Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales, publicado el 19 de mayo de 2006

Fecha de disposición07 Agosto 2008
Fecha de publicación07 Agosto 2008
EmisorSECRETARIA DE SALUD
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-013-SSA2-1994, PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE ENFERMEDADES BUCALES, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 19 DE MAYO DE 2006.

PABLO KURI MORALES, Titular del Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de Enfermedades, por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 3o. fracciones XIII, XVII y XVIII, 13 Apartado A, fracción I, 110, 111 fracción I, 112 fracción III, y 133 fracción I, de la Ley General de Salud; 47 fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, y 2, literal C, fracción VII, 36, 38 fracciones V y XXII, y 45 fracciones I y VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, ordena la publicación de las respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-013-SSA2-1994, Para la prevención y control de enfermedades bucales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de mayo de 2006.

Como resultado del análisis que realizó el Subcomité de Vigilancia Epidemiológica de los comentarios recibidos por los diferentes promoventes, se ha considerado dar respuesta a los mismos en los siguientes términos:

PROMOVENTE COMENTARIO RESPUESTA
Dr. Carlos Hernández Hernández Jefe de Estomatología INCMNSZ El intento de protección a grupos vulnerables y de riesgo para enfermedades bucales en población escolar debe tener medidas preventivas obligatorias por parte de Centros de Enseñanza a nivel nacional coordinados por la Secretaría de Salud, siendo necesario un registro epidemiológico nacional. Las medidas de prevención en pacientes adultos y sobre todo ancianos son de vital importancia en la reducción de morbilidad y en ocasiones en evitar el descontrol de enfermedades que son mortales. La pirámide poblacional se está invirtiendo rápidamente en poco tiempo el número de personas mayores de 60 años se incrementará en forma relevante, por lo que el gasto en salud también se elevará. Se acepta parcialmente. El grupo de trabajo analizó la propuesta, y decidió comentarle lo siguiente: Respecto al registro epidemiológico escolar nacional. También la NOM establece que por medio del Sistema de Vigilancia Epidemiológica de Patologías Bucales se hagan los registros epidemiológicos, así como el Programa de Salud Bucal en el Componente del Preescolar está especificado el registro de los escolares basados en la (NOM-009-SSA2-1993, para el fomento de la salud del escolar. En la observación sobre las medidas preventivas obligatorias y a pacientes adultos. El objetivo de la NOM Establece como estrategia lineamientos, técnicas y criterios de operación, basados en los niveles de prevención y esta dirigida a los odontólogos en general. Cada institución deberá aplicarlos de la manera más conveniente para su cumplimiento, incluyendo la forma de evaluación de las actividades. En la Secretaría de Salud en las cartillas Nacionales de Salud están incluidos los esquemas de prevención de acuerdo al grupo de edad.

En relación a la atención de pacientes con VIH es necesario que se identifiquen los pacientes y que se atiendan no sólo en los institutos y hospitales, sino también sean evaluados, tratados y sobre todo que se les dé información de prevención en centros de enseñanza odontológica y no ser rechazados por el hecho de tener infección por VIH. Se acepta parcialmente, sobre la atención a pacientes con VIH. La NOM en el numeral 5.6 se determina que todo paciente debe considerarse como potencialmente infeccioso sin excepción. Y en el numeral 9.4.4 referente al expediente clínico de realizar los estudios de gabinete y laboratorio pertinentes, está tomando en cuenta como lo establece la NOM-010-SSA2-1993, Para la prevención y control de la infección por virus de la inmunodeficiencia humana.
Es importante, en relación con la prevención, que exista información relacionada con la nutrición. En México la obesidad se ha disparado en forma importante y sobre todo las repercusiones inherentes, sobre todo caries y enfermedad periodontal. Un punto relevante son los periodos de evaluación para los métodos preventivos, evaluación de servicios de salud e impacto poblacional. Otro aspecto importante, es la reglamentación por parte de la Secretaría de Salud de la certificación, recertificación y no sólo asociaciones dentales ..... Lo relacionado con la nutrición: en el numeral de promoción 7.3.2 se determina la orientación a escolares sobre hábitos alimenticios, y en el numeral 9.2.2. se debe registrar como factor de riesgo la nutrición del paciente; para con base en los factores de riesgo, entre otros factores poder elaborar un diagnóstico y plan de tratamiento. En su comentario referente a incluir los períodos de evaluación para los métodos preventivos, en la norma se especifica determinar con base a la evaluación de los factores de riesgo de cada paciente. La certificación y recertificación no es competencia de esta norma.

En el numeral 5.9 y .8.5.7 Se debe determinar que las maniobras básicas de resucitación cardiopulmonar y de otro tipo de accidentes con material e instrumental contaminado, se deben tomar estableciendo lineamientos claros con base a cursos de adiestramiento previos, mediante un "equipo para urgencias" que debiera ser asignado y registrado en la Secretaría de Salud con facilidad para recambio de materiales y medicamentos y sobre todo mediante el establecimiento de centros de atención específica para urgencias médicas. En el numeral 5.9 de la NOM refiere al estomatólogo y el personal auxiliar deben capacitarse en el manejo de maniobras básicas de reanimación cardiopulmonar y en el numeral 5.9.1 El consultorio estomatológico debe contar con un botiquín que incluya lo necesario para el control de las urgencias médicas que puedan presentarse en el ejercicio estomatológico, así como en el numeral 8.5.8 queda proporcionar primeros auxilios, a quien sufra lesiones accidentales con instrumental o material contaminado en el área estomatológica, de acuerdo a la NOM-010-SSA2-1993.
Dra. María Teresa Colosia Barrios Jefa del Departamento Médico de la Dirección de Servicios Asistenciales DIF 6.5 y 6.6 El personal odontológico del sector salud y de práctica privada 8.5.2 Los tejidos de lesiones sospechosas serán enviados para su análisis y dx al laboratorio correspondiente. Se acepta parcialmente. El grupo de trabajo analizó la propuesta y decidió incluirlo parcialmente, porque todo el personal de salud debe tratar a los pacientes de forma integral. La propuesta del numeral 8.5.2 se acepta, por lo que se agrega en la versión definitiva como numeral
...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR