Proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Minas., de 29 de Abril de 2013

Iniciativas

Del Sen. Armando Ríos Piter, del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática, la que contiene proyecto de decreto por el que se expide la Ley Federal de Minas.

SE TURNÓ A LAS COMISIONES UNIDAS DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Y DE ESTUDIOS LEGISLATIVOS.

ASUNTO QUE CONCLUYE SU TRÁMITE LEGISLATIVO EN COMISIONES, DE CONFORMIDAD CON EL "ACUERDO DE MESA DIRECTIVA PARA DAR CONCLUSIÓN A LAS INICIATIVAS QUE NO HAN RECIBIDO DICTAMEN”, DE FECHA 31 DE OCTUBRE DE 2017.

Ver Sinopsis Español:

La Ley tiene por objeto regular las relaciones del Estado con los particulares y las de estos entre sí, por causa de los trabajos y obras de la industria minera en sus fases de prospección, exploración, construcción, explotación, beneficios, transformación, transporte de los minerales o sustancias que se encuentren en los aguas marinas, superficial o subterráneamente, de modo natural o artificial.

Se propone una nueva ley federal de minería que fortalezca la rectoría del Estado en la explotación y manejo de las concesiones en el sector minero. Una política de Estado construida bajo los principios de eficiencia, competitividad, sustentabilidad y racionalidad en la organización y explotación de los recursos minerales de la nación, dentro de un concepto integral del desarrollo regional y de cohesión social.

Se implementa un modelo de explotación minera con responsabilidad social, donde el Estado garantice el respeto de los derechos de los pueblos indígenas, la seguridad de los trabajadores y la racionalidad de la explotación de los recursos minerales de la nación. Se establece la obligación de consulta de los pueblos y comunidades indígenas para el derecho de consentimiento y el otorgamiento preferencial en el caso de concesiones mineras, bajo la supervisión de la CNDH.

Se constituye el Consejo de Política Minera como órgano asesor para implementar una nueva política minera que recomienda las políticas de competitividad y mejora regulatoria conforme a las mejores prácticas internacionales en minería con sentido social y sustentablemente responsable. Se crea una política minera basada en la productividad, competitividad y sustentabilidad del sector para expander a la industria nacional en los mercados internacionales a partir de la generación de encadenamientos productivos de alto valor agregado.

Las concesiones se reducen de 50 años a 25 años, con la posibilidad de ser ratificadas nuevamente. Se establecen las zonas reservadas para el Estado por razones de seguridad nacional, cultural, respeto a usos y costumbres de pueblos originarios, reservas ecológicas, zonas turísticas y protección de reservas estratégicas de agua. La actividad minera no puede poner en riesgo el abastecimiento de agua de centros poblaciones continuos. Se regula la minería de explotación a cielo abierto que atente contra el medio ambiente y centros poblacionales.

En la nueva política de sustentabilidad y racionalidad en el sector minero se establece como obligación de los concesionarios planificar el cierre de una mina y garantizar restitución o rehabilitación de los elementos naturales que hayan sido utilizados, con el objeto de mitigar los efectos sociales, económicos y culturales en la región.

Se propone reducir la deducción de 77% a 65% de la maquinaria de la industria minera. Se establece un Derecho minero aplicado al valor de la producción de 4.65%, los recursos obtenidos serán destinados al desarrollo de tecnología para la explotación minera, sustentabilidad ambiental y para un fondo de aportaciones para la construcción u obras de mantenimiento de infraestructura social básica como clínicas, servicios educativos, caminos, sistemas de agua potable, saneamiento ambiental, drenaje, electrificación, centros de asistencia social y de seguridad social en Estados y Municipios con actividad minera.

Sen. Armando
Ríos Piter
Sin Grupo

Quien suscribe, SenadorARMANDO RÍOS PITER, integrante del Grupo Parlamentario del Partido de la Revolución Democrática de la LXII Legislatura del Honorable Congreso de la Unión, con fundamento en lo dispuesto por los artículos: 71 fracción II de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como por los artículos fracción I, 164 numeral 1, 169 y 172 del Reglamento del Senado de la República someto a consideración de esta Soberanía, la siguienteINICIATIVA CON PROYECTO DE DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE LA LEY FEDERAL DE MINAS, al tenor de la siguiente:

ANTECEDENTES

La presente iniciativa tiene por objeto fortalecer la rectoría del Estado en el Sector Minero, la adecuación del marco normativo debe garantizar sin menoscabo de las inversiones en el sector, la seguridad laboral de los trabajadores y el respeto de usos y costumbres de comunidades indígenas, transparentar el otorgamiento de concesiones, garantizar la competitividad fiscal, las bases de un política de Estado en el sector minero con sentido de responsabilidad social, así como el ordenamiento de la explotación minera bajo los principios de racionalidad y sustentabilidad, que equilibre la explotación de la riqueza nacional y con la preservación de recursos como el agua y la protección del medio ambiente.

