Restricciones de la democracia representativa

AutorErnesto Garzón Valdés
CargoUniversidad de Maguncia
Páginas113-132
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I
1. Toda teoría política de la regulación normativa del comportamiento humano
presupone una antropología básica por lo que respecta a las características mora-
les de los individuos. Si admitimos que la calidad de un sistema político depende
de la calidad de los resultados que podemos obtener con él y de la forma cómo
los obtenemos y no estamos dispuestos a aceptar la hipótesis poco conf‌iable de
un sistema político de origen divino, tenemos entonces que suponer que los re-
sultados y la forma como ellos se obtienen dependen también del carácter y las
disposiciones que adscribamos a los actores políticos.
En términos generales podemos distinguir dos concepciones antropológicas
opuestas que han sido sostenidas a lo largo de la historia del pensamiento político:
una concepción optimista: los seres humanos son considerados como básicamente
buenos; son capaces, bajo ciertas circunstancias, de crear, en condiciones de igual-
dad, una sociedad just a y de superar el propio egoísmo. La concepción opuesta
(que podría ser calif‌icada de “pesimista”) considera que los individuos tienen una
naturaleza malvada que —en un caso extremo— puede hasta provocar el llamado
“mal radical” en el bien conocido sentido que Hannah Arendt le daba a esta expre-
sión. Versiones pesimistas algo más moderadas sostienen una inclinación natural
al mal de origen teológico —como la defendida por san Bernardo1 o —en el
sentido kantiano de “mal radical”— una tendencia siempre presente a dejar de
lado los imperativos morales que deberían guiar la conducta humana.
* Universidad de Maguncia.
1 Según san Bernardo: “Somos engendros del pecado; pecadores, engendramos pecadores; naci-
dos deudores, deudores; corruptos, corruptos; esclavos, esclavos. Estamos heridos desde que entramos
en este mundo, mientras vivimos en él y hasta que salimos de él; desde la planta de los pies hasta la
punta de la cabeza; no hay nada santo en nosotros.” Cfr., Jacques Le Goff, Les intellectuels au Moyen
Age, París, Éditions du Seuil 1957, p. 51.
Restricciones de la democracia representativa
Ernesto Garzón Valdés*
revista del instituto de la judicatura federal
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En el grupo de los optimistas podríamos incluir los nombres de Jean-Jacques
Rousseau, David Hume, de algunos representantes de la teoría de la democracia
deliberativa y de anarquistas como Pierre Proudhon o Michael Bakunin.
Al grupo pesimist a pertenecen Thomas Hobbes, Immanuel Kant, Edmund
Burke, Joseph de Maistre, Louis de Bonald y una larga lista de pensado res con-
servadores de los siglos XIX y XX como José Donoso Cortés, Carl Schmitt o
Michael Oakeshot.
Los pesimistas sostienen que la debilidad del liberalismo reside en su inca-
pacidad para asumir la maldad humana y su violencia. Olvida que la historia está
roja de sangre porque es una permanente carnicería.
Si tal es el caso, no pueden sorprender las siguientes af‌irmaciones de Louis
de Bonald:
Gobernar no es atormentar. Los gobiernos han sido establecidos sólo para forzar a las
personas a ser libres, es decir, buenas.
[...]
El gobierno que supone a los hombres virtuosos y sin pasiones no establece ninguna
ley para prevenir o detener sus efectos; debe pues, perecer por est as mismas pasiones
que no había previsto. “El abuso del poder”, dice El espíritu de las leyes, “es más gran-
de en una república, porque las leyes que no lo han previsto de modo alguno no han
hecho nada para detenerlo”. Este gobierno no conviene pues a la sociedad humana,
puesto que no supone al hombre tal y como es. Así, también Rousseau dice que él no
conviene más que a los dioses; lo cual quiere decir que no conviene a nadie.
Por el contrario, el gobierno que, suponiendo al hombre con pasiones, establece le-
yes para contenerlas, que subsiste independientemente de esas virtudes heroicas en las
cuales el hombre está tan raramente dividido, conviene, pues, perfectamente a su
naturaleza y alcanza la meta de la sociedad que es conservar al hombre, o hacerlo feliz
con la represión de todas las pasiones, que hacen su desdicha y la de sus semejantes.
[...] No es verdad que las leyes ocupen aquí el lugar de todas las virtudes; sino que aquí
las leyes reprimen todos los vicios.2
2. Tanto los pesimistas como los optimistas se ven confrontados con rasgos
accidentales o actitudes de comportamiento que tienen consecuencias negativas
para la democracia. Aquí tan sólo mencionaré a tres de ellos: ignorancia, cansan-
cio y expresividad.
3. Tomando en cuenta lo que podríamos llamar “áreas de ignorancia”, es po-
sible distinguir, por lo menos, tres tipos de ignorancia: jurídica, científ‌ico-tecno-
lógica y política.
2 Louis-Ambroise de Bonald, Teoría del poder político y religioso, traducción de Julián Morales,
Madrid: Tecnos 1988, p. 76 s.
ernesto garzón valdés 115
4. La ignorancia jurídica impide la identif‌icación del sistema jurídico y de las
reglas válidas que deberían regular el comportamiento de los ciudadanos. Paul
Hirst ha recordado las consecuencias negativas de esta ignorancia para la adop-
ción del punto de vista interno hartiano y la formulación de la regla de reconoci-
miento como base normativa de todo sistema jurídico:
H. L. A. Hart tiene razón cuando subraya los benef‌icios reales que surgen cuando los
sometidos a la ley adoptan el “punto de vista interno” y se convierten en ciudadanos y
agentes sociales que internalizan las leyes como reglas válidas de su propia conducta.
[...] A menudo, el “punto de vista interno” no es tanto una descripción de las nume-
rosas relaciones individuales con la ley sino algo que tiene que ser construido en una
ciudadanía liberal-pluralista por una reforma económica, social y jurídica. Implica
una población culta, económicamente segura y políticamente inf‌luyente capaz de
identif‌icar con autoridad política, aceptar y usar la ley como una tecnología para la
acción. Evidentemente éste no es hoy el caso de mucha gente en Gran Bretaña y los
Estados Unidos.3
Ésta es también la situación en muchos otros países con sistemas democráti-
cos de gobierno. La desorientación normativa y, lo que es aún peor, el surgimiento
de sistemas jurídicos paralelos son la consecuencia obvia de esta ignorancia. Amé-
rica Latina ofrece algunos claros ejemplos de esta situación patológica.
5. En nuestro mundo tecnológica y científ‌icamente muy complejo la ignoran-
cia es en muchos respectos insuperable. A menudo nos vemos confront ados con
problemas cuya solución se encuentra sólo en manos de los llamados expertos
cuyas af‌irmaciones y sugerencias pueden ser sólo evaluadas por otros expertos.
