Respuestas a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-SEGOB-2015, Medidas de previsión, prevención y mitigación de riesgos en centros de atención infantil en las modalidades pública, privada y mixta, publicado el 19 de junio de 2016

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EmisorSecretaría de Gobernación

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación.- Coordinación Nacional de Protección Civil.- Dirección General de Vinculación, Innovación y Normatividad en Materia de Protección Civil.- Sistema Nacional de Protección Civil.- México. ROGELIO RAFAEL CONDE GARCÍA, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres y Director General de Vinculación, Innovación y Normatividad en materia de Protección Civil, con fundamento en los artículo y 47 fracciones II y III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 19 fracción XV de la Ley General de Protección Civil; 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 62 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación, y

CONSIDERANDO

Que con fecha 19 de Junio de 2016, se publicó en el Diario Oficial de la Federación Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-009-SEGOB-2015, Medidas de previsión, prevención y mitigación de riesgos en centros de atención infantil en las modalidades pública, privada y mixta.

Que en la Tercera Sesión Ordinaria de 2016 del Comité Consultivo Nacional de Normalización sobre Protección Civil y Prevención de Desastres, celebrada el 30 de septiembre de 2016, dentro del término previsto por el artículo 47, fracción II, de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, procedió a estudiar los comentarios recibidos y emitió las respuestas respectivas, resolviendo incorporar las respuestas procedentes de los promoventes y, como consecuencia, modificar el Proyecto de Norma Oficial Mexicana señalado, por lo que acordó solicitar la publicación de dichas respuestas en el Diario Oficial de la Federación.

Que en atención a lo anterior, se publican las siguientes

RESPUESTAS A LOS COMENTARIOS RECIBIDOS RESPECTO DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-009-SEGOB-2015, MEDIDAS DE PREVISIÓN, PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DE RIESGOS EN CENTROS DE ATENCIÓN INFANTIL EN LAS MODALIDADES PÚBLICA, PRIVADA Y MIXTA

Promovente 1: Dr. Domingo Santana Mendoza

Comentario 1

Propone agregar la palabra "destinadas", para que a la letra diga:

Establecer las medidas de seguridad en materia de protección civil que se deben implementar en los inmuebles o instalaciones destinadas a la operación y funcionamiento de los centros de atención infantil en la modalidad pública, privada y mixta, a fin de ratificar los criterios para normalizar su diseño y elaboración, con el propósito de eliminar prácticas discrecionales en su aplicación y para facilitar su comprensión.

Respuesta 1

Procede para mejorar redacción y queda de la siguiente forma:

Establecer las medidas de seguridad en materia de protección civil que se deben implementar en los inmuebles o instalaciones destinadas a la operación y funcionamiento de los centros de atención infantil en la modalidad pública, privada y mixta, a fin de ratificar los criterios para normalizar su diseño y elaboración, con el propósito de eliminar prácticas discrecionales en su aplicación y para facilitar su comprensión.

Comentario 2

Menciona que la NOM-001-SESH-2014 aplica ya que la única obligación que existe en la NOM mencionada es la distancia de la planta a una escuela que es de 100 m, considero más estructural, indicar en la siguiente NOM 009, que las Guarderías o estancias no deben estar a menos de "n" distancia, habría que tomar en cuenta el estudio de riesgo de la planta de Gas L.P (En caso de explosión o fuga).

Respuesta 2

No procede la propuesta, en virtud de que esta regulación no puede contraponerse a especificaciones establecidas en otros ordenamientos, por ello, es que los análisis de riesgo que se elaboran en establecimientos mercantiles considerados de alto riesgo por la actividad que desarrollan, se establecen las medidas de seguridad necesarias para prevenir o mitigar alguna emergencia o desastre.

Comentario 3

Propone integrar Riesgos químicos, biológicos e industriales en el aparatado de definiciones.

Respuesta 3

Procede parcialmente, en virtud de que la Ley General de Protección Civil considera estos riesgos en el Fenómeno Químico-Tecnológico, por tanto, se agrega la definición establecida en la Ley General referida y conforme al artículo 2 fracción XXV, para quedar de la siguiente forma:

  1. Fenómeno Químico-Tecnológico: Agente perturbador que se genera por la acción violenta de diferentes sustancias derivadas de su interacción molecular o nuclear. Comprende fenómenos destructivos tales como: incendios de todo tipo, explosiones, fugas tóxicas, radiaciones y derrames.

    Comentario 4

    Propone cambiar personal docente por personal asistencial en el numeral 5.2, el cual señala:

  2. 2 Capacitar al personal docente, personal asistencial, administrativo y de mantenimiento, implementando programas de capacitación en temas de Protección Civil, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación, y búsqueda y rescate, conforme al capítulo 7 de la presente Norma.

    Respuesta 4

    Procede parcialmente y se adecua para quedar como sigue:

    5.2 Capacitar al personal docente, de apoyo educativo y de cuidado, asistentes, administrativo y de mantenimiento, implementando programas de capacitación en temas de Protección Civil, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación, y búsqueda y rescate, conforme al capítulo 7 de la presente Norma.

    Comentario 5

    Propone integrar en esta regulación, la ubicación de las Unidades IMSS más cercanas, Centros Hospitalarios de la Secretaría de Salud, Unidades Médicas ISSSTE, Unidades Médicas Pemex y Centros Privados de Urgencias Médicas más cercanas a la Estancia, para un apoyo especializado rápido y de nivel adecuado.

    Respuesta 5

    Esta especificación se encuentra considerada en el Anexo 1, 1.6.2. Directorios externos, Directorio de servicios de apoyo en emergencias y se debe considerar en la elaboración del Programa Interno de Protección Civil y en el Diagnóstico de Vulnerabilidad y Riesgos

    Comentario 6

    Propone cambiar personal docente por personal asistencial en el numeral 5.2.

    Respuesta 6

    Se emite la misma respuesta que en el comentario 4, y se ajusta para quedar como sigue:

    5.2 "Capacitar al personal docente, de apoyo educativo y de cuidado, asistentes, administrativo y de mantenimiento...".

    Comentario 7

    En el numeral 6.2 nos propone agregar texto para que a la letra diga:

    6.2 Deberá estar por escrito en documento y en formato digital y contener la identificación de riesgos y su evaluación, las acciones y medidas necesarias para su prevención y control, así como las medidas de autoprotección y otras acciones a adoptar en caso de siniestro, emergencia o desastre.

    Respuesta 7

    Procede para quedar de la siguiente forma:

    6.2 Deberá estar por escrito en documento y en formato digital y contener la identificación de riesgos y su evaluación, las acciones y medidas necesarias para su prevención y control, así como las medidas de autoprotección y otras acciones a adoptar en caso de siniestro, emergencia o desastre.

    Comentario 8

    En el numeral 6.5.2 nos propone cambiar el número a 6.5.2.1.

    Respuesta 8

    No procede, toda vez que el numeral que corresponde de forma consecutiva es el numeral 6.5.2, lo anterior para dar continuidad a las especificaciones de esta regulación.

    Comentario 9

    En el numeral 7 solicita que se elimine docente por asistencial, para quedar de la siguiente manera:

  3. El poseedor o responsable de la administración y operación del inmueble o instalaciones así como todo el personal incluyendo al personal docente, asistencial de apoyo y de mantenimiento, deberán estar capacitados en temas de protección civil, primeros auxilios, prevención y combate de incendios, evacuación, búsqueda y rescate de acuerdo a los riesgos identificados en el Programa Interno de Protección Civil cumpliendo lo siguiente:

    Respuesta 9

    Se emite la misma respuesta que en el comentario 4 y 6, y se ajusta para quedar como sigue: "de apoyo educativo y de cuidado, asistentes...".

    Comentario 10

    En el numeral 7.1 inciso b), propone eliminar la parte de Curso para brindar, para que a la letra diga:

    1. Primeros Auxilios Básicos para la atención de menores;

      Respuesta 11

      Procede, para quedar como sigue:

    2. Primeros Auxilios Básicos para la atención de menores;

      Comentario 11

      En el numeral 8.1 inciso a), propone eliminar del texto lo siguiente:

    3. Contar en el interior con al menos dos extintores para el tipo de fuego ABC y otro en el área de preparación de alimentos del tipo K, los cuales deben encontrarse en buen estado, cargados, colocados en un lugar de fácil acceso, libre de obstáculos que impidan o dificulten su uso y fuera del alcance de los niños.

      Respuesta 12

      Procede, ya que a la NOM-002-STPS-2010 se considera el fuego clase A, B y C, por tanto, se ajusta el texto para mejor entendimiento el texto queda como sigue:

    4. Contar en el interior con al menos dos extintores para el fuego clase ABC y otro en el área de preparación de alimentos del tipo K, los cuales deben encontrarse en buen estado, cargados, colocados en un lugar de...

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