Resolución Preliminar de la investigación antidumping sobre las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición24 Mayo 2019
Fecha de publicación24 Mayo 2019
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónSEGUNDA. Poder Ejecutivo

En el documento que usted está visualizando puede haber texto, caracteres u objetos que no se muestren debido a la conversión a formato HTML, por lo que le recomendamos tomar siempre como referencia la imagen digitalizada del DOF.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN PRELIMINAR DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE BOBINAS DE PAPEL ALUMINIO ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa preliminar el expediente administrativo 05/18 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 2 de mayo de 2018 Almexa Aluminio, S.A. de C.V. ("Almexa" o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de bobinas de papel aluminio originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia.

  2. Inicio de la investigación

    1. El 28 de agosto de 2018 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución de inicio de la investigación antidumping (la "Resolución de Inicio"). Se fijó como periodo de investigación el comprendido del 1 de enero de 2017 al 31 de diciembre de 2017 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de enero de 2015 al 31 de diciembre de 2017.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. El producto objeto de investigación son las bobinas de papel aluminio para uso doméstico y/o industrial de espesor igual o menor a 0.080 milímetros (mm) [80 micras], sin soporte, simplemente laminadas, con diámetro externo igual o mayor a 100 mm y con peso mayor a 5 kg ("foil de aluminio").

    3. El nombre genérico, comercial y/o técnico con el que se conoce el producto objeto de investigación es foil de aluminio, foil, foil de aluminio industrial, foil de aluminio para alimentos, foil de aluminio para empaque, foil de aluminio para uso doméstico, foil natural y papel aluminio.

    4. Características

    5. Las características de las bobinas de papel aluminio son las siguientes: espesor igual o menor a 0.080 mm, sin soporte, simplemente laminadas, con diámetro externo igual o mayor a 100 mm y con peso mayor a 5 kg, las cuales son necesarias, suficientes y se deben cumplir de manera simultánea.

    6. El producto objeto de investigación es sin soporte, ya que no incluye otros materiales adheridos al mismo, como serían papel, cartón, plástico, adhesivos o pegamentos; y es simplemente laminado porque no cuenta con ningún tipo de proceso adicional al laminado, tales como de impresión o algún trabajo mecánico, por ejemplo, de pintado.

    7. Por lo que se refiere a la composición del producto objeto de investigación, está hecho de aleaciones de aluminio que contienen más de 92% de aluminio, comúnmente utilizando aleaciones de las series 1000 (99% o más de aluminio en peso), 3000 (el principal metal en la aleación es el manganeso) y 8000 (incluye metales tales como níquel y estaño). Dichas aleaciones no tienen un impacto significativo en costos y únicamente impactan en la dureza y otras propiedades mecánicas del producto.

    8. Tratamiento arancelario

    9. El producto objeto de investigación ingresa por la fracción arancelaria 7607.11.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Codificación arancelaria
      Descripción

      Capítulo 76
      Aluminio y sus manufacturas.
      Partida 7607
      Hojas y tiras, delgadas, de aluminio (incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares), de espesor inferior o igual a 0.2 mm (sin incluir el soporte).
      -Sin soporte:
      Subpartida 7607.11
      --Simplemente laminadas.
      Fracción 7607.11.01
      Simplemente laminadas.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI).

    10. La unidad de medida utilizada en la TIGIE y en las operaciones comerciales es el kilogramo.

    11. De acuerdo con el SIAVI, las importaciones de foil de aluminio que ingresan por la fracción arancelaria 7607.11.01 de la TIGIE tienen un arancel de 5%, a excepción de aquellas provenientes de los países con los que México ha celebrado acuerdos comerciales, salvo en el caso de Panamá, cuyas importaciones tienen un arancel de 2.5%.

    12. Proceso productivo

    13. Los principales insumos para la elaboración del producto objeto de investigación son el aluminio, chatarra interna de aleación, electricidad y gas. El proceso de producción consta básicamente de las siguientes etapas: fundición y refinado del aluminio, moldeado y laminación, como se describe a continuación:

      a. el proceso comienza con la fundición del aluminio junto con otros elementos para llegar a la aleación deseada; después de ser fundido, el aluminio es moldeado en formas semiterminadas;

      b. los métodos de moldeo más comúnmente usados durante la producción son el de laminado en caliente (direct chill casting) y el de colada continua (continuous casting). El proceso de laminado en caliente requiere más energía que el de colada continua, por lo que este último es el preferido en las plantas modernas, ya que ofrece mayor productividad;

      c. durante el proceso de colada continua, el aluminio fundido es transferido a un núcleo donde es preservado al nivel correcto de pureza y temperatura hasta que está listo para ser vertido a la unidad de moldeo; mientras se vierte, pasa entre cilindros enfriados con agua y sale de la unidad como una tira continua de aluminio, y

      d. por último, se realiza el proceso de laminado y enrollado, mediante el cual las formas semiterminadas de aluminio son reducidas en su espesor en la magnitud solicitada por el cliente y luego enrollados en bobinas.

