Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SCFI-2004, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación

Fecha de disposición09 Septiembre 2004
Fecha de publicación09 Septiembre 2004
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SCFI-2004, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-005-SCFI-2004, INSTRUMENTOS DE MEDICION- SISTEMA PARA MEDICION Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LIQUIDOS-ESPECIFICACIONES, METODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACION.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracción IV, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, expide para consulta pública el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SCFI-2004, Instrumentos de medición-Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos-Especificaciones, métodos de prueba y de verificación.

De conformidad con el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-005-SCFI-2004, se expide para consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, ubicado en avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, Sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México, teléfono 57 29 93 00, extensión 4166, fax 55 20 97 15, e-mail: jcamacho@economia.gob.mx, para que en los términos de la Ley se consideren en el seno del Comité que lo propuso.

Durante este lapso, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización puede ser consultada gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en el domicilio antes citado o bien en la página de Internet de esta Secretaría: http://www.economia.gob.mx o en la de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria www.cofemermir.org.

México, D.F., a 30 de agosto de 2004.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-005-SCFI-2004, INSTRUMENTOS DE MEDICION- SISTEMA PARA MEDICION Y DESPACHO DE GASOLINA Y OTROS COMBUSTIBLES LIQUIDOS-ESPECIFICACIONES, METODOS DE PRUEBA Y DE VERIFICACION

PREFACIO

En la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, participaron las siguientes empresas e instituciones:

- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES

- ASOCIACION DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, A.C. (ANCE)

- ASOCIACION MEXICANA DE PROVEEDORES DE ESTACIONES DE SERVICIO, A.C. (AMPES)

- ASOCIACION NACIONAL DE GASOLINEROS, A.C.

- ASOCIACION QUERETARO, GRUPO RODOLI

- ASOCIACION DE GASOLINEROS DEL ESTADO QUERETARO

- ASOCIACION NACIONAL DE GASOLINEROS, A.C.

- CALIBRACION DE GASOLINERAS FAX

- CALPRO, S.A. DE C.V.

- CENTRO NACIONAL DE METROLOGIA

- CEGA ONEXPO

- CONSEJO EMPRESARIAL GASOLINERO VALLE DE MEXICO, S.C.

- DIEBOLD MEXICO (GILBARCO)

- DRESSER WAYNE

- EL CARACOL

- ESFERA DE SERVICIOS PROFESIONALES E INGENIERIA

- ESTACION DE SERVICIO 3050

- FRANKLIN FUELING SYSTEMS

- GASOLINERAS GRUPO MEXICANO, S.A. DE C.V.

- GGM GASOLINERAS, S.A. DE C.V.

- GRUPO PERC

- GRUPO RODOLI

- GRUPO SIMCA

- INDUSTRIAS GUILLERMO MURGUIA

- INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

CENTRO DE INVESTIGACION EN COMPUTACION

ESCUELA SUPERIOR DE INGENIERIA MECANICA Y ELECTRICA UNIDAD AZCAPOTZALCO

- ISSI

- INSTMECO-JACS INTERNACIONAL, S.A. DE C.V.

- LABORATORIO DE METROLOGIA RAYMUNDO RIVERA ROSAS

- LUGROSS

- MEDICIONES AVANZADAS DE CALIDAD, S.A. DE C.V.

- METROLOGIA DIGITAL, S. DE R.L. DE C.V.

- ONEXPO MICHOACAN

- ONEXPO SINALOA

- ONEXPO NACIONAL, A.C.

- PABELLON MEXICANO

- PEGASUS CONTROL, S.A. DE C.V.

- PEMEX-REFINACION

- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR

- PROMOTORA INTERNACIONAL

- RED DE GASOLINEROS DEL CENTRO HIDALGO

- SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO

ADUANAS

- SERVICIO PATZCUARO, S.A. DE C.V.

- SET CONSULTING

- SIMCA

- SUPER SERVICIO NAUMEX, S.A. DE C.V.

- UNIDAD EXAMINADORA DE SERVICIOS, S.A. DE C.V.

- UNION DE GASOLINEROS DE MICHOACAN, A.C.

- UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

FACULTAD DE INGENIERIA

- VERIFICACION DE INSTRUMENTOS, S.A. DE C.V.

- VERIFICACIONES INTEGRALES ZUR, S.A. DE C.V.

- VOLFLUX

- VOLUMEX, S.A. DE C.V.

- WAYNE INTERNATIONAL

- WIRPA INSTRUMENTOS DE MEDICION, S.A. DE C.V.

