IVA retenido por empresas Immex a proveedores nacionales. Requisitos para su acreditamiento y devolución inmediata. Caso práctico 1

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Planteamiento

Una empresa Immex que retuvo el IVA en julio de 2013 por la adquisición de bienes autorizados en el programa de bienes nacionales, desea obtener la devolución inmediata del saldo a favor de este gravamen obtenido en la declaración de ese mes, pues en el mismo realizó la exportación definitiva de bienes tangibles.

El saldo a favor de IVA es superior al monto de las retenciones de IVA por la adquisición de bienes auto-rizados en el programa de proveedores nacionales.

Datos

De julio de 2013

- IVA trasladado por el contribuyente $105,000

- IVA retenido al contribuyente $0

- IVA acreditable de operaciones distintas de adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales $108,000

- IVA acreditable por adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales $13,000

- Retenciones de IVA por adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales $13,000

Desarrollo

1. Determinación del IVA por pagar o saldo a favor del IVA de julio de 2013.

IVA trasladado por el contribuyente $105,000

(-) IVA retenido al contribuyente 0

(-) IVA acreditable de operaciones distintas de adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales 108,000

(-) IVA acreditable por adquisiciones realizadas de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales 13,000

(=) Saldo a favor de IVA de julio de 2013 ($16,000)

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2. Aplicación del saldo a favor de IVA de julio de 2013 contra las retenciones de IVA efectuadas en el mismo mes por la adquisición de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales (devolución inmediata).

Retenciones de IVA por adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales, efectuadas en julio de 2013 $13,000

(-) Saldo a favor de IVA de julio de 2013 16,000

(=) Remanente del saldo a favor de IVA de julio de 2013 ($3,000)

Comentario

Como se observa, en este caso el saldo a favor del IVA que se pudo recuperar de manera inmediata fue superior al monto de las retenciones de IVA por adquisiciones de bienes autorizados en el programa de proveedores nacionales, por lo que el contribuyente no tuvo que enterar cantidad alguna por este último concepto en julio de 2013.

En nuestra opinión, el remanente del...

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