Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2006 (Tesis num. 2a./J. 116/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2006 (Reiteración))
Número de registro | 174314 |
Número de resolución | 2a./J. 116/2006 |
Fecha de publicación | 01 Septiembre 2006 |
Fecha | 01 Septiembre 2006 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIV, Septiembre de 2006; Pág. 213 |
Emisor | Segunda Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Común,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
La circunstancia de que no se haya publicado tesis de jurisprudencia relativa a una acción de inconstitucionalidad en cuya resolución se declaró la invalidez de alguna norma general, no es óbice para que los Tribunales Colegiados de Circuito apliquen el criterio sostenido en ella, pues de conformidad con el artículo 43, en relación con el 73, ambos de la Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, las sentencias pronunciadas en acciones de inconstitucionalidad, aprobadas por lo menos por ocho votos, son de observancia obligatoria y conforme al artículo 44 de la ley citada, la resolución se inserta de manera íntegra en el Diario Oficial de la Federación así como en el órgano oficial en que tales normas se hubieren publicado. Además, las razones contenidas en los considerandos que funden los resolutivos de las sentencias aprobadas en esos términos, se entienden comprendidas en el supuesto a que se refiere el punto quinto, fracción I, inciso D), del Acuerdo General Plenario 5/2001, que establece: "QUINTO. De los asuntos de la competencia originaria de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las salvedades especificadas en los puntos tercero y cuarto de este acuerdo, corresponderá resolver a los Tribunales Colegiados de Circuito: I. Los recursos de revisión en contra de sentencias pronunciadas por los Jueces de Distrito o los Tribunales Unitarios de Circuito, cuando: ... D) Los amparos en revisión en los que, sobre el tema debatido, se integre, aunque no se haya publicado, jurisprudencia del Pleno o de las Salas o existan cinco precedentes emitidos por el Pleno o las Salas indistintamente, en forma ininterrumpida y en el mismo sentido, aun cuando no hubieran alcanzado la votación idónea para ser jurisprudencia."
PRECEDENTES:
Amparo en revisión 1465/2003. R.E.C.M.. 31 de octubre de 2003. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: J.V.A.A.. Ponente: J.V.A.A.; en su ausencia hizo suyo el asunto G.D.G.P.. Secretaria: C.M.P..
Amparo en revisión 2489/2003. F.M.Á.R.G. y otros. 23 de enero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: M.A.C.A..
Amparo en revisión 2476/2003. O.T.M.. 27 de febrero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretaria: A.G.F..
Amparo en revisión 85/2004. J.R.D.Á. y otros. 27 de febrero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: G.I.O.M.. Secretario: M.A.C.A..
Amparo en revisión 132/2004. C.F.G.H. y otro. 27 de febrero de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.D.R.. Secretaria: L.G.V..
Tesis de jurisprudencia 116/2006. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del dieciocho de agosto de dos mil seis.
Nota: El Acuerdo General Número 5/2001, del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación citado, aparece publicado en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, T.X., julio de 2001, página 1161.
-
Sentencia nº SUP-REC-814-2015 DE Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación - Sala Superior, 1 de Octubre de 2015
...de jurisprudencia 5/2007-PL y en el Acuerdo General 4/1996, así como las Salas de este Alto Tribunal en las tesis 1a./J. 2/2004 y 2a./J. 116/2006 de rubros: "JURISPRUDENCIA. TIENEN ESE LAS RAZONES CONTENIDAS EN LOS CONSIDERANDOS QUE FUNDEN LOS RESOLUTIVOS DE LAS SENTENCIAS EN CONTROVERSIAS ......
-
Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0238-2023), 2023
...de jurisprudencia 5/2007-PL y en el Acuerdo General 4/1996, así como las Salas de este Alto Tribunal en las tesis 1a./J. 2/2004 y 2a./J. 116/2006 de rubros: "JURISPRUDENCIA. TIENEN ESE CARÁCTER LAS RAZONES CONTENIDAS EN LOS CONSIDERANDOS QUE FUNDEN LOS RESOLUTIVOS DE LAS SENTENCIAS EN CONTR......
-
Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 26-06-2013 (CONTROVERSIA CONSTITUCIONAL 4/2013)
...de jurisprudencia 5/2007-PL y en el Acuerdo General 4/1996, así como las Salas de este Alto Tribunal en las tesis 1a./J. 2/2004 y 2a./J. 116/2006 de rubros: ‘JURISPRUDENCIA. TIENEN ESE CARÁCTER LAS RAZONES CONTENIDAS EN LOS CONSIDERANDOS QUE FUNDEN LOS RESOLUTIVOS DE LAS SENTENCIAS EN CONTR......
-
Sentencia con número de expediente 666/2022. Juzgado Primero de Distrito en el Estado de Sonora, 2022-07-15
...acción de inconstitucionalidad 19/2015, las cuales resultan obligatorias para este órgano jurisdiccional21, debe concluirse que 21 Tesis 2a./J. 116/2006, sustentada por la Segunda Sala del alto tribunal, publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XXI......