Proyecto de decreto que expide el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales., de 2 de Octubre de 2012

Iniciativas

Del Sen. Pablo Escudero Morales, del Grupo Parlamentario del Partido Verde Ecologista de México, la que contiene proyecto de decreto que expide el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales.

Se turnó a las Comisiones Unidas de Justicia, de Anticorrupción y Participación Ciudadana y de Estudios Legislativos, Segunda.

Ver Sinopsis Español:

Propone la creación de un nuevo ordenamiento procesal penal, en acorde a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de junio de 2008.

La iniciativa expide el Código Federal de Procedimientos Penales, el cual se encuentra organizado en dos libros, el Libro primero cuenta con los títulos I al V; y el Libro Segundo integrado por el Título VI al X; el Código consta de 587 artículos y doce artículos transitorios.

En el Libro Primero, se establecen las Disposiciones Generales, con un Título I, de las Disposiciones Preliminares que cuenta con un Capítulo Único denominado del Ámbito de validez y objeto.

El Título II, denominado de los Principios y Derechos del Proceso, registrar en su Capítulo I, lo relativo a los Principios del Proceso; en su Capítulo II , desarrolla los Derechos Procesales;

En su Título III, denominado de la Jurisdicción y Competencia, desarrolla en su Capítulo I, lo relativo a la Jurisdicción; en el Capítulo II, lo referente a la Competencia; en un Capítulo III, desarrolla lo referente a la Acumulación y separación de procesos; en su Capítulo IV, desarrolla lo relativo a los

En el Título IV denominado de la Actividad Procedimental, desarrolla en su Capítulo I, lo relativo a las Formalidades, Impedimentos, recusaciones y excusas; en su Capítulo II, consigna lo relativo a los Medios Informáticos; en un Capítulo III, desarrolla lo relativo a las Audiencias; en un Capítulo IV, desarrolla lo concerniente a las Resoluciones judiciales; en su Capítulo V, se refiere a la Comunicación entre autoridades; en un Capítulo VII, desarrolla lo relativo a los Plazos; y en un Capítulo VIII, desarrolla lo referente a la Nulidad de los Actos Procesales; en tanto que en su Capítulo IX, refiere lo relativo a los Gastos procedimentales; en un Capítulo X desarrolla lo referente al Acceso a la información; en tanto que en un Capítulo XI, se describen los Medios de apremio.

En el Título V, denominado de los Sujetos Procesales y sus Auxiliares, desarrolla en un Capítulo I, las Disposiciones comunes; en el Capítulo II, hace referencia a la Víctima u ofendido; en tanto que en el Capítulo III, se refiere al Imputado; en el Capítulo IV, lo hace al Defensor; en el Capítulo V, lo correspondiente al Ministerio Público; en el Capítulo VI, a la Policía; en tanto que en el Capítulo VII, lo hace en lo referente a los Jueces y Magistrados; en el Capítulo VIII, desarrolla lo relativo a los Auxiliares de las partes.

En el Libro Segundo, denominado “El Proceso Penal”, en su Título I relativo a las Disposiciones Generales, consigna en su Capítulo Único, lo concerniente a las Etapas del proceso; en su Título II denominado de la Investigación, refiere en un Capítulo I, las Disposiciones comunes para la investigación inicial y formalizada; en un Capítulo II, desarrolla lo relativo al Inicio de la investigación; en un Capítulo III, se desarrollan las Actuaciones derivadas del conocimiento de un hecho delictuoso; en el Capítulo IV, se desarrolla lo relativo a la Cadena de custodia; en tanto que en el Capítulo V, se desarrolla lo relativo al Aseguramiento de bienes; en un Capítulo VI, se establecen las Providencias Precautorias; y en un Capítulo VII, lo relacionado con la Detención; en tanto que en el Capítulo VIII, se establece lo correspondiente al Registro de la detención; en tanto que en el Capítulo IX se desarrolla lo relativo a la Aprehensión y comparecencia.

En el Título III denominado Ejercicio de la Acción Penal, se desarrolla en el Capítulo I, las Disposiciones generales; y en un Capítulo II, se refiere lo relativo a la Acción penal; en tanto que en el Capítulo III, se desarrolla lo relativo al Impedimento para el ejercicio de la acción penal; en su Capítulo IV se desarrollan las Formas de terminación anticipada de la investigación; y en un Capítulo V los Criterios de oportunidad.

En el Título IV denominado de la Medidas Cautelares, se establece en su Capítulo I, las Disposiciones sobre medidas cautelares; en un Capítulo II, lo relativo a La prisión preventiva; y en su Capítulo III, lo relativo a Otras medidas cautelares.

