisión del servicio público, teniendo las calidades que establezca la ley;

VII. Iniciar leyes, en los términos y con los requisitos que señalen esta Constitución y la Ley del Congreso. El Instituto Federal Electoral tendrá las facultades que en esta materia le otorgue la ley, y

VIII. Votar en las consultas populares sobre temas de trascendencia nacional, las que se sujetarán a lo siguiente:

1o. Serán convocadas por el Congreso de la Unión a petición de:

  1. El Presidente de la República;

  2. El equivalente al treinta y tres por ciento de los integrantes de cualquiera de las Cámaras del Congreso de la Unión; o

  3. Los ciudadanos, en un número equivalente, al menos, al dos por ciento de los inscritos en la lista nominal de electores, en los términos que determine la ley.

Con excepción de la hipótesis prevista en el inciso c) anterior, la petición deberá ser aprobada por la mayoría de cada Cámara del Congreso de la Unión,

2o. Cuando la participación total corresponda, al menos, al cuarenta por ciento de losciudadanos inscritos en la lista nominal de electores, el resultado será vinculatorio para los poderes Ejecutivo y Legislativo federales y para las autoridades competentes;

3o. No podrán ser objeto de consulta popular la restricción de los derechos humanos reconocidos por esta Constitución; los principios consagrados en el artículo 40 de la misma; la materia electoral; los ingresos y gastos del Estado; la seguridad nacional y la organización, funcionamiento y disciplina de la Fuerza Armada permanente. La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolverá, previo a la convocatoria que realice el Congreso de la Unión, sobre la constitucionalidad de la materia de la consulta;

4o. El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo, en forma directa, la verificación del requisito establecido en el inciso c) del apartado 1o. de la presente fracción, así como la organización, desarrollo, cómputo y declaración de resultados;

5o. La consulta popular se realizará el mismo día de la jornada electoral federal;

6o. Las resoluciones del Instituto Federal Electoral podrán ser impugnadas en los términos de lo dispuesto en la fracción VI del artículo 41, así como de la fracción III del artículo 99 de esta Constitución; y

7o. Las leyes establecerán lo conducente para hacer efectivo lo dispuesto en la presente fracción.

Estas prerrogativas son los denominados “derechos políticos de laso y los ciudadanos”. Sin embargo, no todos los derechos políticos de las y los ciudadanos mexicanos están prescritos en el citado artículo 35 constitucional. Es necesario hacer una lectura integral de la Constitución federal y de los ordenamientos de origen internacional que, conforme al artículo 133 constitucional, forman parte de la Ley Suprema de toda la Unión en esta materia. Conforme con esa lectura integral se puede obtener, de manera enunciativa, que los derechos políticos de las y los ciudadanos mexicanos son:

a) Participar en la dirección de los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes libremente elegidos;

b) Tener acceso, en condiciones generales de igualdad, a la funciones públicas, es decir, ser nombrado para cualquier empleo o comisión (distintos a los cargos deelección), teniendo las calidades que establezca la ley;

c) Expresarse libremente y contar con el derecho de información;

d) Reunirse para tomar parte en los asuntos políticos;

e) Asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos del país;

f) Formar partidos políticos y afiliarse a los mismos de manera libre, individual ypacífica;

g) Ejercer el derecho de petición en materia política;

h) Votar en elecciones populares;

i) Ser votado para todos los cargos de elección popular, teniendo las calidades queestablezca la ley;

El Constituyente de 1917 consideró que hubieran diversas causales por las cuales se suspendieran los derechos políticos de las y los ciudadanos mexicanos. Estas causales se encuentran descritas en el artículo 38 de la Constitución Federal, uno de los pocos artículos que no han sido modificados desde la publicación de nuestra Carta Magna.

El texto original, aun vigente, estipula que los derechos o prerrogativas de las y los ciudadanos se suspenderán en los siguientes supuestos:

I. Por falta de cumplimiento, sin causa justificada, de cualquiera de las obligaciones que impone el artículo 36. Esta suspensión...

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