Responsabilidad de los servidores públicos y mecanismos de prevención

AutorLuis Fernando Ávila Salcedo
CargoProfesor e investigador de la Facultad de Derecho e Instituto de Investigaciones Jurídicas Universidad Anáhuac México
Páginas59-78
59
IurIs TanTum no. 27 2016-2017
RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS Y
MECANISMOS DE PREVENCIÓN
3luis FernanDo aVila salCeDo*
RESUMEN
El presente artículo es una aproximación a los elementos nucleares que giran en
torno a la responsabilidad administrativa, de quienes se encuentran en calidad de
servidores públicos o particulares vinculados a ella, siendo marco introductorio
el constitucional, en cuanto a la denominación del sujeto responsable, el aspecto
de la responsabilidad civil, como el tratamiento jurídico propiamente para una
presunta causa por responsabilidad de los sujetos indicados.
Palabras clave
Servidor público, responsabilidad civil, responsabilidad administrativa, san-
ciones, medidas cautelares
ABSTRACT
The present article is an approximation to the nuclear elements that revolve
around the administrative responsibility, of those who are in the capacity of public
servants or individuals related to it, being constitutional introductory, frame as
to the denomination of the responsible subject, the aspect Of the civil responsibi-
lity, as the legal treatment properly for an alleged cause by responsibility of the
indicated subjects.
Keywords
Civil servant, civil liability, administrative responsibility, sanctions, precau-
tionary measures.
1. MARCO CONSTITUCIONAL
En un Estado de Derecho, uno de sus aspectos relevantes es el correspon-
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Recibido: 9/06/17 Aprobado: 15/07/17
* Profesor e investigador de la Facultad de Derecho e Instituto de Investigaciones Jurídicas Universidad Aná-
huac México. Correo electrónico favila@anahuac.mx
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titucional en el titulo cuarto “De las Responsabilidades de los Servidores Públi-
cos, Particulares Vinculados con Faltas Administrativas Graves o Hechos de
Corrupción y Patrimonial del Estado”, encabezando el artículo 108 cuyo texto
es el siguiente:
“Para los efectos de las responsabilidades a que alude este Título se reputarán como
servidores públicos a los representantes de elección popular, a los miembros del
Poder Judicial de la Federación, los funcionarios y empleados y, en general, a toda
persona que desempeñe un empleo, cargo o comisión de cualquier naturaleza en el
Congreso de la Unión o en la Administración Pública Federal, así como a los ser-
vidores públicos de los organismos a los que esta Constitución otorgue autonomía,
quienes serán responsables por los actos u omisiones en que incurran en el desem-
peño de sus respectivas funciones.
El Presidente de la República, durante el tiempo de su encargo, sólo podrá ser
acusado por traición a la patria y delitos graves del orden común.
Los ejecutivos de las entidades federativas, los diputados a las Legislaturas
Locales, los Magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia Locales, en su
caso, los miembros de los Consejos de las Judicaturas Locales, los integrantes de
los Ayuntamientos y Alcaldías, los miembros de los organismos a los que las Cons-
tituciones Locales les otorgue autonomía, así como los demás servidores públicos
locales, serán responsables por violaciones a esta Constitución y a las leyes federa-
les, así como por el manejo y aplicación indebidos de fondos y recursos federales.
Las Constituciones de las entidades federativas precisarán, en los mismos
términos del primer párrafo de este artículo y para los efectos de sus responsabili-
dades, el carácter de servidores públicos de quienes desempeñen empleo, cargo o
comisión en las entidades federativas, los Municipios y las demarcaciones territo-
riales de la Ciudad de México. Dichos servidores públicos serán responsables por
el manejo indebido de recursos públicos y la deuda pública.
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a presentar, bajo protesta de decir verdad, su declaración patrimonial y de intereses
ante las autoridades competentes y en los términos que determine la ley.”
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en cuanto a responsabilidades señala cuatro tipos a saber: “… política, penal,
administrativa y civil. Conviene agregar la responsabilidad derivada del incum-
plimiento de las obligaciones laborales.”1
Del vínculo existente entre el servidor público y el Estado surge un conjun-
to de relaciones jurídicas cuyos ámbitos de acción irrumpen en disciplinas de
diversa naturaleza como se presenta en el campo laboral en cuanto Estado em-
pleador y servidor público trabajador; el administrativo desde la perspectiva de
la función pública, también el político de conformidad a su investidura; el civil
en cuanto sujeto de derechos y obligaciones, como decisiones que afecten a los
particulares en su patrimonio e igualmente penales en cuanto su conducta se
adecua a un tipo penal y por lo mismo destinatario de la correspondiente sanción.
A las anteriores responsabilidades también se encuentran las de orden político
1 SERGIO GARCÍA RAMÍREZ, Derechos de los Servidores Públicos, http://biblio.juridicas.unam.mx/li-
bros/3/1443/4.pdf, consultada el 12 de abril del 2016.

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