Segundo Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Hidalgo.
| Fecha de publicación | 27 Agosto 2024 |
| Emisor | SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR) |
| Sección | UNICA. Organismos Descentralizados Y/O Desconcentrados |
SEGUNDO Convenio Modificatorio al Convenio de Coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social, que celebran la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Hidalgo.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- SALUD.- Secretaría de Salud.- Instituto Mexicano del Seguro Social.- Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
SEGUNDO CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COORDINACIÓN QUE ESTABLECE LA FORMA DE COLABORACIÓN EN MATERIA DE PERSONAL, INFRAESTRUCTURA, EQUIPAMIENTO, MEDICAMENTOS Y DEMÁS INSUMOS ASOCIADOS PARA LA PRESTACIÓN GRATUITA DE SERVICIOS DE SALUD, PARA LAS PERSONAS SIN SEGURIDAD SOCIAL EN EL ESTADO DE HIDALGO, DE FECHA 11 DE AGOSTO DE 2023, QUE CELEBRAN LA SECRETARÍA DE SALUD, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA SECRETARÍA", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR EL SECRETARIO DE SALUD, DR. JORGE CARLOS ALCOCER VARELA, ASISTIDO POR EL TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, MTRO. MARCO VINICIO GALLARDO ENRÍQUEZ; EL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL IMSS", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL MTRO. ZOÉ ALEJANDRO ROBLEDO ABURTO, ASISTIDO POR LA DRA. CÉLIDA DUQUE MOLINA, TITULAR DE LA DIRECCIÓN DE PRESTACIONES MÉDICAS; SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR, EN LO SUCESIVO "IMSS-BIENESTAR", REPRESENTADO POR SU DIRECTOR GENERAL, EL DR. ALEJANDRO ANTONIO CALDERÓN ALIPI, ASISTIDO POR EL LIC. AUNARD AGUSTÍN DE LA ROCHA WAITE, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS Y POR EL DR. VÍCTOR HUGO BORJA ABURTO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD, Y EL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE HIDALGO, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL GOBIERNO DEL ESTADO", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU GOBERNADOR CONSTITUCIONAL, EL LIC. JULIO RAMÓN MENCHACA SALAZAR, ASISTIDO POR EL SECRETARIO DE GOBIERNO, LIC. GUILLERMO OLIVARES REYNA, LA SECRETARIA DE SALUD Y TITULAR DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE SERVICIOS DE SALUD DE HIDALGO, LA DRA. JUANA VANESA ESCALANTE ARROYO Y LA SECRETARIA DE HACIENDA, LA MTRA. MARÍA ESTHER RAMÍREZ VARGAS; A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
1. Con fecha 11 de agosto de 2023, "LAS PARTES" suscribieron el "Convenio de coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social en el Estado de Hidalgo", en lo sucesivo el "CONVENIO PRINCIPAL".
2. Conforme a la Cláusula Décima del "CONVENIO PRINCIPAL", dicho instrumento consensual puede ser modificado o adicionado por acuerdo de las partes, mediante la formalización del instrumento jurídico correspondiente.
3. En la Cláusula Décima Cuarta del "CONVENIO PRINCIPAL", "LAS PARTES" acordaron que los Anexos a los que se refiere el "CONVENIO PRINCIPAL", forman parte de éste y se integrarían con posterioridad a la firma del mismo, previamente acordados y autorizados por "LAS PARTES".
