Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 8-33-89 hectáreas de riego de uso individual, de terrenos del ejido San Miguel Octopan y sus Anexos, Municipio de Celaya, Gto.

Fecha de disposición22 Octubre 2010
Fecha de publicación22 Octubre 2010
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 54, párrafo segundo de la Ley General de Bienes Nacionales; 93, fracciones II y V y 94, 95, 96 y 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76, 77, 78, 79, 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que el crecimiento desordenado de las poblaciones ubicadas en el Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, ha provocado que sobre los terrenos del ejido denominado "SAN MIGUEL OCTOPAN Y SUS ANEXOS", se hayan establecido asentamientos humanos irregulares, provocando inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra para los ejidatarios y los poseedores de las construcciones asentadas en dichos predios ejidales, además de que dificulta el acceso a los servicios públicos básicos para una subsistencia digna.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que por oficio número 1.0/084/08 de fecha 12 de septiembre de 2008, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 8-33-89 Has., de terrenos del ejido denominado "SAN MIGUEL OCTOPAN", Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, para destinarse a su regularización y titulación legal mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, la venta de los lotes vacantes a los terceros que le soliciten un lote o para que se construyan viviendas de interés social, así como la donación de las áreas necesarias para equipamiento, infraestructura y servicios urbanos municipales en la zona, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracciones II y V, y 94 de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, registrándose el expediente con el número 13378, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal del citado núcleo agrario y a los ejidatarios afectados, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédulas de notificación con números 041, 040 y 039, todas de fecha 19 de enero de 2009, recibidas el mismo día, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto. Iniciado el procedimiento relativo de los trabajos técnicos e informativos se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 8-33-89 Has., de riego de uso individual, cuya titularidad corresponde a:

NOMBRE PARCELA No. SUPERFICIE HAS.
1.- EL EJIDO (PARCELA SIN ASIGNAR) 195 3-73-92
2.- MICAELA MARTÍNEZ GÁMEZ 206 2-04-95
3.- JAIME HUITRÓN JIMÉNEZ 210 2-55-02
TOTAL 8-33-89 HAS.

RESULTANDO TERCERO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando segundo y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de fecha 4 de octubre de 1917, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de octubre de 1917 y ejecutada el 25 de enero de 1921, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido "SAN MIGUEL OCTOPAN", Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, una superficie de 877-80-50 Has., para beneficiar a 149 capacitados en materia agraria; por Resolución Presidencial de fecha 25 de marzo de 1936, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de junio de 1936 y ejecutada el 1o. de marzo de 1937, se concedió por concepto de ampliación al núcleo ejidal "SAN MIGUEL OCTOPAN", Municipio de Celaya, Estado de Guanajuato, una superficie de 4,075-78-00 Has., para beneficiar a 656...

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