Las resoluciones de la SCJN

AutorFederico Ponce Rojas
CargoProfesor de la Facultad de derecho de la universidad Anáhuac México norte
Páginas205-208

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Desde 1917, el Constituyente deinió que el fuero militar debía permanecer porque es la garantía que le otorga a la sociedad mexicana, como límite y obligación fundamental de la fuerza armada. Tiene una función: controlar, regular la autoridad de los militares en todas las operaciones y las acciones y mantener la disciplina.

En la historia reciente, los fueros eran concedidos como excepción o privilegio, para ciertos grupos de la sociedad como el clero y el Ejército, de ahí que a partir de 1824, de 1857 y de 1917, inalmente naciera la idea de que el fuero militar es un control que existe para regular el poder de las fuerzas armadas.

La exactitud de la disciplina en un ejército radica enteramente en la pronta atención del comportamiento de los soldados, quienes ven en su comandante, un juez que puede castigarlos, y que no hay forma de eludir el castigo, ni intervalo alguno entre éste y la falta.

Es por ello que, resulta incuestionable el cumplimiento cabal que hacen los tribunales militares con la encomienda de administrar la justicia, en el marco de la ley que le otorgan las instituciones que tienen la facultad soberana de legislar para el Estado.

Sin embargo, recientemente la SCJN emitió dos resoluciones mediante las cuales se otorga un amparo a militares sentenciados por tribunales castrense para que sean juzgados por un tribunal civil. En los casos de la sargento Silvia Hernández Tamariz, acusada de abuso sexual y 22 militares acusados de violación de derechos humanos, se debe señalar que existe una gran discusión y la Corte está a un paso de establecer la jurisprudencia.

La sargento Silvia Hernández Tamariz acusada en diciembre de 2010 de abuso sexual y corrupción de menores, cuando como educadora se encontraba

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laborando en una instalación militar con sede en el Distrito Federal, en cuyo interior se ubica el Centro de Desarrollo Infantil de la SEDENA, fue señalada por una mayor del Ejército, cuyos hijos fueron supuestamente víctimas de abuso sexual al interior de las instalaciones del citado jardín de niños.

El proceso fue llevado a la justicia militar y el 6 de enero de 2011 se dictó auto de formal prisión en su contra. Después de que se dictara la sentencia, la sargento a través de su defensa promovió un amparo al argumentar que la Procuraduría General de Justicia Militar la procesó de manera ilegal pues, de acuerdo con el artículo 13 constitucional, todo delito cometido por militares en los que se que involucre a...

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