Respuesta a comentarios del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-002-SAGARPA-2015, Relativa a las características, de sanidad, calidad, inocuidad, trazabilidad, etiquetado y evaluación de la conformidad de los fructanos de agave, publicado el 18 de diciembre de 2015

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EmisorSecretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. RESPUESTA A COMENTARIOS DEL PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-002-SAGARPA-2015, RELATIVA A LAS CARACTERÍSTICAS, DE SANIDAD, CALIDAD, INOCUIDAD, TRAZABILIDAD, ETIQUETADO Y EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LOS FRUCTANOS DE AGAVE PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL DÍA 18 DE DICIEMBRE DE 2015.

La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, en cumplimiento a lo dispuesto en las fracciones II y III del Artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, publica las respuestas a los Comentarios y Modificaciones efectuadas al PROY-NOM-002-SAGARPA-2015, Relativa a las características, de Sanidad, Calidad, Inocuidad, Trazabilidad, Etiquetado y Evaluación de la Conformidad de los Fructanos de Agave, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 de diciembre de 2015 para consulta pública, estas respuestas fueron aprobadas en la Primera Sesión Ordinaria del Subcomité Especializado en Competitividad, celebrada el 9 de junio de 2016 y posteriormente ratificadas en la Tercera Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria efectuada el 17 de junio de 2016 en los siguientes términos:

PROMOVENTE VÍA Y FECHA DE REMISIÓN DEL COMENTARIO FECHA 18-12-2015 COMENTARIO PROCEDE (SÍ O NO) RESPUESTA Y FUNDAMENTO Asociación Nacional Industrial de Jarabes y Fructanos de Agave A.C. Recibido en la DNGA el 16 de febrero de 2016 El promovente señala que debe revisarse la tabla 1 relativa a las "ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS DEL FRUCTANOS NATIVOS DE AGAVE (BASE SECA)" del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, relativo al PROY-NOM-002-SAGARPA-2015 con el fin de realizar una corrección de carácter técnico a dicho apartado. Para tales efectos el promovente realiza la siguiente propuesta de modificación: Dice:

"Enlaces glucósidos
Tipo
B-2,1 como B-2,6 (unidades de fructosa terminal)"
20
40
%
APÉNDICE C
MÉTODO DE PRUEBA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Debe decir:

"unidades de fructosa terminal"
20
40
%
APÉNDICE C
MÉTODO DE PRUEBDA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Y acompaña copia de la evidencia técnica que sustenta su dicho.

SÍ PROCEDE

Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, analizaron el comentario y, por consenso, decidieron aceptarlo en su totalidad revisarse la tabla 1 relativa a las "ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS DEL FRUCTANOS NATIVOS DE AGAVE (BASE SECA)", modificando la redacción del numeral del Proyecto, quedando de la siguiente forma:

"unidades de fructosa terminal"
20
40
%
APÉNDICE C
MÉTODO DE PRUEBA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Toda vez que el promovente acompañó copia de la evidencia técnica que sustenta su dicho a su propuesta de modificación.

El promovente señala que debe revisarse la tabla 1 relativa a las "ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS DEL FRUCTANOS NATIVOS DE AGAVE (BASE SECA)" del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, relativo al PROY-NOM-002-SAGARPA-2015 con el fin de realizar una corrección de carácter técnico a dicho apartado. Para tales efectos el promovente realiza la siguiente propuesta de modificación: Dice:

SÍ PROCEDE

Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, analizaron el comentario y, por consenso, decidieron aceptarlo en su totalidad revisarse la tabla 1 relativa a las "ESPECIFICACIONES FISICOQUÍMICAS DEL FRUCTANOS NATIVOS DE AGAVE (BASE SECA)", modificando la redacción del numeral del Proyecto, quedando de la siguiente forma:

"Enlaces glucósidos tipo:
B-2,1 como B-2,6
unidades de fructosa ramificada (Con Enlaces glucósidos
Tipo -2,1 y -2,6)
10
20
%
APÉNDICE C
METODO DE PRUEBDA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Debe decir:

"unidades de fructosa ramificada (Con Enlaces glucósidos
Tipo -2,1 y -2,6)
10
20
%
APÉNDICE C
METODO DE PRUEBDA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Y acompaña copia de la evidencia técnica que sustenta su dicho.