Pero su conocimiento está también circunscripto a segmentos del mundo real.
La ignorancia parcial es una consecuencia inevitable de nuestras circunstancias
sociales. En este sentido, somos siempre “incompetentes relativos” e ignorantes.
6. La ignorancia política puede ser entendida como un producto derivado
de la ignorancia jurídica y de la ignorancia científ‌ico-tecnológica: en la compleja
sociedad moderna el votante ignora cuál es la mejor oferta política para la satis-
facción de sus deseos y no desea invertir tiempo y recursos para descubrirla. Deja
esta elección en manos del político profesional. La ignorancia podría pues ser
considerada como la consecuencia lógica de una actitud racional. Ésta fue la tesis
formulada hace medio siglo por Anthony Downs:
3 Paul Hirst, Representative Democracy and Its Limits, Cambridge: Polity Press 1990, p. 66. Su-
brayado de EGV.
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Todo concepto de la democracia basado en un electorado de ciudadanos igualmente
informados es irracional, es decir, presupone que los ciudadanos se comportan irra-
cionalmente.
[…]
Toda información es costosa, por consiguiente quienes disponen de ingresos altos
pueden obtenerla mejor que los que tienen bajos ingresos [...] este hecho distorsiona
la operación del principio de la igualdad política: el principio que se encuentra en el
corazón de la teoría de la democracia.4
La ignorancia política puede ser también la consecuencia de falta de interés
en conocer verdades políticas. Ésta era la opinión de Gustave Le Bon:
Las masas no han tenido nunca sed de verdad. Dejan de lado las evidencias que no
les placen y pref‌ieren endiosar el error si el error las seduce. Quien puede proporcio-
narles ilusiones se convierte fácilmente en su amo; quien intente destruir sus ilusiones
es siempre su víctima.5
En fecha más reciente Bryan Caplan no sólo ha sostenido la tesis de la igno-
rancia del ciudadano sino que ha llegado a la conclusión de que:
Los votantes son peores que los ignorantes; son, en una palabra, irracionales y vo-
tan en consecuencia. [...] La irracionalidad del votante es la clave de una imagen
realista de la democracia.6
7. Quizás es útil distinguir en las tres áreas de ignorancia mencionadas otros
dos tipos de ignorancia a los que llamaré “ignorancia pasiva” e “ignorancia acti-
va”. Ambas pueden ser peligrosas pero por diferentes razones.
La ignorancia pasiva es normalmente el resultado o bien de falta de interés
en la información, de falta de medios de información o de la dif‌icultad de dispo-
ner de ellos. El ignorante pasivo se encuentra en una posición social débil y sufre
las consecuencias de ser incompetente para solucionar problemas relevantes que
padece en su sociedad. Muy a menudo est a precaria situación es creada o man-
tenida por el grupo dominante a f‌in de reforzar su poder. Cuando tal es el caso,
el ignorante pasivo es víctima de la explot ación y la discriminación. En América
Latina la población indígena sufre las consecuencias negativas de una ignorancia
4 Anthony Downs, An Economic Theory of Democracy, New York: Harper Collins 1957, p. 236.
5 Gustave Le Bon, The Crowd. A Study of the Popular Mind, New York: Viking Press 1960, p. 110
(citado según Bryan Caplan, The Myth of the Rational Voter, Why Democracies choose Bad Politics,
Princeton: University Press 2007, p. 19.)
6 Bryan Caplan, The Myth of the Rational Voter, Why Democracies choose Bad Politics, p. 2.
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pasiva jurídica y política que obstaculiza la práctica de los derechos individuales y
colectivos.7 En otros campos como el de la medicina, por ejemplo, promueve el
prestigio de los hechiceros.
El hechicero no es un ignorante pasivo sino un ignorante activo que puede
provocar serios daños en el campo de la salud privada y pública. La ignorancia
activa utiliza un conocimiento falso para la promoción de intereses individuales
o colectivos. Cuando el ignorante activo detenta una posición política dominante
las consecuencias de su comportamiento no pueden nunca ser socialmente bue-
nas y hasta llegan a ser terribles. Basta pensar en la ignorancia activa de Alfred
Rosenberg y su inf‌luencia en la política racista discriminante del régimen nazi.
Tanto la ignorancia pasiva como la activa provocan desigualdad en el muy
básico nivel de la posibilidad de satisfacer necesidades primarias. Sociedades con
un alto grado de ignorancia pública son heterogéneas y en este sentido no son
adecuadas para el establecimiento y desarrollo de la democracia representativa.
8. Geoffrey Brennan y Loren Lomasky han analizado agudamente el caso del
que ellos llaman “ciudadano expresivo”. Algunas breves citas pueden ser útiles
para una mejor comprensión del comportamiento de esta peculiar persona:
[Acciones] puramente expresivas resultan de un deseo de expresar sentimientos y de-
seos simplemente por mor de la expresión y sin ninguna implicación necesaria de que
así llegue a producirse lo deseado.8
En el contexto electoral tos intereses privados son acallados y los puramente expresi-
vos o simbólicos enormemente magnif‌icados.9
Las actitudes expresivas pueden tener consecuencias gravísimas, tal como lo
muestran Brennan y Lomasky en el caso en el que el electorado tiene que elegir
entre una guerra catastróf‌ica con honor y una paz y prosperidad con deshonra:
Considera al votante individual pensando su voto entre candidatos en competencia en
una situación de relaciones internacionales tensas. Uno de los candidatos ofrece una
política de apaciguamiento teniendo en cuenta el enorme coste de vidas y recursos
que toda confrontación implica. El otro candidato propicia la integridad nacional [...]
Podríamos muy bien suponer que pocos votantes que hagan un cálculo cuidadoso de
7 En México éste es el caso de la población campesina con un alto grado de pobreza y analfabe-
tismo (90.42%, en Tanetze de Zaragoza (Oaxaca)), precario sistema de comunicaciones y def‌iciente
información del orden jurídico nacional vigente escrito y publicado en castellano.
8 Geoffrey Brennan y Loren Lomasky, Democracy and Decisions: The Pure Theory of Electoral
Preference, Cambridge: Cambridge University Press 1993, p. 50.
9 Ibidem, p. 50.
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los propios costes y benef‌icios optarían realmente por la guerra. [...] los intereses de la
mayoría de los votantes estarían mejor servidos si se abandonase la senda beligerante.