    14. Normas

    15. El foil de aluminio de origen chino puede ser fabricado para cumplir con especificaciones internacionales estándar, bajo especificaciones de la norma ASTM B 479-06 de la Sociedad Americana para Pruebas y Materiales (ASTM, por las siglas en inglés de American Society for Testing and Materials) "Especificación estándar para lámina de aluminio recocido y aleación de aluminio para barrera flexible, contacto con alimentos y otras aplicaciones", la cual aplica a foil para uso industrial y doméstico. De acuerdo con dicha norma, la Secretaría observó que cubre al foil de aluminio recocido y de aleación en espesores de 0.00025 pulgadas (0.0064 mm) a 0.006 pulgadas (0.15 mm), en aleaciones 1100, 1145, 1235, 8011, 8079 y 8111, mismas que no son limitativas y están sujetas a la discrecionalidad del productor.

    16. Usos y funciones

    17. El producto objeto de investigación sirve como insumo en la fabricación de una diversidad de productos, tales como papel aluminio para uso en cocina, estéticas, fabricación de empaques flexibles (alimentos, bebidas, cigarrillos y medicamentos), para uso en casa de materiales adiabáticos (impiden la transferencia de calor), así como en la decoración, impresiones de papelería y productos de industria ligera.

  4. Convocatoria y notificaciones

    1. Mediante la Resolución de Inicio, la Secretaría convocó a las importadoras y exportadoras del producto objeto de investigación y a cualquier persona que considerara tener interés jurídico en el resultado de la investigación, para que comparecieran a presentar los argumentos y las pruebas que estimaran pertinentes.

    2. La Secretaría notificó el inicio de la investigación antidumping a la Solicitante, a las importadoras y exportadoras de que tuvo conocimiento y al gobierno de China. Con la notificación les corrió traslado de la versión pública de la solicitud de inicio, de la respuesta a la prevención y sus respectivos anexos, así como de los formularios oficiales de investigación, con el objeto de que formularan su defensa.

  5. Partes interesadas comparecientes

    1. Las partes interesadas acreditadas, que comparecieron en tiempo y forma al presente procedimiento, son las siguientes:

    2. Solicitante

      Almexa Aluminio, S.A. de C.V.

      Insurgentes Sur No. 1898

      Torre Siglum, piso 14, despacho 1421

      Col. Florida

      C.P. 01020, Ciudad de México

    3. Importadores

      Aluprint, S. de R.L. de C.V.

      Paseo de las Palmas No. 525, piso 6

      Col. Lomas de Chapultepec

      C.P. 11000, Ciudad de México

      Bezaury, S.A. de C.V.

      Martín Mendalde No. 1755-PB

      Col. Del Valle

      C.P. 03100, Ciudad de México

      Cuprum Metales Laminados, S.A. de C.V.

      Av. Diego Díaz de Berlanga No. 95 A

      Col. Nogalar

      C.P. 066480, San Nicolás de los Garza

      Nuevo León

      Galas de México, S.A. de C.V.

      Av. Paseo de la Reforma No. 205, piso 28

      Col. Cuauhtémoc

      C.P. 06500, Ciudad de México

      Grafo Regia, S. de R.L. de C.V.

      Paseo de las Palmas No. 525, piso 6

      Col. Lomas de Chapultepec

      C.P. 11000, Ciudad de México

      Icontech Mexicana, S.A. de C.V.

      Ejido San Lorenzo Tezonco No. 113

      Col. Ex Ejido San Francisco Culhuacán

      C.P. 04420, Ciudad de México

      International Foam Mex, S.A. de C.V.

      San Telmo No. 108

      Col. Plazas de San Buenaventura

      C.P. 50110, Toluca, Estado de México

      Nutrigo, S.A. de C.V.

      Mariano Matamoros No. 286

      Col. La Joya

      C.P. 14090, Ciudad de México

    4. Exportadores

      Boxing Ruifeng Aluminium Co., Ltd.

      Martín Mendalde No. 1755-PB

      Col. Del Valle

      C.P. 03100, Ciudad de México

      Cuprum Asia Limited

      Av. Diego Díaz de Berlanga No. 95 A

      Col. Nogalar

      C.P. 066480, San Nicolás de los Garza

      Nuevo León

      Jiangsu Dinsheng New Materials Joint-Stock Co., Ltd.

      Martín Mendalde No. 1755-PB

      Col. Del Valle

      C.P. 03100, Ciudad de México

      Jiangsu Zhongji Lamination Materials Co., Ltd.

      Martín Mendalde No. 1755-PB

      Col. Del Valle

      C.P. 03100, Ciudad de México

      Hangzhou Five Star Aluminium Co., Ltd.

      Martín Mendalde No. 1755-PB

      Col. Del Valle

      C.P. 03100, Ciudad de México

  6. Argumentos y medios de prueba

    1. Prórrogas

    2. La Secretaría otorgó una prórroga de diez días hábiles a las empresas importadoras Aluprint, S. de R. L. de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR