Secretaría de Finanzas Públicas, Subsecretaría de In gresos.- Circular No. SI/004 por el que se acuerda los periodos vacacionales de suspensión de actividades o días inhábiles según corresponda, detallados en los Considerandos PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO, tendrán el carácter de hábiles para las Direcciones Generales de Auditoria Fiscal y de Recaudación, Centros Regionales de Atención al Contribuyente y áreas administrativas adscritas a las mis mas, dependientes de la Subsecretaría de Ingresos de la Secretaría de Finanzas Públicas del Gobierno del Estado de Hidalgo; asimismo, las autoridades fiscales estatales coordinadas, continuarán ejerciendo facultades de comprobación y de control de obligaciones, de igual forma realizarán actos, trámites y procedimientos administrativos jurisdiccionales, relacionados con impuestos federales coordinados que sean de su competencia, por lo que se computarán de manera normal, los plazos y términos legales correspondientes.

Fecha de publicación20 Julio 2020
Número de Gaceta29
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