Resolución por la que se revoca la autorización otorgada a Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V

Fecha de disposición10 Marzo 2004
Fecha de publicación10 Marzo 2004
EmisorSECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Resolución por la que se revoca la autorización otorgada a Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.- Secretaría Particular.- 101.- 00093.

Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V. Emilio Castelar No. 75 Col. Chapultepec Polanco Ciudad.

Esta Secretaría, mediante oficio número 366-III-A-3455 de fecha 25 de agosto de 2003, informó a esa sociedad controladora que el grupo financiero a la que ésta pertenece se ubicaba en la causal de revocación prevista en la fracción I de la vigésima primera de las Reglas Generales para la Constitución y Funcionamiento de Grupos Financieros, en relación con los artículos 7o. y 12 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, en virtud de no contar con el mínimo requerido de entidades financieras para la integración de grupos financieros.

Sobre el particular, se precisan los antecedentes y consideraciones siguientes:

ANTECEDENTES

  1. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con oficio número 102-E-366-DGSV-1507 del 10 de junio de 1992, otorgó autorización para la constitución de una sociedad controladora con la denominación Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., así como para que funcionara una agrupación financiera integrada con la propia sociedad controladora y las entidades financieras siguientes:

    • Arkambios Casa de Cambio, S.A. de C.V.

    • Arkafac, S.A. de C.V.

    • Arrendadora Financiera Arka, S.A. de C.V.

    • Casa de Bolsa Arka, S.A. de C.V.

    • Operadora Arka, S.A. de C.V.

    • Seguros Protección Mutua, S.A.

  2. A esta fecha, las entidades financieras que integran el grupo financiero al que pertenece Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., sólo son las siguientes dos: Arkambios Casa de Cambio, S.A. de C.V. y Casa de Bolsa Arka, S.A. de C.V. y, por ende, dicho grupo no está integrado por el mínimo de entidades financieras previstas por el artículo 7o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, toda vez que:

    1. Seguros Protección Mutua, S.A. no forma parte de ese Grupo Financiero en virtud de que: i) esta Secretaría mediante oficio número 102-E-366-DGSV-4015 del 5 de noviembre de 1993 otorgó autorización, a solicitud de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., para llevar a cabo la modificación al artículo segundo de los estatutos sociales de dicha institución de seguros, acordada en asamblea general extraordinaria de accionistas del 25 de noviembre de 1993, para no considerar en la constitución de dicho grupo financiero a Seguros Protección Mutua, S.A.; ii) la modificación estatutaria quedó inscrita en el Registro Público de Comercio el 12 de enero de 1994, y iii) con oficio número 102-E-366-DGSV-4020 del 12 de noviembre de 1993, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público otorgó autorización para modificar la base primera del oficio de autorización a que se refiere el antecedente anterior, a fin de no considerar a Seguros Protección Mutua, S.A., como entidad financiera integrante del grupo financiero bajo el control de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V.

    2. Arkafac, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito ya no forma parte del grupo financiero bajo el control de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., en virtud de que: i) dejó de tener el carácter de entidad financiera para los efectos de los artículos 7o. y 8o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, a partir del 10 de enero de 1997, fecha en que se notificó el oficio número 101.-1583 del 5 de diciembre de 1996, por el que se revocó la autorización que se había otorgado a través del oficio número 102-E-366-DGSV-II-B-a-2728 del 2 de septiembre de 1991 para realizar las operaciones a que se refiere el artículo 45-A de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; ii) se disolvió y liquidó en los términos de lo dispuesto por los artículo 78 y 79 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y iii) la sociedad controladora Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., ya no es propietaria de acciones con derecho a voto, que representen por lo menos el 51% del capital pagado de esa sociedad, como lo exige el artículo 15 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

    3. Arrendadora Financiera Arka, S.A. de C.V., Organización Auxiliar del Crédito, a partir del 10 de enero de 1997, dejó de formar parte de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., en virtud de que: i) dicha sociedad dejó de tener el carácter de entidad financiera para los efectos de los artículos 7o. y 8o. de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras, a partir de la fecha indicada en este inciso, fecha en que se notificó el oficio número 1581 del 10 de diciembre de 1996, por el que se revocó la autorización que se había otorgado a través del oficio número 102-E-366-DGSV-II-B-a-3382 del 22 de agosto de 1991 para constituir y operar a esa Arrendadora Financiera, y para llevar a cabo las operaciones a que se refiere el artículo 24 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito; ii) esa misma sociedad se disolvió y liquidó en los términos de los artículos 78 y 79 de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, y iii) la sociedad controladora Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., dejó de ser propietaria de acciones con derecho a voto, que representen por lo menos el 51% del capital pagado de esa sociedad, como lo exige el artículo 15 de la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.

    4. Operadora Arka, S.A. de C.V., Sociedad Operadora de Sociedades de Inversión, ya no forma parte de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., en virtud de que: i) mediante oficio número 366-III-A-008 del 12 de febrero de 2002, esta Secretaría así lo autorizó; ii) la asamblea general extraordinaria de accionistas de Arka Grupo Financiero, S.A. de C.V., acordó dicha separación el 14 de marzo de 2002; iii) el acuerdo de separación fue inscrito en el Registro de Comercio el 19 de junio de 2002, y iv) la separación surtió...

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