Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación de la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad e higiene, para quedar como PROY-NOM-001-STPS-2007, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, publicado el 29 de abril de 2008

Fecha de disposición02 Octubre 2008
Fecha de publicación02 Octubre 2008
EmisorSECRETARIA DEL TRABAJO Y PREVISION SOCIAL
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría del Trabajo y Previsión Social. ALVARO CASTRO ESTRADA, Subsecretario del Trabajo, Seguridad y Previsión Social, en cumplimiento a lo establecido en la fracción III del artículo 47, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, y en representación de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, por acuerdo del Titular del Ramo hecho en los términos de los artículos 5, fracción II y 7, fracción XI del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 29 de abril de 2008, en cumplimiento al artículo 47 fracción I, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-001-STPS-1999, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad e higiene, para quedar como PROY-NOM-001-STPS-2007, Edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo-Condiciones de seguridad, a efecto de que dentro de los 60 días naturales siguientes a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Que como consecuencia de lo anterior, presentaron comentarios los siguientes promoventes:

Ø Comisión Consultiva Estatal en el Estado de Sinaloa. Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Sinaloa.

Ø Ing. Adán Carrillo Parra, Subdirector de Supervisión y Control. Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Chiapas.

Ø Juan F. Serrato G., Jefe de Oficina de Normatividad Seguridad e Higiene de la Comisión Estatal de Servicios Públicos de Mexicali.

Ø Enrique Pintor Prado, Gerente de EH&S México- Centroamérica. Johnson Diversey.

Ø Ing. Luis Gabriel Rodríguez Cotes. Instructor Externo Independiente.

Ø Dra. Irma Villanueva Alvarado. Subdirectora de Certificación. Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Querétaro.

Que dentro del término previsto por el artículo 47 fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo, procedió a estudiar los comentarios recibidos y emitió las respuestas respectivas, resolviendo incorporar las respuestas procedentes de los promoventes y como consecuencia modificar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana señalado, por lo que se acordó solicitar a esta Secretaría la publicación de dichas respuestas en el Diario Oficial de la Federación.

Que en atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento a lo previsto por el artículo 47 fracción III, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publican las:

RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE MODIFICACION DE LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-001-STPS-1999, EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y AREAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO-CONDICIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE, PARA QUEDAR COMO PROY-NOM-001-STPS-2007, EDIFICIOS, LOCALES, INSTALACIONES Y AREAS EN LOS CENTROS DE TRABAJO-CONDICIONES DE SEGURIDAD

Promovente: Comisión Consultiva Estatal en el Estado de Sinaloa. Delegación Federal del Trabajo en el Estado de Sinaloa.

COMENTARIO 1

Objetivo: Dice: Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su funcionamiento y conservación, así como para evitar riesgos por la afluencia permanente o temporal de personas.

Propuesta, debe decir: Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuación, modificación, funcionamiento y conservación, con la finalidad de evitar los riesgos de trabajo en los trabajadores, considerando la actividad que se desarrolla y la afluencia permanente o temporal de personas.

RESPUESTA 1. Procede parcialmente su comentario por lo que se modifica el objetivo de la norma y se adiciona la definición de conservación, numeral 4.5 y se recorre la numeración, para quedar de la siguiente manera:

Objetivo:

Establecer las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir riesgos a los trabajadores.

4.5 Conservación: actividades de mantenimiento preventivo y correctivo para realizar las adecuaciones, modificaciones o reparaciones de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los centros de trabajo.

COMENTARIO 2

Referencias. Dice: NOM-026-STPS-1998, Colores y señales de seguridad e higiene, e identificación de riesgos por fluidos conducidos en tuberías.

Propuesta, debe decir: NOM-026-STPS-2004, Norma que está próxima de publicarse en el Diario Oficial de la Federación para su observancia, de tal manera que al entrar en vigor la NOM-001-STPS-2007, en proyecto y que remite en alguno de sus puntos a la aplicación de la NOM-026-STPS-1998, no exista la posibilidad de incurrir en irregularidades al pretender que se cumpla con una Norma Oficial Mexicana que ha perdido su vigencia.

Adicionar en las referencias otras normas oficiales mexicanas que emite la STPS que se relacionan con la construcción, adecuación o modificación de los edificios, locales, instalaciones o áreas de los centros de trabajo, como sería NOM-025-STPS-1999 inherente a la iluminación en los centros de trabajo y la NOM-022-STPS-1999 que se refiere a la electricidad estática.

Entre otras referencias de las normas oficiales mexicanas que emiten otras dependencias de la Administración Pública Federal, como es SEMARNAT, SALUD y por Protección Civil, en los supuestos de construcción o instalación de áreas para almacenamiento de residuos peligrosos, biológicos o para protección de los trabajadores en casos de eventos extraordinarios que puedan ocasionar daños a los centros de trabajo por causas naturales.

Hacer referencia a la Ley de Obra Pública y Privada y a los Reglamentos Municipales de la Construcción, disposiciones que regulan los requisitos y condiciones para la construcción de los edificios, locales e instalaciones de los centros de trabajo.

RESPUESTA 2. No procede su comentario, toda vez que se precisa que para la correcta interpretación de esta Norma, debe consultarse siempre la norma vigente.

Por otro lado, toda vez que la propuesta de Ley, reglamentos y normas oficiales mexicanas no están destinados a proporcionar información que sea indispensable consultar para la aplicación de la norma, ni fueron utilizados como fuentes bibliográficas de referencia para la preparación de la norma, por lo que no se pueden incluir ni en las referencias ni en la bibliografía, de acuerdo con lo que establece la NOM-Z-013/1-1977, Guía para la redacción, estructuración y presentación de las normas mexicanas.

COMENTARIO 3

Definiciones: Incluir como término técnico la palabra FUNCIONAMIENTO.- definido por el Reglamento Municipal de la Construcción (Culiacán, Sinaloa) como...

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