Sin embargo, un cálculo ref‌lexivo de los propios costes y benef‌icios de resultados
alternativos es precisamente lo que no toma en cuenta el votante. Todo cálculo de
este tipo es irrelevante. Lo que es relevante [...] es la oportunidad de mostrar el propio
patriotismo, la antipatía del servilismo, la fortaleza de los objetivos nacionales.10
David Hume pensaba que la causa de la mayoría de las guerras entre Inglate-
rra y Francia había sido la “vehemencia imprudente” de los gobiernos. Jonathan
Swift en Los viajes de GuIliver, en el capítulo sobre los houyhnhnms, expone su
tesis según la cual una de las causas principales de las guerras era la diferencia
de opinión “sobre todo tratándose de cosas insignif‌icantes”.11 Me atrevo a suponer
que Hume y Swift habrían aceptado encantados el concepto de expresividad pro-
puesto por Brennan y Lomasky.
La ignorancia política, la expresividad patriótica y la vehemencia imprudente
guiaron el comportamiento de la ciudadanía y del gobierno argentino inmediata-
mente antes y durante la Guerra de las Malvinas.
9. Como contraste del votante expresivo, siempre dispuesto a participar en
los procesos electorales, podemos considerar el caso del ciudadano “cansado”.
Su interés en la promoción de las instituciones democráticas es prácticamente
inexistente. La abstención y no la expresión de los sentimientos y deseos políticos
es el modelo de su actitud electoral. Las recientes elecciones europeas han sido
un claro ejemplo de este comportamiento. Puede t ambién suceder que el ciu-
dadano cansado sea un ciudadano perplejo que ignora o tiene dif‌icultades para
evaluar el mensaje electoral de los partidos políticos incapaces de proponer pro-
gramas claramente distinguibles.12 En este sentido, la ignorancia puede provocar
perplejidad y cansancio. El ciudadano recurre entonces a la práctica de lo que
Guillermo O’Donnell ha llamado “democracia delegativa”, que lo suele dejar
todavía más cansado y enojado, como af‌irma el propio O’Donnell.
10. Es obvio que en toda democracia representativa los ciudadanos son sujeto
y objeto de las decisiones políticas. En tanto el representante electo, el político es
también un ciudadano que puede presentar algunas de las características señala-
das más arriba. No está libre de los inconvenientes que implican la ignorancia y la
expresividad. En casos importantes considerará también la posibilidad de delegar
la responsabilidad para la formulación de documentos legislativos básicos. Éste
10 Ibidem, p. 25.
11 Jonathan Swift, Travels into Several Remote Nations of the World…by Lemuel Gulliver en
Jonathan Swift, The Portable Swift, Harmondsworth: Penguin Books 1980, págs. 202-529, p. 469. Tra-
ducción castellana de Begoña Gárate Ayastuy: Los viajes de Gulliver, Madrid: Alianza 2000, p. 284.
12 Cfr. José Vidal-Beneyto, “Democracias perplejas” en El País del 11 de julio de 2009, p. 37.
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es el caso de la llamada “externización de la fuente” (“outsourcing”) de la legis-
lación. No se trata aquí de una posibilidad teórica sino una realidad práctica. En
septiembre de 2009, en Alemania, la ley complement aria del sistema de crédito
fue redactada íntegramente en un famoso bufete de abogados británico, Linkla-
ters, donde trabajan 2.400 abogados y expertos en cuestiones económicas.
Ellos y no los representantes elegidos por el electorado alemán fueron los
autores de esta importante ley. Aun si la responsabilidad política se encontraba
en manos del ministro alemán de Economía, no deja de ser inquietante este
desplazamiento de la voluntad legislativa, sea por razones de ignorancia o, —si
se pref‌iere una expresión más suave— de conocimiento insuf‌iciente del personal
del Ministerio de Economía.13 Una “iniciativa de transparencia” ha propuesto un
registro de lobbyistas a f‌in de obtener un mejor control de la eventual inf‌luencia
de agencias no gubernamentales. Una bien conocida máxima de los lobbyistas es:
“Lo mejor es inf‌luir en la legislación justo al comienzo, es decir, cuando se redac-
ta el proyecto de ley”.14 Este caso provocó una discusión acerca de la competencia
de los ministerios por lo que respecta a la formulación de proyectos de leyes y los
límites de las consultas y de los apoyos externos. En todo caso, parece ser que ac-
tualmente todos los ministerios alemanes y hasta la of‌icina del Presidente federal
requieren la ayuda de agencias externas para la solución de problemas que debe-
rían caer dentro de la competencia gubernamental. Una consecuencia inevitable
de esta situación es la necesidad de prever presupuestariamente los fondos para el
pago de las consultas externas.
11. Las aquí esbozadas concepciones optimista y pesimista de la naturaleza
humana y estas consideraciones preliminares pueden ofrecer —según lo espe-
ro— un trasfondo útil para la propuesta de medidas adecuadas para guiar la con-
ducta política del ciudadano ignorante, expresivo o cansado y evit ar el siempre
amenazante peligro de la tiranía de la mayoría. Ello es relevante para la pre-
servación de la coherencia conceptual y de la calidad moral de la democracia
representativa.
12. Hans Kelsen sostuvo con razón que:
El destino de la democracia moderna depe nde en gran medida de una organización
sistemática de tod as estas instituciones de co ntrol. La democracia sin control no
puede durar.15
13 Cfr. Süddeutsche Zeitung, 8/9. VIII. 2009, p. 1.
14 Cfr. Süddeutsche Zeitung, 14/15/16. VIII. 2009, p. 6.
15 Citado según Carlos Miguel Herrera, Théorie juridique et politique chez Hans Kelsen, París:
Kimé 1997, p. 198.
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Me interesa analizar cuáles podrían ser los controles que permitan la buena
marcha de la democracia representativa.
13. Cinco breves tesis que no pretendo desarrollar aquí pueden facilitar la
comprensión de mi propuesta:
i. La democracia entendida como regla de la mayoría basada en el principio
“una persona un voto” no es autojustif‌icable.
ii. Para su justif‌icación, la democracia necesit a un apoyo externo, es decir,
una especie de “muletas morales” que permitan actuar al sistema sin caer en la
tentación de imponer el “dominio de la mayoría”, como lo llamara Hans Kelsen.
Estos apoyos restrictivos que permiten implementar el principio de la mayoría
de una manera justif‌icable pueden ser de dos tipos: personales o institucionales.
Llamaré “horizontalistas” a quienes confían exclusivamente en las características
morales positivas de los ciudadanos; quienes confían en la ayuda de terceras per-
sonas o de instituciones serán llamados “verticalistas”.
iii. Los horizontalistas son más bien optimistas y tienden a formular proposi-
ciones que o bien son universales pero utópicas o realistas pero de alcance res-
tringido.
iv. Los verticalistas son cautelosamente pesimistas; por ello, buscan poner
límite a las eventuales debilidades o desviaciones de la voluntad humana. Su acti-
tud es similar a la que asumiría un paternalismo justif‌icable.
v. El paternalismo personal es de corta vida (por razones naturales: todo lo
que nace muere). Por ello, la única opción que queda es la de un verticalismo
institucional que puede ser justif‌icado con los mismos criterios del paternalismo
personal pero que tiene la ventaja de una potencial estabilidad temporal y de no
estar sometido a las debilidades de la voluntad que pueden llegar a frustrar las
mejores intenciones del paternalismo personal.
II
Con respecto al peligro del dominio de la mayoría y a las tendencias suicidas de
la democracia, vale la pena recordar algunas consideraciones de Aristóteles que
merecen una larga cita:
En las democracias de acuerdo con la ley no hay demagogos, sino que son los mejores
ciudadanos los que tienen la preeminencia, pero donde las leyes no tienen la supre-
macía surgen los demagogos. Pues el pueblo se convierte en monarca, constituyendo
uno con muchos, porque los muchos tienen el poder no como individuos, sino en
conjunto. Homero dice que no es bueno el gobierno de muchos, pero no está claro a
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qué gobierno de muchos se ref‌iere, si a éste o al gobierno de muchos individuos. Un
pueblo así, como monarca, trata de ejercer el poder monárquico no obedeciendo a
la ley, y se convierte en un déspota, de modo que los aduladores son honrados, y esta
clase de democracia es, respecto a las demás, lo que la tiranía entre la monarquía. Por
eso el espíritu de ambos regímenes es el mismo; y ambos ejercen un poder despótico
sobre los mejores, los decretos del pueblo son como los edictos del tirano, y el dema-
gogo y el tirano son una y la misma cosa; unos y otros son los más poderosos en sus
regímenes respectivos, los aduladores con los tiranos, y los demagogos con los pueblos
de esa condición. Ellos son los responsables de que los decretos prevalezcan sobre las
leyes, trayendo todos los asuntos a la asamblea popular, pues deben su importancia
al hecho de que todo está al arbitrio del pueblo y la opinión popular lo está al suyo,
porque el pueblo los obedece. Además, los que tienen alguna queja contra los magis-
trados dicen que el pueblo debe juzgar la cuestión, y el pueblo acepta la invitación
complacido, de modo que todas las magistraturas se disuelven. Podría parecer justa la
objeción del que dijera que tal régimen será una democracia, pero no una república,
porque donde las leyes no tienen autoridad no hay república. La ley debe estar por
encima de todo, y los magistrados y la república deben decidir únicamente de los casos
particulares. De suerte que si la democracia es una de las formas de gobierno, una
organización tal que en ella todo se hace por medio de decretos no es tampoco una
verdadera democracia, pues ningún decreto puede ser universal.16
Aquí Aristóteles considera dos vías para el control de la voluntad de la mayo-
ría: el gobierno aristocrático y la prioridad de las leyes sobre los decretos. Más que
desacreditar la democracia, lo que intenta es encontrar los medios para justif‌icarla
moralmente. La idea del gobierno aristocrático se basa en las características
16 Aristóteles, Política, Libro IV, 4, 1282 a, traducción de Julián Marías y María Araujo, Madrid:
Centro de estudios Constitucionales 1983 (subrayado de EGV). Interpreto que “ley” signif‌ica aquí
Constitución” y “decreto”, una “ley aprobada por simple mayoría legislativa”. La tesis de Aristóteles
fue recibida con obvia aprobación por Edmund Burke (Ref‌lexiones sobre la Revolución en Francia, tra-
ducción de Carlos Mellizo, Madrid: Alianza 2003, pág. 193): “Si mal no recuerdo, Aristóteles observa
que una democracia tiene en muchos puntos un sorprendente parecido con una tiranía. Sea ello como
fuere, esto sí puedo decirlo con seguridad: que en una democracia, la mayoría de los ciudadanos pue-
de ejercer las opresiones más crueles sobre la minoría, siempre que en una comunidad determinada
existan fuertes divisiones, como por fuerza ha de ocurrir a menudo; y que la opresión de la minoría se
extenderá mucho más y será ejercida en una democracia con furia mucho mayor de la que jamás se
haya oído decir que haya provenido de un monarca absoluto. Cuando la persecución es capitaneada
por el pueblo, los individuos que la sufren están en la condición más deplorable que pueda imaginar-
se. Bajo un príncipe cruel tienen, por lo menos, la compasión de la humanidad, y esa compasión es
como un bálsamo que suaviza el escozor de sus heridas; tienen el aplauso del pueblo, que los anima a
que sigan soportando desinteresadamente sus sufrimientos. Pero quienes están sujetos al abuso de las
multitudes carecen de todo consuelo externo. Es como si toda la Humanidad los hubiese abandonado
y fuesen víctimas de una conspiración en la que participa toda la especie.
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personales de (algunos) ciudadanos en una democracia justif‌icable; la superioridad
de las leyes sobre los decretos puede ser vista como una restricción institucional-
mente impuesta a los ciudadanos. Con otras palabras, por lo que respecta a la géne-
sis de estas restricciones, ellas pueden ser autoimpuestas o tener un origen externo.
En la historia del pensamiento político hay varias versiones de la idea de
restricciones subjetivas autoimpuestas (las llamaré “restricciones horizontales”
porque quienes las establecen se encuentran en un mismo nivel de igualdad).
Mencionaré brevemente sólo dos:
a) La principal preocupación de Jean-Jacques Rousseau era conservar en la
organización política la autonomía personal que parecía estar dada en el estado
de naturaleza. Su problema era:
Encontrar una forma de asociación que def‌ienda y proteja de toda fuerza común a la
persona y a los bienes d e cada asociado, y por virtud de la cual cada uno, uniéndose
a todos, no obedezca sino a sí mismo y quede tan libre como antes.17
Para lograr este objetivo era necesario:
la enajenación tot al de cada asociado con todos sus derechos a toda la humanidad;
porque [...] dándose cada uno por entero, la condición es la misma para todos, y siendo
la condición igual para todos, nadie tiene interés en hacerla onerosa a los demás.18
La “enajenación total” signif‌icaba la renuncia al amor propio (conservando,
desde luego, el amor de sí mismo) y la vigencia plena de la “voluntad general”
como criterio de corrección moral de la “volunt ad particular”. Dicho con otras
palabras: el ciudadano que forma parte de la república rousseauniana es un sujeto
que renuncia a sus preferencias individuales cada vez que ellas no coinciden con
la persecución del bien común.
En las votaciones, los ciudadanos de Rousseau expresan su deseo de promo-
ver el bien común y no sus preferencias personales. En su comunidad ideal, to-
dos los miembros son siempre ciudadanos auténticamente democráticos. El único
problema con esta exigencia de renuncia voluntaria al autointerés en tanto punto
de partida para una comunidad democrática es que es empíricamente insosteni-
ble. Y éste es un no pequeño problema.
