Retos del Sistema Penal Acusatorio a 13 años de su Implementacion

AutorEquipo Editorial
Páginas24-29
24 | Foro Jurídico
ENTREVISTA
Retos del Sistema Penal
Acusatorio a 13 años de
su Implementacion
En el marco de la presentación de su obra Único Código Nacional de Procedimientos
Penales, la Dra. Diana Cristal González Obregón, especialista en el nuevo Sistema
de Justicia Penal Acusatorio -quien participó en el proceso de redacción del Código
Nacional de Procedimientos Penales-, compartió con Foro Jurídico su visión de lo
que ha pasado con el Sistema de Justicia Penal a 13 años de su implementación
a partir de la Reforma Constitucional de Seguridad y Justicia de 2008.
Entrevista con la Dra. Diana Cristal González Obregón
Especialista en el Sistema Acusatorio.
Por Equipo Editorial
FJ: EN LA OPINIÓN DE VARIOS
PENALISTAS, EL GRAN RETO DEL NUEVO
SISTEMA DE JUSTICIA PENAL ES EL DE
LA INVESTIGACIÓN POLICIACA QUE NO
LOGRA CONSOLIDARSE ¿CONSIDERA
QUE HA CAMBIADO LA INVESTIGACIÓN
EN EL ACTUAL MODELO ACUSATORIO?
DIANA CRISTAL GONZÁLEZ OBREGÓN
(DCO): En la actualidad todavía no se aplica
plenamente el procedimiento penal vigente;
todavía no se aplica el Código Nacional de
Procedimientos Penales (CNPP) a cabalidad. Hay
mucha apatía y desconocimiento por cuestiones
de austeridad, desconocimiento del sistema,
por miles de razones no se aplica. Aunado a que
pocas escuelas de Derecho se han dado a la tarea
de revolucionar los planes de capacitación. Los
planes actuales de la mayoría de las universidades
aplican la misma teoría procesal tradicional
que ya ha cambiado. Es aberrante ver el debate
del litigio que se concentra en puntos que son
reconocidos por dogmática y argumentados como
tal en las audiencias y muchas veces defendidos
así con los jueces, pero no son parte del nuevo
procedimiento. Por ejemplo, todavía hay
penalistas que creen que la vinculación a proceso
son solamente datos de prueba, cuando en el
artículo 316, fracción 3, se estipula vinculación
a proceso, datos de prueba y que existan indicios
razonables. Imaginemos a un juez que, con puros
datos de prueba, dándole fe a todos los que
hablen, vincule a una persona, será como en el
sistema de anterior donde se decía que una orden
de aprehensión no se le negaba a nadie. Este es
uno de los varios ejemplos de que no se consulta a
profundidad el Código Nacional.
En México tenemos un grave problema, no
existe una comprensión armónica del sistema

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