Compensación de Saldos a Favor contra Retenciones (ART-150 RISR)

AutorHonoré A. Bornacini Hervella
Páginas31-31
CIERRE ANUAL, CÁLCULOS Y OPCIONES 2012
MÉXICO FISCAL
31
4.9. Diferencias Anuales (ART-116 LISR):
A Cargo del Trabajador:
Se deberá enterar a más tardar en el mes de febrero siguiente al del ejercicio que se calcula.
A Favor del Trabajador:
Deberá compensarse contra la retención del mes de diciembre y las siguientes (un año).
Compensación de Saldos:
El retenedor deberá compensar entre saldos a cargo y a favor, siempre que sea entre trabajadores que no pre-
sentarán su declaración anual. Documentación comprobatoria de las cantidades compensadas.
Devolución de Saldos a Favor:
En caso de que no sea posible efectuar la compensación, en un año, el trabajador podrá solicitar la devolución
siempre y cuando el retenedor le entregue la Constancia de Percepciones y Retenciones, señalando el monto
que le hubiese podido compensar.
4.10. Compensación de Saldos a Favor contra Retenciones (ART-150 RISR):
Para efectos del ART-116-PFO-5 de la Ley, el retenedor podrá compensar los saldos a favor de un trabajador
contra las cantidades retenidas a otro trabajador, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
F-I. Que se trate de trabajadores que presten sus servicios a un mismo patrón y no estén obligados a presentar d e-
claración anual.
F-II. Que recabe documentación comprobatoria de que entregó la cantidad compensada al trabajador con saldo a
favor.
Cuando la compensación de los saldos a favor de un trabajador sólo se efectúe en forma parcial y éste soli-
cite la devolución correspondiente, el retenedor deberá señalar la compensación respectiva en la constancia
del ART-118-F-III LISR.
4.11. Esquema del Cálculo Anual del Trabajador que Presentará
por su Cuenta la Declaración Anual:
-
=
-
-
=
Ingresos Acumulables Ingresos No Acumulables
-Deducciones Personales
=
Base de Cálculo ISR
x
Tarifa ART-177 LISR Tasa Real Anual de ISR (u)
=
ISR de Ingresos Acumulables ISR de Ingresos no Acumulables
=
-
= ISR a Cargo Diferencia sin Efectos
Fiscales
-Retenciones ISR Retenciones ISR
= ISR a Retener, o ISR a Favor, en su caso
ISR a Favor, en su caso
u La tasa se calculará en los términos del ART-112 LISR.
Ingresos Gravables
Cálculo Anual de un Trabajador que Presenta su
Declaración Anual Personal
ISR Anual Causado
S Subsidio para el Empleo que le Correspondió (Tabla SPE)
Ingresos Totales del Trabajador
Ingresos No Objeto de ISR
Ingresos Objeto de ISR
Ingresos Exentos
Impuesto Local sobre Salarios

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