La visión de una nueva rectoría del Estado en materia de explotación minera requiere del reconocimiento de los derechos inherentes de comunidades indígenas, bienes comunales, tierras ejidales, donde yacen recursos minerales con valor económico, donde su explotación, debe partir de un criterio de sustentabilidad ambiental y de responsabilidad social, ahí recae parte de la responsabilidad del legislador frente al interés público.

Existe un marco normativo que establece los lineamentos legales para el sector minero en México, compuesto de manera principal por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que en su artículo 27, reconoce que las tierras y aguas dentro del territorio nacional corresponden originalmente a la nación, misma que tiene el derecho de transmitir el dominio de ellas a particulares, constituyendo la propiedad privada. Asimismo, también dispone que le corresponda el dominio directo de todos los minerales o substancias que en vetas, mantos, masas o yacimientos, constituyan depósitos cuya naturaleza sea distinta de los componentes de los terrenos dentro del territorio nacional. El uso y la explotación de dichos recursos naturales por entes privados se realizaran por medio de concesiones otorgadas por el Poder Ejecutivo Federal, mediante la Secretaria de Economía.

La explotación minera en México tiene sus antecedentes desde la época prehispánica, Sin embargo fue hasta la época colonial en donde cobra mayor importancia la extracción de recursos minerales y surgen entonces las primeras regulaciones a la actividad minera. La primera ley de minas fue creada el 9 de diciembre de 1526, llamada “La Real Cedula” cuyo propósito administrativo fue el de solicitar permiso al gobernador para explotar nuevos yacimientos mineros y la autoridad de la corona al proporcionar las concesiones.

Para 1880 a 1910 la minería se reestructura y moderniza por la entrada de inversión extranjera principalmente norteamericana.

Llegada la década de 1990, se establece una reforma constitucional al artículo 27, dicha reforma se reafirma que la propiedad de las tierras pertenece a la Nación y es la Nación misma la que dicta a la propiedad privada las modalidades que a ella convenga. La Nación regula las actividades mineras a favor del beneficio social con el fin de realizar una distribución justa de la riqueza pública mejorando las condiciones de vida rural y urbana.

PANORAMA INTERNACIONAL

Del 2004 al 2007 las exportaciones aumentaron en 165% al pasar de $22, 857 millones de pesos a $60,752 millones de pesos. Sin embargo como consecuencia de la crisis económica para el 2008 esta cifra se redujo 28% y a partir del año siguiente se te observa una ligera recuperación en las exportaciones. Del 2010 al 2012, las exportaciones aumentaron en 45% al pasar de $152,317 millones de pesos a $220,682 mil millones de pesos.

Los principales países importadores de recursos mineros son Estados Unidos, Japón y Canadá. Estos países compran principalmente plata, cobre y zinc. Su consumo ha aumentado en los últimos 9 años considerablemente, en 2004 las exportaciones hacia Estados Unidos en cuanto a la plata pasaron de $6,1 04,738 miles de millones a $16, 932,605 miles de millones de pesos. Las exportaciones de cobre aumentaron de 2004 a 2009 en un 83% mientras que el Zinc hasta el año 2007 había aumentado su consumo en un 152% posterior mente disminuyo en más del 60%.

En el año 2005 Canadá se vuelve más demandante en la producción minera, su participación antes de ese año no había sido significativa, resaltaban solo las exportaciones de zinc. De 2005 a 2007 las exportaciones de plata, cobre, zinc, fierro, manganeso y plomo incrementaron en más del 200% sin embargo a causa de la crisis económica los números volvieron casi a sus orígenes, manteniéndose solo las exportaciones de plata. Para 2009 el valor de las exportaciones en cobre apenas alcanzó los $63 000 pesos y $38, 424,000 de pesos en plata. No hubo compra de zinc, plomo y fierro.

En un estudio comparativo realizado a países de América Latina, América del Norte y China se encontró que todos aplican tasas que gravan las actividades mineras en forma de canon, regalías o royalties e impuestos. Además existen programas de fomento a la industria normalmente relacionados con exenciones y rebajas en los gravámenes. También se encontró que muchos de ellos aplican una tarifa a las concesiones y su la durabilidad de la misa varia de país en país.

Es relevante el papel que desempeñan el sector en la economía de América Latina, a partir del año 2000 la participación del PIB total en las economías latinas ha ido incrementando considerablemente, en el año 2011 esta contribución se ubicó en 6 puntos porcentuales respecto al PIB siendo Venezuela y Ecuador los países con el mayor porcentaje, 27 y...

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