En su Título V, denominado De los Datos de Prueba, Medios de Prueba y Pruebas, se establece en un Capítulo I las Disposiciones comunes; en un Capítulo II, lo relativo a las Técnicas de investigación y dentro de este capítulo en una Sección I, se establecen las Actuaciones en la investigación que no requieren control judicial; y en una Sección II, lo relativo a las Técnicas de investigación que requieren autorización judicial previa; en su Capítulo III, se establece lo relativo a la Prueba anticipada; en su Capítulo IV, el Ofrecimiento de prueba; y en su Capítulo V, lo referente al Desahogo de pruebas; con una Sección I de Disposiciones generales; una Sección II, relativa a los Testimonios; una Sección III, en el que se desarrolla lo referente a los Peritajes; una Sección IV, que describe lo relativo a lo Documental; y finalmente una Sección V, referida a Otros medios de prueba.

El Título VI, denominado Etapa del Proceso, se desarrolla en un Capítulo I, el Objeto, inicio y duración del proceso; en su Capítulo II, de la Fase de Control Previo, en una Sección Única, se describe lo relativo a la Audiencia inicial y Audiencia de Vinculación a Proceso; en su Capítulo III, se desarrolla la Fase de la investigación formalizada, y en una Sección I, se establecen las disposiciones relativas a la Duración de la investigación formalizada; en la Sección II, lo relativo al Sobreseimiento; y en una Sección III, la Suspensión del proceso; en su Capítulo IV, relativo a la Fase intermedia, desarrolla en una Sección I, lo referente a La Acusación; en su Sección II, La audiencia intermedia; en tanto que en el Capítulo V, se desarrolla la Fase de juicio oral; y en un Capítulo VI, se describe el Desarrollo del debate en la audiencia de juicio oral; y en el Capítulo VII, lo relativo a la Deliberación y Sentencia, con una Sección I, de Disposiciones Generales; una Sección II, en donde se desarrolla lo relativo a la Sentencia Absolutoria; y en una Sección III, lo referente a la Sentencia condenatoria; cuenta con una Sección IV, que establece la Individualización de las Sanciones Penales.

En su Título VII, denominado de los Procesos Especiales, se establece en su Capítulo I, los Procesos para Inimputables; en un Capítulo II, el Proceso de Asistencia Jurídica Internacional en Materia Penal; en su Capítulo III, se describe el Proceso para la Aplicación de Sanciones a Personas Jurídicas; y en su Capítulo IV, se describe la Acción Penal por Particular, con una Sección I, relativa a las Disposiciones Comunes; una Sección II, sobre el Proceso de acción penal por particulares.

En un Título VIII, denominado Formas Anticipadas de Terminación del Proceso, se desarrolla en un Capítulo I, las Disposiciones comunes; en el Capítulo II los Acuerdos reparatorios; en el Capítulo III, lo referente al Proceso Simplificado; en el Capítulo IV, lo relativo a la Suspensión condicional del proceso; en su Capítulo V, se desarrolla el Proceso abreviado.

El Título IX, desarrolla lo relativo a los Recursos; y en su Capítulo I, las Disposiciones comunes; en el Capítulo II, desarrolla la Revocación; en el Capítulo III, la Apelación

Finalmente en su Título X, denominado de la Ejecución de Sanciones y Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias, desarrolla en su Capítulo I, lo relativo a la Ejecución de sanciones penales; y, en el Capítulo II, los Mecanismos alternativos de solución de controversias.

Sen. Pablo
Escudero Morales

INICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO QUE EXPIDE EL

CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS PENALES

MESA DIRECTIVA DE LA CAMARA DE SENADORES

HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN

LXII LEGISLATURA

El suscrito,PABLO ESCUDERO MORALES, Senador de la República a la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en los artículos 71 fracción II, 72 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y artículos 8 numeral 1 fracción I, 164, 165 y 169 del Reglamento del Senado de la República, someto a consideración del pleno de esta soberanía, la siguiente iniciativa con proyecto de decreto que expide el nuevo Código Federal de Procedimientos Penales bajo la siguiente:

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Derivado de la reforma constitucional en materia penal aprobada por el Congreso de la Unión y avalada por la mayoría de los congresos locales para su publicación en el Diario Oficial de la Federación el día 18 de junio de 2008, a través de la cual se reforman los artículos constitucionales que regulan el proceso penal, es necesario realizar la transformación en nuestra legislación para transitar de un sistema persecutorio-inquisitorio a un sistema acusatorio.

El Código Federal de Procedimientos Penales vigente cuenta con grandes lagunas legales aunado a la falta de profesionalización de los Ministerios Públicos y demás agentes encargados de la investigación de un delito, lo que hace que la tortura para la obtención de declaraciones, así como el pacto entre criminales y los encargados de la Procuración de Justicia, se vuelva una actividad cotidiana dentro de las Agencias de los Ministerios Públicos.

La actual legislación no prevé la verdadera profesionalización del Ministerio Público y sus agentes investigadores, ya que en la práctica una Averiguación Previa es integrada con las declaraciones de los que se presentan voluntariamente o mediante coacción policiaca, así como diligencias de rutina que no constituyen una tesis real de lo que sucedió.

Está por demás comprobado que el Sistema de Procuración de Justicia actual...

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