17 Jean-Jacques Rousseau, “Du Contrat Social; ou, Principes du Droit Politique en Oeuvres com-
plétes, París: Gallimard, tomo III, p. 347-470, p. 360 (42). Utilizo para las citas la versión castellana de
Femando de los Ríos Urruti: Contrato social, Madrid: Espasa-Calpe 1987; las referencias a la edición
castellana se indican entre paréntesis.
18 Ibídem, p. 361 (42).
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Las restricciones horizontales de Rousseau pretenden universalidad pero ella
es sólo alcanzable en el reino de la utopía. No es pues plausible conf‌iar en aquellas.
b) David Hume propuso, la concepción del ciudadano “simpático” e intere-
sado en el bien común.
El artif‌icio de la simpatía permitiría que las personas, sin renunciar a sus incli-
naciones egoístas, pudieran ir socializando su egoísmo, es decir, reducir sus prefe-
rencias autocentradas en aras de una mayor tolerancia y benevolencia. La simpatía
nos vuelve más morales, mejor dicho, sin ella sería imposible entender la moralidad
pública. Y, en la medida en que mantengamos una identif‌icación simpática con el
interés público, menor será el conf‌licto entre nuestra autonomía y la imposición de
las reglas heterónomas de la justicia. Por ello es que estamos dispuestos a aceptar
la virtud artif‌icial de la justicia aun cuando en algún caso particular su aplicación
pueda signif‌icar un sacrif‌icio de nuestros intereses inmediatos.
En una comunidad democrática de ciudadanos “simpáticos” en el sentido hu-
mano, los votos serían, por def‌inición, la expresión de un autointerés socializado y,
por lo tanto, constituirían un paso hacia el descubrimiento de la “verdad política”.
En este sentido, no hay problema en atribuir calidad moral a una comunidad que
restringe los impulsos de autointerés en aras del bien común. No cabe aquí el
“dominio de la mayoría”.
Pero —como el propio Hume reconocía— la simpatía es limitada:
Las personas que nos son cercanas nos resultan más simpáticas que las lejanas; nues-
tros conocidos nos son más simpáticos que los extraños; nuestros compatriot as, más
que los extranjeros.19
Ahora bien, es manif‌iesto que en la estructura original de nuestra mente la atención
más intensa está centrada en torno a nosotros mismos; la siguiente en intensidad se
dirige a nuestras relaciones y conocidos; tan sólo la más débil alcanza a los extraños y
a las personas que nos son indiferentes.20
[...] vemos que allí donde existe, además de la semejanza general de nuestra naturaleza,
una peculiar similitud en nuestra forma de ser, carácter, país o lenguaje, todo ello
facilitará la simpatía. [...] Los sentimientos de los demás tienen poca inf‌luencia cuando
esas personas no tienen relación con nosotros; es necesaria la contigüidad para poder
comunicar los sentimientos en toda su integridad. Las relaciones de consanguinidad,
siendo una especie de causalidad, pueden contribuir a veces al mismo efecto, como
19 David Hume, Tratado de la naturaleza humana, traducción de Félix Duque, Barcelona: Edi-
tora Nacional 1981, tomo III, p. 827.
20 Ibídem, tomo III, p. 713.
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también las del trato y amistad asidua [...] Cuando todas estas relaciones se aúnan,
llevan la impresión de nuestra propia persona —o autoconciencia— a la idea de los
sentimientos o pasiones de los demás hombres, y nos la hacen concebir del modo más
vivo e intenso.21
Hume estaba convencido de que su propuesta era más realista que la de su
contemporáneo francés, ese hombrecillo, como llamaba a Rousseau22, porque pen-
saba que la tendencia a adoptar una actitud simpática está f‌irmemente enraizada
en la naturaleza humana y, por lo t anto, para superar el egoísmo era innecesario
recurrir a suposiciones metafísicas tales como la existencia de una volonté généra-
le. Pero, dado el alcance limitado de la simpatía, aun si uno admite básicamente
la posibilidad de comunidades de ciudadanos simpáticos dispuestos a aceptar los
principios de la democracia, tales comunidades tendrían que ser relativamente
pequeñas y culturalmente homogéneas. Por lo tanto, cuando se trata de demo-
cracias populosas y heterogéneas, la propuesta de Hume aunque no es utópica no
funciona mejor que la de Rousseau.
Teniendo en cuenta estos dos ejemplos, las propuestas de restricciones hori-
zontales no parecen ser muy promisorias. Exploremos pues la alternativa y vea-
mos cuáles son las propuestas de los “verticalistas”.
III
Si no podemos conf‌iar en la naturaleza angélica o simpática de los miembros de
la sociedad porque siempre tenemos que contar con la existencia de gente con un
carácter más bien diabólico o antipático, ¿no sería mejor recurrir a restricciones
“verticales” (es decir, restricciones impuestas desde arriba hacia abajo) que se
apliquen a cada cual a f‌in de quedar liberados de la inseguridad de la naturaleza
poco conf‌iable del hombre?
El objetivo de estas restricciones “verticales” sería el mismo que el de las
horizontales, es decir, impedir desviaciones de la voluntad de la gente que condu-
cirían a la autodestrucción de la democracia al imponer el dominio de la mayoría
tal como lo temían Aristóteles y Kelsen o a ignorar las exigencias conceptuales y
morales de la democracia representativa.
Importa “cercar” la volunt ad de la gente para su propio bien: para poner un
límite a lo que James Buchanan ha llamado “el apetito de las coaliciones guberna-
21 Ibídem, tomo II, p. 497.
22 Cfr. la nota 38 del editor de la versión castellana del Treatiste on Human Nature de David
Hume: Tratado de la Naturaleza Humana, Vol I, p. 66.
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mentales”23 que, al igual que lo que sucede con los seres humanos, tiende a con-
ducir a la obesidad, en este caso a lo que podría llamarse “obesidad mayoritaria”.
También es necesario evitar los peligros que resultan de la ignorancia y la in-
competencia de los ciudadanos que podrían ser la fuente de falsas decisiones (en
algunos casos estimuladas por la acción de votantes expresivos o, por el contrario,
por la indiferencia del ciudadano cansado). Podemos básicamente pensar en dos
tipos de restricciones verticales: personales e institucionales.
Como ejemplos de restricción vertical personal cabe recordar la actitud de
pensadores democráticos que en el siglo XIX en países latinoamericanos, como
Argentina y Chile, propusieron el “tutelaje del ignorante”.
El argentino Esteban Echeverría pensaba que el orden institucional demo-
crático estaba destinado a tener vigencia efectiva sólo en una reducida parte de
la sociedad:
La soberanía es el acto más grande y solemne de la razón de un pueblo libre. ¿Cómo
podrán concurrir a este acto los que no conocen su importancia? ¿Los que por su falta
de luces son incapaces de discernir el bien del mal en materia de negocios públicos?
