Norma Oficial Mexicana NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado

Fecha de disposición14 Diciembre 2005
Fecha de publicación14 Diciembre 2005
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones I y XII, 46, 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 19 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, y

CONSIDERANDO

Que es responsabilidad del Gobierno Federal procurar las medidas que sean necesarias para garantizar que los productos que se comercialicen en territorio nacional contengan los requisitos necesarios con el fin de garantizar los aspectos de seguridad e información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor;

Que con fecha 22 de octubre de 2004 el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó la publicación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado, la cual se realizó en el Diario Oficial de la Federación el 15 de noviembre de 2004, con objeto de que los interesados presentaran sus comentarios;

Que durante el plazo de 60 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de dicho proyecto de norma oficial mexicana, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización estuvo a disposición del público en general para su consulta; y que dentro del mismo plazo, los interesados presentaron comentarios sobre el contenido del citado proyecto de norma oficial mexicana, mismos que fueron analizados por el grupo de trabajo, realizándose las modificaciones conducentes al proyecto de NOM.

Que con fecha 28 de octubre de 2005, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, aprobó por unanimidad la norma referida;

Que la Ley Federal sobre Metrología y Normalización establece que las normas oficiales mexicanas se constituyen como el instrumento idóneo para la protección de los intereses del consumidor, se expide la siguiente:

Norma Oficial Mexicana NOM-168-SCFI-2004, Bebidas alcohólicas-Bacanora-Especificaciones de elaboración, envasado y etiquetado.

México, D.F., a 8 de noviembre de 2005.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-168-SCFI-2005, BEBIDAS ALCOHOLICAS-BACANORA-ESPECIFICACIONES DE ELABORACION, ENVASADO Y ETIQUETADO

PREFACIO

En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

BACANORA DE SONORA, S.A. DE C.V.

CENTRO DE ESTUDIOS SUPERIORES DEL ESTADO DE SONORA (CESUES)

CENTRO DE INVESTIGACION EN ALIMENTACION Y DESARROLLO, A.C.

COMISION NACIONAL FORESTAL (CONAFOR)

DIRECCION GENERAL DE ALCOHOLES DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA

DISTILLED SPIRITS COUNCIL OF THE UNITED STATES

ENVASADORA DE BACANORA PURO CHUQUI Y 300 AÑOS

FONDO ESTATAL PARA PROYECTOS PRODUCTIVOS DEL BACANORA

FUNDACION PRODUCE SONORA, A.C.

H. CONGRESO DEL ESTADO DE SONORA

INSTITUTO DEL MEDIO AMBIENTE DEL ESTADO DE SONORA (IMADES)

INSTITUTO NACIONAL DE INVESTIGACIONES FORESTALES, AGRICOLAS Y PECUARIAS (INIFAP)

INSTITUTO TECNOLOGICO DE HERMOSILLO, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE BACADEHUACHI, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE BACANORA, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE BANAMICHI, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE CUMPAS, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE GRANADOS, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE LA COLORADA, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE HUASABAS, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE HUEPAC, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE MOCTEZUMA, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN JAVIER, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE SAN PEDRO DE LA CUEVA, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE TEPACHE, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE URES, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE VILLA HIDALGO, SONORA

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE VILLA PESQUEIRA, SONORA

REVISTA “MISSION” DEL ESTADO DE SONORA

SECRETARIA DE DESARROLLO ECONOMICO DEL ESTADO DE SONORA

SECRETARIA DE HACIENDA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA

UNIVERSIDAD DE LA SIERRA, SONORA

CONSEJO NACIONAL DE CIENCIA Y TECNOLOGIA, SUBDIRECCION REGIONAL

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, RECURSOS HIDRAULICOS, PESCA Y ACUACULTURA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE SONORA

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

SECRETARIA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES

PRESIDENCIA MUNICIPAL DE MAZATAN, SONORA

SECRETARIA DE ECONOMIA Delegación Federal en el Estado de Sonora Dirección General de Normas

SECRETARIA DE ECONOMIA DEL ESTADO DE SONORA

SOCIEDAD MEXICANA DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION, S.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo y campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Símbolos y abreviaturas

  6. Clasificación y denominación

  7. Especificaciones

  8. Relativos a la autenticidad del Bacanora

  9. Del proceso de fabricación

  10. Muestreo

  11. Traslado

  12. Envasado

  13. Métodos de prueba

  14. Control de calidad

  15. Comercialización

  16. Información comercial

  17. Evaluación de la conformidad

  18. Bibliografía

  19. Concordancia con normas internacionales

  20. Introducción

    Esta Norma Oficial Mexicana se refiere a la denominación de origen “Bacanora” cuya titularidad corresponde al estado mexicano, en los términos de la Ley de la Propiedad Industrial, y de la Declaración General de Protección a la Denominación de Origen “Bacanora” publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2000.

    Las especificaciones que se señalan a continuación, sólo podrán satisfacerse cuando en la elaboración del producto objeto de esta Norma Oficial Mexicana, se utilicen materias primas e ingredientes de calidad sanitaria y se apliquen las prácticas de higiene y sanidad de la Norma NOM-120-SSA1 vigente.

  21. Objetivo y campo de aplicación

    1.1 La presente Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer las características y especificaciones con las que debe cumplir la elaboración, envasado y comercialización del Bacanora.

    1.2 Esta Norma Oficial Mexicana es aplicable a la elaboración, envasado y comercialización de la bebida alcohólica denominada “Bacanora”, que se elabora a partir del Agave angustifolia Haw, misma que se elabora en el Area de la Denominación de Origen para el Bacanora, publicada en el Diario Oficial de la Federación con fecha 6 de noviembre de 2000.

  22. Referencias

    Esta Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas y normas mexicanas vigentes o las que la sustituyan:

    NOM-002-SCFI-1993 Productos preenvasados-Contenido neto, tolerancias y métodos de verificación, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 1993.

    NOM-008-1993-SCFI Sistema General de Unidades de Medida, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de noviembre de 2002.

    NOM-030-SCFI-1993 Información comercial-Declaración de cantidad en la etiqueta especificaciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 1993.

    NOM-106-SCFI-2000 Características de diseño y condiciones de uso de la contraseña oficial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de febrero de 2001.

    NOM-041-SSA1-1993 Bienes y servicios. Agua purificada envasada. Especificaciones sanitarias, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de marzo de 1995.

    NOM-120-SSA1-1995 Bienes y Servicios-Prácticas de higiene y sanidad para el proceso de alimentos, bebidas no alcohólicas y alcohólicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 28 de agosto de 1995.

    NOM-142-SSA1-1997 Bienes y Servicios-Bebidas alcohólicas-Especificaciones sanitarias-Etiquetado sanitario y comercial, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 9 de julio de 1997.

    NMX-V-004-NORMEX-2005 Bebidas Alcohólicas-Determinación de Furfural-Métodos de ensayo (Prueba). Publicación de declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005.

    NMX-V-005-NORMEX-2005 Bebidas Alcohólicas-Determinación de Aldehídos, Esteres, Metanol y Alcoholes Superiores-Métodos de ensayo (Prueba). Publicación de declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005.

    NMX-V-013-NORMEX-2005 Bebidas Alcohólicas-Determinación del Contenido Alcohólico (Por ciento de Alcohol en Volumen a 293 K) (20ºC) (% Alc. Vol.)-Métodos de ensayo (Prueba). Publicación de declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 23 de junio de 2005.

    NMX-V-014-1986 Bebidas alcohólicas destiladas-Determinación de Alcoholes Superiores. Método de Prueba. Declaratoria de vigencia publicada...

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