De la Seguridad Social en el Campo

AutorAlejandro Gérard Bertrand/Carlos Alejandro Corona Rabía
Páginas211-215
211
Título Segundo
Del Régimen Obligatorio
Capítulo X
De la Seguridad Social en el Campo
Seguridad social en el campo
Artículo 234. La seguridad social se extiende al campo mexicano, en los términos y formas
que se establecen en la presente Ley y los reglamentos respectivos.
LSS 12 Sujetos de aseguramiento; 13-III Ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños pro-
pietarios; 15 Obligaciones de los patrones; 27 a 37 Salario base de cotización; 38 Retención
de la cuota obrera; 39 Determinación y pago de cuotas (ver comentarios); 237 Trabajadores
del campo; 237-B Obligaciones adicionales a los patrones del campo; 237-C Exclusión del
salario base de cotización, productividad hasta por un 20% establecido en los artículos 27
y 29-III de esta ley; 237-D Verificar el cumplimiento de los patrones del campo
Tematización:
RLSSACRF 93 y 94 Ejidatario, comuneros, colonos y pequeños propietarios; LFT 279 a 284 Trabaja-
dores del campo
Formas de acceso a la seguridad social
Artículo 235. Las mujeres y los hombres del campo que tengan el carácter de trabajadores
independientes, respecto de quienes no medie ninguna relación de subordinación laboral, los
ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios; así como los ejidos y otras formas
superiores de organización, podrán acceder a la seguridad social en la forma y términos que
señala el artículo 13, a través de convenio de incorporación voluntaria al régimen obligatorio,
o bien mediante el seguro de salud para la familia establecido en el artículo 240 de esta Ley.
LSS 13-III Aseguramiento voluntario al régimen obligatorio (trabajadores del campo);
234 Términos y formas establecidas, para los trabajadores del campo; 240 Seguro
de salud para la familia
Tematización:
LFT 279 a 284 Trabajadores del campo; RLSSACRF 93 y 94 Ejidatario, comuneros, colonos y peque-
ños propietarios

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