¿Los que como ignorantes que son de lo que podría convenir no tienen opinión propia
y están por consiguiente expuestos a ceder a las sugestiones de los mal intencionados?
[...] El tutelaje del ignorante, del vagabundo, del que no goza de independencia per-
sonal, es por consiguiente necesario.24
No muy distinta fue la situación en Chile durante el siglo XIX y hasta bien
adentrado el siglo XX. El “tutelaje del ignorante” argentino fue llamado en Chile
el “tutelaje del roto”.25
Es correcto, por ello, el juicio de Enrique Fernández:
Las oligarquías criollas dirigieron las guerras de la Independencia y después monopo-
lizaron la institucionalidad estatal republicana. Desde ahí en adelante, y en especial a
partir de 1891 la “dirección de los destinos del país” quedó a su cargo. Ello, según su
propio juicio, con justa razón, ya que tan compleja tarea no podía estar en manos de
23 Cfr. James M. Buchanan, The Limits of LibertyBetween Anarchy and Leviathan, Chicago/
Londres: The University of Chicago Press 1975, p. 151.
24 Cfr. Esteban Echeverría, Dogma socialista de la Asociación de Mayo, Vaduz: System-Verlag 1978,
p. 60-61 y 62.
25 Según Enrique Fernández, (Estado y sociedad en Chile, 1891-1931. El Estado Excluyente, la
lógica estatal oligárquica y la formación de la sociedad, Santiago de Chile: LOM 2003, p. 32), las élites
chilenas estaban convencidas de la “debilidad intrínseca del ‘roto’,” de la “superioridad moral que las
oligarquías suponían poseer” y de la naturaleza inferior del pueblo, “sanguinario, brutal, depravado,
borracho, supersticioso”.
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126
cualquiera, sino sólo en la de aquellos cuya superioridad los habilitaba para desarro-
llarla bien. Es decir, en las de los miembros de los distintos grupos oligárquicos, que
constituían la “sociedad”. Los demás —el pueblo— no poseían las dotes intelectuales
ni la instrucción necesaria para escapar a las necesidades inmediatas de la vida y ele-
varse a las concepciones abstractas de la ciencia y la política.26
No solo en América Latina sino también en Inglaterra, a mediados del siglo
XIX, John Stuart Mill pensaba que la democracia era algo peligrosa porque po-
dría dar demasiado poder al ignorante, al analfabeto, y promover la mediocridad.
Su propuesta no era muy diferente de la Echeverría:
Ningún gobierno por la democracia o por una aristocracia numerosa ni en sus actos polí-
ticos o en las opiniones, cualidades y tono mental que fomenta se elevó ni podía hacerlo
por encima de la mediocridad salvo en la medida en que el soberano numeroso se dejó
guiar por los consejos y la inf‌luencia de uno o pocos más altamente dotados e instruidos.27
Éste era el mismo peligro que percibió José Ortega y Gasset a comienzos del
siglo XX en su Rebelión de las masas y el uruguayo José Enrique Rodó en Ariel.
Si volvemos nuevamente al pensamiento político griego, podemos recordar las
ref‌lexiones de Platón (un verdadero verticalista avant la lettre).
[La mayor ignorancia, EGV] es la que se da cuando algo parece hermoso y bueno a
alguna persona y no la ama, s ino que la odia; y ama, en cambio, y se abraza a lo que
parece malo e injusto. Esta discordancia del placer y el dolor con la opinión racional
sostengo que es la extrema ignorancia, y t ambién la mayor, puesto que alcanza a la
mayor parte del alma [...] Cuando el alma se pone en frente de sus propios conoci-
mientos, opiniones y razón, que son sus guías naturales, yo llam o a esto insipiencia.
Y tanto en e l caso de la ciudad donde la multitud no obedeciese a los magistrados y
a las ley es como en el del individuo en que sus hermosos razonamientos ex istentes
en su alma no produjesen ningún provecho , sino todo lo contrario, yo pondría todas
estas ignorancias como las más desacordadas de la ciudad y de cada uno de los ciu-
dadanos [...] Quede, pues, esto f‌irme como opinión declarada: que a los ciudadanos
afectados de est a ignorancia no se les ha de conf‌iar nada que sig nif‌ique el gobierno,
antes se les ha de reprender como ignorantes, aunque sean muy sutilizadores y se
hayan ejercitado en toda clase de arg ucias y en cuanto sirve a la rapidez del ingenio;
a aquellos, en cambio, en quienes se da lo contrario, se les ha de saludar como sabios,
aun cuando no sepan, como suele decirse, ni leer ni nadar, y se les han de dar las
26 Enrique Fernández, op. cit, p. 83.
27 Citado según Susan Mandus, “D emocracy: A Nightmare or a noble dream?”. Tampere Lec-
ture 2008.
ernesto garzón valdés 127
magistraturas como a hombres sensatos . ¿Como en efecto, oh amigos, podría darse
sin concordancia ni la más mínima e specie de razón? No es posible sino que la más
hermosa y mayor de las concordancias diríase con toda justeza que es la mayor sabi-
duría, de la que participa el que vive conforme a la razón; el falto de ella, en cambio,
destruye su propia casa, y en lo que toca a la ciudad, no se revela en mod o alguno
como su salvador, sino todo lo co ntrario con su ignorancia a este respecto. [...] Y una
regla que está muy extendida entre todos los seres vivos y se da conforme a naturaleza
[...] es la que ordena al ignorante ir detrás y al prudente guiar y mandar.28
Las restricciones verticales personales encierran el peligro de convertirse
en instrumentos de manipulación elitista que, lejos de asegurar el buen fun-
cionamiento de una democracia r epresentativa, sue len conducir al populismo
y a la consag ración de l íderes interesado s en man tener la inmadurez políti ca
del pueblo e imponer un dominio mayori tario conducido por ellos mismos, por
los demagogos que despreciaba Aristóteles. Éste es el caso en algunos países
latinoamericanos.
Desde el punto de vista moral, la manipulación política convierte a los ciu-
dadanos en meros instrumentos o medios para la obtención de los f‌ines del go-
bernante, es decir, lesiona básicamente su dignidad. Pero, aun en el caso de que
existiera una élite realmente interesada en asegurar la protección de los derechos
de la minoría y en promover la educación ciudadana de la mayoría, la limitación
temporal de la vida y la aparición de nuevas élites no permiten alentar ninguna
conf‌ianza f‌irme en la ef‌icacia de las restricciones verticales personales.