4. El 18 de enero de 2024, "LAS PARTES" suscribieron el "Primer Convenio Modificatorio al Convenio de coordinación que establece la forma de colaboración en materia de personal, infraestructura, equipamiento, medicamentos y demás insumos asociados para la prestación gratuita de servicios de salud, para las personas sin seguridad social en el Estado de Hidalgo, de fecha 11 de agosto de 2023", en lo sucesivo el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", cuyo objeto establecido en la Cláusula Primera, señala lo siguiente:
(ii) "EL GOBIERNO DEL ESTADO", con estricto apego a las disposiciones jurídicas aplicables y en su respectivo ámbito de competencia, transfiera, al "IMSS-BIENESTAR" o al fideicomiso público sin estructura orgánica a que hace mención el artículo 77 bis 29 de la "LGS", en adelante "EL FONSABI", los recursos destinados a la atención integral gratuita médica y hospitalaria con medicamentos y demás insumos asociados a las personas sin afiliación a las instituciones de seguridad social en el Estado de Hidalgo. Por lo que corresponde a los recursos presupuestarios y financieros objeto del presente Convenio de Coordinación, son los señalados en los artículos 77 bis 12, 77 bis 13, 77 bis 14, 77 bis 15 y 77 bis 16 A y demás relativos y aplicables de la "LGS", así como, recursos propios o de libre disposición que cubran el pago de servicios personales y de operación de atención a la salud de "EL GOBIERNO DEL ESTADO".
5. De acuerdo con el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", "EL GOBIERNO DEL ESTADO" se comprometió a transferir en propiedad a "IMSS-BIENESTAR" las unidades señaladas en el Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL", a fin de que dicho organismo sea el que las opere para dar cumplimiento a su objeto.
6. Mediante oficios números OPD-CEIBH/0055/2024 y OPD-CEIBH/0123/2024, el Dr. Felipe Arreola Torres, Coordinador Estatal de "IMSS-BIENESTAR", solicitó la modificación del Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL".
7. Mediante oficio número UAS-CS-103/2024, la Coordinación de Supervisión, adscrita a la Unidad de Atención a la Salud de "IMSS-BIENESTAR", indicó que, con la finalidad de brindar una mejor atención a la población sin seguridad social en el Estado de Hidalgo y desde el punto de vista médico, es factible la inclusión en el Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL" de 16 unidades médicas señaladas en el oficio OPD-CEIBH/0055/2024 así como adicionar 33 unidades médicas móviles, mismas que se encuentran señaladas en el anexo 1 del oficio UAS-CS-103/2024.
8. Mediante oficio número UAF-IB-CA-1085/2024, la Coordinación de Abasto, adscrita a la Unidad de Administración y Finanzas de "IMSS-BIENESTAR", indicó que, en seguimiento a la federalización de los Servicios Estatales de Salud, es pertinente la inclusión en el Anexo 1 del "CONVENIO PRINCIPAL" de la unidad de apoyo, consistente en un almacén central, señalado en el oficio OPD-CEIBH/0055/2024.
DECLARACIONES
I. "LA SECRETARÍA" declara que se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL" y en el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO".
II. "EL IMSS" declara que se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL" y en el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO".
III. "EL GOBIERNO DEL ESTADO" declara que:
III.1. Se reproducen y ratifican las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL" y en el "PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO", salvo la Declaración III.8 del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar como sigue:
III.2. La Dra. Juana Vanesa Escalante Arroyo, en su carácter de Secretaria de Salud y Titular de la Dirección General de Servicios de Salud de Hidalgo, tiene facultades para intervenir en el presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 73 de la Constitución Política del Estado de Hidalgo; 17, fracción XI y 39, fracciones IX y X de la Ley Orgánica de la Administración Pública para el Estado de Hidalgo; 10 fracciones I y X del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud de Hidalgo; 12, fracciones I y V del Decreto Gubernamental que modifica diversas disposiciones del que creó al Organismo Descentralizado Servicios de Salud de Hidalgo, publicado en el Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 15 de abril de 2019 y 18 del Acuerdo que contiene el Estatuto Orgánico de Servicios de Salud de Hidalgo, publicado en Alcance Cuatro del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo el 3 de agosto de 2020, de igual forma, acredita su personalidad con los nombramientos de 4 de abril de 2024, expedidos a su favor por el Lic. Julio Ramón Menchaca Salazar, Gobernador Constitucional del Estado de Hidalgo.
IV. "IMSS-BIENESTAR" declara que se reproducen y ratifican todas y cada una de las declaraciones insertas en el "CONVENIO PRINCIPAL" y en el "...
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