INDICE

Capítulo

  1. Objetivo y campo de aplicación

  2. Referencias

  3. Definiciones

  4. Clasificación

  5. Especificaciones

  6. Muestreo

  7. Métodos de prueba

  8. Información comercial

  9. Verificación inicial, periódica y extraordinaria

  10. Medidores de flujo alto

  11. Evaluación de la conformidad

  12. Vigilancia

  13. Bibliografía

  14. Concordancia con normas internacionales

  15. Objetivo y campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones, métodos de prueba y procedimientos de verificación aplicables a los distintos sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos.

  16. Referencias

    Para la correcta aplicación de esta Norma Oficial Mexicana se deben aplicar las siguientes normas oficiales mexicanas y Norma Mexicana:

    NOM-001-SCFI-1993 Aparatos electrónicos-Aparatos electrónicos de uso doméstico alimentados por diferentes fuentes de energía eléctrica-Requisitos de seguridad y métodos de prueba para la aprobación de tipo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1993.

    NOM-001-SEDE-1999 Instalaciones eléctricas-Utilización, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de septiembre de 1999.

    NOM-008-SCFI-2002 Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

    NOM-016-ENER-2002 Eficiencia energética de motores de corriente alterna, trifásicos, de inducción, tipo jaula de ardilla, en potencia nominal de 0,746 a 373 kW. Límites, método de prueba y marcado, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1 de enero de 2003.

    NOM-092-ECOL-1995 Que regula la contaminación atmosférica y establece los requisitos, especificaciones y parámetros para la instalación de sistemas de recuperación de vapores de gasolina en estaciones de servicio y de autoconsumo, Diario Oficial de la Federación, 6 de septiembre de 1995.

    NOM-093-ECOL-1995 Que establece el método de prueba para determinar la eficiencia de laboratorio de los sistemas de recuperación de vapores de gasolina en estaciones de servicio y autoconsumos de servicio, Diario Oficial de la Federación, 6 de septiembre de 1995.

    NMX-Z-12/2-1987 Muestreo para la inspección por atributos-Parte 2: Métodos de muestreo, tablas y gráficas, Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de octubre de 1987.

  17. Definiciones

    Para efectos de esta Norma se establecen las siguientes definiciones:

    3.1 Ajuste

    El conjunto de operaciones realizadas durante la verificación, por una autoridad competente o las unidades de verificación acreditadas y aprobadas, destinadas a acondicionar un instrumento de medición a un nivel de funcionamiento y exactitud de cero error o, de no ser posible, en el punto más próximo a cero dentro de las tolerancias de exactitud establecidas en las normas oficiales mexicanas aplicables, mediante los mecanismos predispuestos para ello.

    3.2 Aprobación de modelo o prototipo

    Procedimiento por el cual se asegura que un instrumento de medición satisface las características metrológicas, especificaciones técnicas y de seguridad.

    3.3 Caja multiplicadora

    Es aquella que establece la relación exacta entre el volumen de combustible líquido que pasa por la unidad de medición y el volumen de combustible líquido registrado por el contador o por el computador en su caso.

    3.4 Dispositivo computador

    Conjunto de piezas o elementos que procesan e indican al (a los) usuario(s) del sistema de medición el volumen de combustible líquido surtido, el importe de la venta de cada operación, así como el precio por litro.

    3.4.1 Dispositivo contador

    Conjunto de piezas o elementos situados en el mecanismo interior del instrumento que indican el volumen de combustible líquido surtido en cada operación.

    3.5 Error máximo tolerado

    Valores extremos de un error tolerado por las especificaciones, reglamentos y otros relativos a un instrumento de medición determinado.

    3.6 Mecanismo sincronizador del interruptor con el computador

    Es aquel que está diseñado de tal forma que al terminar una operación de surtido y medición no se pueda hacer otra, a menos que se ponga en ceros la lectura del dispositivo contador o computador.

    3.7 Procuraduría

    Procuraduría Federal del Consumidor

    3.8 Regulador automático de flujo

    Es el dispositivo de la válvula de descarga que fija y mantiene un flujo constante de descarga.

    3.9 Sistema para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos.

    Sistema que incorpora un instrumento de medición que consta de un mecanismo diseñado para medir en forma automática el volumen de combustible líquido que pasa a través de él, traduciéndolo en un importe a pagar en moneda nacional, de acuerdo a un precio autorizado.

    Nota.- Para efectos de esta Norma a los sistemas para medición y despacho de gasolina y otros combustibles líquidos, se les denomina como sistema de medición en el texto de la misma.

    3.10 Totalizador

    Dispositivo que indica la lectura acumulada de las entregas parciales en volumen de combustible líquido.

    3.11 Unidad de bombeo

    Es el mecanismo diseñado para bombear el combustible que pasa por la unidad de medición.

    3.12 Unidad de medición

    Es el mecanismo que mide el paso del combustible y al medirlo produce un movimiento que transmite al contador y/o al computador.

    3.13 Unidad de verificación

    La...

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