Salarios Mínimos 2018

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SALARIOS MINIMOS 2018

Publicados en el D.O.F. del 24 de noviembre de 2017

PRIMERO. Para fines de aplicación del salario mínimo en la República Mexicana habrá una sola área geográfica integrada por todos los municipios del país y demarcaciones territoriales de la Ciudad de México.

SEGUNDO. El salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017 en el área geográfica a que se refiere el punto resolutorio anterior, se integrará por tres componentes: primero, el monto del salario mínimo general vigente del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017, $ 80.04 pesos diarios; segundo, el Monto Independiente de Recuperación (MIR), $ 5.00 pesos diarios y, tercero, el incremento de 3.9%, sobre la suma de los dos componentes anteriores, $ 3.32 pesos diarios, lo que arroja un monto de $ 88.36 pesos diarios como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo.

TERCERO. Los salarios mínimos profesionales que tendrán vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017, para las profesiones, oficios y trabajos especiales que figuran en la Resolución de esta Comisión publicada en el Diario Oficial de la Federación el 19 de diciembre de 2016, como cantidades mínimas que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada diaria ordinaria de trabajo, serán los que están vigentes del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017 más un incremento de 3.9% y en montos serán los siguientes:

SALARIOS MINIMOS PROFESIONALES

QUE ESTARAN VIGENTES A PARTIR DEL

1o. DE DICIEMBRE DEL AÑO 2017

Pesos diarios

OFICIO No. PROFESIONES, OFICIOS Y TRABAJOS ESPECIALES AREA GEOGRAFICA UNICA*

1 Albañilería, oficial de 114.95

2 Boticas, farmacias y droguerías, dependiente(a) de mostrador en 99.99

3 Buldózer y/o traxcavo, operador(a) de 121.09

4 Cajero(a) de máquina registradora 101.97

5 Cantinero(a) preparador(a) de bebidas 104.34

6 Carpintero(a) de obra negra 114.95

7 Carpintero(a) en fabricación y reparación de muebles, oficial 112.83

8 Cocinero(a), mayor(a) en restaurantes, fondas y demás establecimientos de preparación y venta de alimentos 116.59

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OFICIO

No.

PROFESIONES, OFICIOS Y TRABAJOS

ESPECIALES AREA GEOGRAFICA

UNICA*

9 Colchones, oficial en fabricación y reparación de 105.51

10 Colocador(a) de mosaicos y azulejos, oficial 112.38

11 Construcción de edificios y casas habitación, yesero(a) en 106.35

12 Cortador(a) en talleres y fábricas de manufactura de calzado...

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