Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana otorga facultades a direc.

Mexico, 12 Dic (Notimex).- La Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana publica el Acuerdo por el que se delegan facultades del Titular de la Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana, a favor del Director General de Apoyo Juridico.

El Acuerdo, publicado en la edicion matutina del Diario Oficial de la Federacion (DOF), establece que con motivo de las modificaciones realizadas a la Ley Organica de la Administracion Publica Federal se creo la Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana, cuya mision y tarea central es la seguridad publica y la proteccion de la poblacion ante cualquier riesgo o amenaza.

A la Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana le fueron transferidas la totalidad de las facultades que estaban confiadas a la Secretaria de Gobernacion en esa materia.

Para dar el cumplimiento de sus atribuciones, tambien se transfirieron todas las unidades administrativas cuyas funciones se encuentran relacionadas con la materia de seguridad publica, entre ellas, la Direccion General de Apoyo Juridico.

Por ello se delega al titular de la Direccion General de Apoyo Juridico, la representacion en los asuntos de caracter legal en que tenga injerencia la Secretaria de Seguridad y Proteccion Ciudadana, en tanto se emitan las disposiciones reglamentarias correspondientes.

El otorgamiento de dicha representacion implica el ejercicio de las siguientes atribuciones:

Representar a la Secretaria o a su Titular ante los Tribunales Federales y del fuero comun y ante toda autoridad en los tramites jurisdiccionales y cualquier otro asunto de caracter legal en que tenga interes e injerencia la Secretaria, con todos los derechos procesales que las leyes reconocen a las personas fisicas y morales, tanto para presentar demandas como para contestarlas y reconvenir a la contraparte, ejercitar acciones y oponer toda clase de excepciones, nombrar peritos, reconocer firmas y documentos, redarguir de falsos a los que presente la contraparte, repreguntar y tachar de falsos a testigos o ratificantes, articular y absolver posiciones.

Asimismo, formular denuncias y querellas, desistirse, otorgar perdon, ofrecer y rendir toda clase de pruebas; recusar jueces inferiores y superiores, oir autos interlocutorios y definitivos, pedir la revocacion de los que estime pertinentes, e interponer recurso de apelacion.

Tambien representar a la Secretaria o a su Titular en los juicios de amparo; intervenir en las controversias constitucionales, en las acciones de...

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