Sobre las restricciones verticales personales pesa la misma sospecha de utó-
pico optimismo o de reducida ef‌icacia de las restricciones horizontales personales
que las volvían poco aconsejable. Ello nos sugiere avanzar por la vía de restriccio-
nes verticales institucionales. Para decirlo con palabras de William Nelson:
En términos más generales: si sospechamos que nos será difícil resistir las tentaciones,
ello puede ser una razón para recurrir a estrategias de pre-compromiso; una forma
de pre-compromiso consiste simplemente en evitar tener derecho a sucumbir a la
tentación. Las limitaciones constitucionales a la autoridad legislativa pueden ser con-
sideradas como una estrategia de este tipo.29
28 Platón, Las leyes, traducción de José Manuel Pabón y Manuel Fernández-Galiano, Madrid:
Centro de Estudios Constitucionales 1983, Libro III, 689 ss. Subrayado de EGV
29 William Nelson, “The Institutions of Deliberative Democracy” en Social Philosophy & Policy
17:1 (2000), p. 181-202, p. 196.
revista del instituto de la judicatura federal
128
Desde Platón y Aristóteles hasta Kant, pasando por Hobbes y Locke, la des-
conf‌ianza en la naturaleza humana ha sido la razón principal para justif‌icar mo-
ralmente la existencia del Estado como artif‌icio normativo destinado a asegurar
la supervivencia pacíf‌ica. Kant es el pensador que con mayor claridad vio la ne-
cesidad de prescindir de las peculiaridades empíricas personales en la fundamen-
tación de las normas morales. Porque sabía que el ciudadano es un ser de carne
y hueso propenso a dejarse guiar por sus tendencias autocentradas, heterónomas,
propiciaba un sistema político que pudiera regir en una sociedad de egoístas que
desean también vivir en sociedad.
Su noción d e “sociabilid ad asocial” (ungesellige Geselligkeit)30 condensa
esta idea .
Para decirlo con las bien conocidas palabras de Kant:
El problema del establecimiento del Estado tiene solución, incluso para un pueblo
de demonios [...] y el problema se formula así: “ordenar una muchedumbre de seres
racionales que, para su conservación, exigen conjuntamente leyes universales, aun
cuando cada uno tienda en su interior a eludir la ley, y establecer su constitución
de modo tal que, aunque sus sentimientos particulares sean opuestos, los contengan
mutuamente de manera que el resultado de su conducta pública sea el mismo que si
no tuvieran tales malas inclinaciones”.31
Lo que se requiere para lograr este f‌in son restricciones verticales instituciona-
les, una especie de “muletas lógicas y morales”.
Restricciones de este tipo fueron impuestas por constituciones de orienta-
ción social-liberal. En tales sistemas, el rule of law anglosajón dio paso primero al
Rechtstaat al agregar el respeto a los derechos individuales a los principios de la
certeza jurídica32, y luego al soziale Rechtstaat, al incorporar obligaciones públicas
para la protección de los sectores económicamente más pobres de la sociedad.
Estos principios y reglas constituyen la substancia de lo que he llamado “coto
vedado” a la deliberación democrática y a la toma de decisiones. Son restricciones
a la voluntad y a la tendencia egoísta de las personas y son inmunes a la ignorancia
y al expresivismo de los actores políticos. Están fuera del alcance de la autoridad
del demos o de sus representantes.
30 Immanuel Kant, “Idee zu einer allgemeinen Geschichte in weltbürgerlicher Absicht”, en Werke,
Francfort/M. :Insel 1964, vol. VI, p. 31-50, p. 37.
31 Immanuel Kant, “Zum ewigen Frieden. Ein philosophischer Entwurf” en Werke, cit, 224 (citado
según la versión castellana de Joaquín Abellán, La paz perpetua, Madrid: Tecnos 1985, p. 38 s.).
32 Cfr. Jeremy Waldron, The Dignity of Legislation. Cambridge: Cambridge University Press
1999, p. 7.
ernesto garzón valdés 129
Es posible distinguir dos tipos de restricciones contenidas en el llamado “coto
vedado”: lógicas y morales. Por restricciones lógicas propongo entender aquellas
restricciones que están relacionadas con el concepto mismo de democracia re-
presentativa. Podemos pensar aquí en la prohibición de eliminar el sistema de
partidos políticos. Como af‌irma Robert A. Dahl:
Ciertos derechos deberían lógicamente ser considerados como inalienables para la
existencia del propio proceso democrático.33
Ninguna mayoría está moralmente autorizada a lesionar derechos, libertades y opor-
tunidades que son esenciales para la existencia y funcionamiento de la democracia
misma [...] es una contradicción lógica justif‌icar una acción por una mayoría que
viola esos mismos principios y procesos. Decir que una mayoría puede destruir la
democracia no signif‌ica que la mayoría esté autorizada a hacerlo.34
Las restricciones morales están vinculadas con los valores justif‌icantes de la
democracia. Esta distinción entre restricciones lógicas y morales es muy parecida
a la propuesta por Amy Gutmann y Dennis Thompson cuando subrayan las dife-
rencias entre democracia constitucional y democracia procedimental:
La mayoría de los demócratas procedimentales aceptan que los procedimientos debe-
rían ser restringidos por algunos valores substantivos, pero tratan de limitar esos valores
a aquellos que son necesarios para preservar el propio proceso democrático. Admiten
que la mayoría tiene que respetar derechos políticos relevantes tales como la libertad
de prensa y asociación, el dominio de la ley y el sufragio adulto universal. Pero, si el
objetivo es encontrar una perspectiva recíproca para resolver el conf‌licto moral, ¿por
qué limitarnos a estas restricciones procedimentales?
[…]
Aun aquellas libertades y oportunidades básicas tales como libertad de expresión, liber-
tad religiosa y educación que son (razonablemente) condiciones necesarias de un pro-
ceso democrático justo, no son valoradas únicamente por esta razón procedimental.
Sea o no la libert ad religiosa, por ejemplo, necesaria para un proceso democrático
justo, sigue siendo una libertad básica de los individuos y, por lo tanto, una restricción
moral de la regla de la mayoría.35
33 Robert A. Dahl, Dilemmas of Pluralist Democracy. Autonomy vs. Control, New Haven/ Lon-
dres: Yale University Press 1982, p. 48 s.
34 Robert A. Dahl, How Democratic is the American Constitution?, New Haven/Londres: Yale
University Press 2002, p. 165 s.
35 Amy Gutmann y Dennis Thompson, Democracy and disagreement, Cambridge (Mass.): Har-
vard University Press 1996, p. 31.