"unidades de fructosa ramificada (Con Enlaces glucósidos
Tipo -2,1 y -2,6)
10
20
%
APÉNDICE C
MÉTODO DE PRUEBA PARA EL ANÁLISIS DE LOS ENLACES, GLUCÓSIDOS PRESENTES EN LOS FRUCTANOS DE AGAVE"

Toda vez que el promovente acompañó copia de la evidencia técnica que sustenta su dicho a su propuesta de modificación.

El promovente señala que debe revisarse en general el Proyecto de Norma Oficial Mexicana, relativo a PROY-NOM-002-SAGARPA-2015 con el fin de realizar una corrección de carácter general a la ortografía y puntuación a dicho Proyecto.

SÍ PROCEDE

Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, analizaron el comentario y, por consenso, decidieron aceptarlo en su totalidad revisando y modificando, en lo conducente, la redacción del Proyecto.

El promovente señala estar a favor del Proyecto de Norma Oficial Mexicana propuesto, por considerar que el mismo resulta benéfico para promover la regulación de la cadena agroindustrial de los fructanos de agave.
Asimismo, manifiesta que, con el Proyecto de Norma Oficial Mexicana sometido a consulta pública, se fortalece la competitividad del sector al mismo tiempo que se protege a los consumidores del producto sujeto a la regulación propuesta.
SÍ PROCEDE
Con fundamento en los artículos 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, estuvieron de acuerdo, por consenso, con el comentario presentado por el promovente, aunque el dicho comentario no entraña propuesta específica de modificación al Proyecto de Norma.
En consecuencia, se estima atinada la inquietud del promovente en el sentido de estar a favor del proyecto de Norma Oficial Mexicana propuesto, por considerar que el mismo resulta benéfico para promover la regulación de la cadena agroindustrial de los fructanos de agave.
Por ello, toda vez que el promovente se manifiesta a favor de que, con el proyecto de Norma Oficial Mexicana sometido a consulta pública se fortalece la competitividad del sector al mismo tiempo que se protege a los consumidores del producto sujeto a la regulación propuesta, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, han manifestado su acuerdo para que dicho comentario se haga del conocimiento de la Comisión Federal de Mejora Regulatoria, misma que es miembro del mencionado Comité que aprobó el referido proyecto durante la Sexta Sesión Ordinaria del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria de la SAGARPA, de fecha 25 de noviembre de 2015.
BUSTAR
Recibido vía correo
electrónico el 18 de
febrero de 2016
FUERA DE TIEMPO
El promovente presentó sus comentarios en forma extemporánea en contravención a lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 fracción II de su Reglamento.
NO PROCEDE
Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el artículo 33, tercer párrafo de su Reglamento, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, analizaron el comentario y, por consenso, decidieron no aceptarlo, en virtud de que el promovente presentó sus comentarios en forma extemporánea en contravención a lo dispuesto por el artículo 47 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 fracción II de su Reglamento.

El promovente señala que debe revisarse el capítulo de Método de Prueba del Proyecto de Norma Oficial Mexicana, relativo a PROY-NOM-002-SAGARPA-2015 con el fin de realizar una corrección de carácter técnico a dicho apartado.
Para tales efectos el promovente sugiere la realización de la prueba señalada en el Apéndice C, se difiera en un artículo transitorio donde se establezca una prórroga que permita implementar y estandarizar dicho método.
NO PROCEDE
Con fundamento en los artículos 47 fracción II, 64 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y el artículo 33, tercer párrafo de su Reglamento, los miembros del Comité Consultivo Nacional de Normalización Agroalimentaria a cargo de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, analizaron el comentario y, por consenso, decidieron no aceptarlo, en virtud de que el promovente no acompaña a su comentario la evidencia técnica o científica que sustente su dicho, así como tampoco...

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