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130
Tanto la democracia constitucional como la procedimental protegen los derechos in-
dividuales frente a la regla de la mayoría pero los demócratas constitucionales conf‌ie-
ren a algunos derechos una prioridad frente a la regla de la mayoría que los demócra-
tas procedimentales no reconocen. Los demócratas procedimentales reconocen dos
tipos de derechos que limitan el mayoritarismo: derechos tales como la igualdad del
sufragio, que son parte integrante de los procedimientos democráticos; y derechos tales
como el de la subsistencia que aunque externos al proceso democrático son necesarios
para su funcionamiento justo. Toman en cuenta un tercer tipo de derechos que tiene
prioridad frente a la regla de la mayoría: derechos tales como la protección frente
a tratamientos crueles e insólitos que son externos al proceso democrático y (por lo
menos razonablemente) no son necesarios para su correcto funcionamiento, La idea
de que este tercer tipo de derecho debería restringir el proceso democrático es lo que
distingue a los demócratas constitucionales de los procedimentalistas. Los procedi-
mentalistas otorgan prioridad sólo a los derechos cuyo propósito primario es producir
resultados justif‌icados porque protegen los intereses vitales de los individuos.36
Alexis de Tocqueville consideraba que el dominio de la mayoría era la “enfer-
medad republicana” por excelencia:
Dos peligros principales amenazan la existencia de las democracias:
La servidumbre completa del poder legislativo a las voluntades del cuerpo electoral.
La concentración, en el poder legislativo, de todos los demás poderes del gobierno.37
Para contrarrestar estos peligros, proponía los frenos de las restricciones cons-
titucionales expresadas, por ejemplo, en la función de control de constitucionali-
dad del poder judicial:
Estrechado en sus límites, el poder concedido a los tribunales de pronunciar fallos so-
bre la anticonstitucionalidad de las leyes, forma aún una de las más poderosas barreras
que se hayan levantado nunca contra la tiranía de las asambleas políticas.38
Los tribunales sirven para corregir los extravíos de la democracia y [...] sin poder detener
jamás los movimientos de la mayoría, logran hacerlos más lentos así como dirigirlos.39
36 Ibídem, p. 33 s.
37 Alexis de Tocqueville, La democracia en América, traducción de Luis R. Cuéllar, México DF:
Fondo de Cultura Económica 1996, p. 150.
38 Ibídem, p. 110.
39 Ibídem, p. 286.
ernesto garzón valdés 131
La idea de las restricciones verticales está también presente en la concepción
de lo que John Rawls llamaba “democracia constitucional” como esencialmente
diferente de la “democracia mayoritaria”. Tal como lo viera Tocqueville, aquí juega
un papel fundamental el control judicial de la legislación. En palabras de Rawls:
Dado el papel de la Corte en nuestro sistema constitucional, lo que podría parecer
como un intento de pasar por encima de la política democrática puede realmente
ser la aceptación de la revisión judicial y la idea de que la Constitución coloca cier-
tos derechos y libertades fundamentales fuera del alcance de las mayorías legislativas
ordinarias.40
IV
Si se aceptan los argumentos aquí expuestos en favor de la restricción vertical
institucional de la democracia, creo que pueden admitirse las siguientes cinco
conclusiones:
i. Tomando en cuenta los rasgos psicológicos de los seres humanos, la única
forma de evitar los peligros de la ignorancia, la expresividad y la imprudencia
vehemente es excluir de la competencia del poder legislativo aquellas propuestas
que contradicen el concepto de democracia o dañan su valor moral.
En el caso de la ignorancia pasiva es moralmente urgente superarla o com-
pensarla con medidas paternalistas. En el caso de la ignorancia activa es aconse-
jable evitar su inf‌luencia. Las relativamente recientes medidas constitucionales
adoptadas en México para la protección jurídica de los indios es un ejemplo del
primer caso. La prohibición de discriminación racial en los modernos sistemas
jurídicos puede ser considerada como un testimonio de la segunda situación.
ii. Porque “la ciencia es el gran antídoto contra el veneno del entusiasmo y la
superstición” como solía decir Adam Smith41, es razonable dejar en manos de los
expertos el tratamiento y la solución de las cuestiones complejas.
La siempre cambiante realidad exige la actualización coherente de sus prin-
cipios y la adecuación cabal a los desafío s que el progreso científ‌ico-técnico trae
aparejados. Ya no será posible prescindir de los expertos, pero ello no signif‌ica ne-
cesariamente la pérdida d e control de sus consejos o decisiones . La democracia
representativa con ma ndato libre surgió también con la actuación de “expertos”
encargados d e interpretar lo s intereses del pueblo justamente porque se pensó
40 John Rawls, Lectures on History of Political Philosophy, edición a cargo de Samuel Freeman,
Cambridge (Mass.): Harvard University Press 2007, p. 4.
41 Adam Smith, An Inquiry Into the Nature and the Causes of the Wealth of Nations, Indianapo-
lis: Librty Clasics, p. 493.
revista del instituto de la judicatura federal
132
que ellos est aban en mejores condiciones de in formación y conocimiento para
proponer y discutir las soluciones adecuadas dentro del marco de los límites
constitucionales.
El control de los expertos es uno de los problemas de la democracia actual:
eliminarlos sería científ‌ica y técnicamente suicida; dejarlos librados a su arbitrio
personal signif‌icaría renunciar a uno de los pilares de la decisión democrática.
iii. No olvidar que cualesquiera que sean las correcciones que necesite una
democracia para ser viable, su f‌inalidad es asegurar el mayor grado de libertad en
igualdad. Si la igualdad requiere en algunos casos la acción de un paternalismo
justif‌icable que supere la incompetencia básica o relativa de algunos miembros
de la sociedad a f‌in de asegurar una mayor equidad en el goce de oportunidades,
ello no debe conducir a la aceptación de una tutela manipulante por parte de los
gobernantes; hacerlo es deslizarse por la ladera que conduce al despotismo.
iv. Debemos tener en cuenta que la democracia es un sistema normativa-
mente sujeto a reglas muy exigentes por lo que respecta a la celosa garantía de
los derechos individuales y sociales que son los que permiten el despliegue de la
autonomía de cada ciudadano, es decir, de su no negociable dignidad. La demo-
cracia es sólo justif‌icable si se somete a restricciones constitucionales. Ellas no
pueden ser violadas en aras de un maniqueísmo político que, desde luego, reduce
el espectro de opciones gubernamentales y ciudadanas democráticas.
v. No habrá de ser posible eliminar las debilidades y los déf‌icits morales de
la naturaleza humana pero ya hemos desarrollado los medios normativos para re-
ducir sus consecuencias sociales. Las restricciones impuestas a la voluntad egoísta
y las medidas adoptadas para compensar la ignorancia, la imprudencia vehemente
o la expresividad de los ciudadanos en los sistemas democráticos son los mejores
recursos institucionales que tenemos para vivir tratando de satisfacer las deman-
das de una condición humana que pretenda ser racional y razonable. No es fácil
lograrlo pero hay que intentarlo.

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