Resolución con número de expediente RRA 6676 de Instituto Nacional de Transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, 01-06-2022

Sentido del falloORDENA
EmisorSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES (SEMARNAT)
Fecha01 Junio 2022
Número de expedienteRRA 6676
Año2022
SecciónResoluciones en materia de acceso a la información y protección de datos personales (Sector Público)
LA RESOLUCIÓN QUE AQUÍ SE DESCRIBE PUEDE SER IMPUGNADA POR LA
PERSONA SOLICITANTE ANTE EL PODER JUDICIAL DE LA FEDERACIÓN.
El contenido de este resumen tiene carácter estrictamente informativo, no forma parte de la resolución y se proporciona
con la única finalidad de facilitar la comprensión de la determinación adoptada por el Pleno del INAI.
Norma Julieta del Rio Vergara
RRA 6676/22
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Una persona requirió 3 contenidos de información
relacionados con el Tramo 5 del Tren Maya.
El sujeto obligado de manera extemporánea aludió contar
únicamente con la autorización provisional.
La persona recurrente se inconformó primeramente con
falta de respuesta y subsecuentemente con la entrega
de información incompleta y con la inexistencia de esta.
Ordenar al sujeto obligado a efecto de que se proporcione
copia de la autorización provisional, así como para que
realice la búsqueda del cambio de uso de suelo
relacionado con el Tramo 5 del Tren Maya.
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Folio de la solicitud: 330026722001210
Número de expediente: RRA 6676/22
Comisionada Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
1
VISTOS los autos del expediente relativo al recurso de revisión interpuesto ante
este Instituto, se procede a dictar la presente resolución con base en los siguientes:
ANTECEDENTES
I. El 29 de marzo de 2022, se presentó una solicitud de acceso a información, a
través de la Plataforma Nacional de Transparencia, mediante la cual se solicitó a
la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales lo siguiente:
Modalidad preferente de entrega de información:
Entrega por Internet en la PNT
Descripción clara de la solicitud de información:
Solicito el resolutivo de la manifestación de Impacto ambiental del Proyecto Tren Maya
en el Tramo 5. El cambio de uso de suelo del Proyecto Tren Maya en el Tramo 5. El
documento mediante el cual fue otorgada la autorización para el cambio de ruta del
Proyecto Tren Maya en el Tramo 5.
II. El 06 de mayo de 2022, se recibió en este Instituto, a través de la Plataforma
Nacional de Transparencia, el recurso de revisión interpuesto por la persona
recurrente, en contra de la falta de respuesta de la Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, a su solicitud de información, mediante el cual manifestó lo
siguiente:
Acto que se Recurre y Puntos Petitorios:
El pasado 28 de marzo del 2022, a través del Sistema de Plataforma Nacional de
Trasparencia realice una solicitud de información a la Secretaría de Medio Ambiente y
Recursos Naturales, sobre:
El resolutivo de la manifestación de Impacto ambiental del Proyecto Tren Maya en el
Tramo 5.
El cambio de uso de suelo del Proyecto Tren Maya en el Tramo 5.
El documento mediante el cual fue otorgada la autorización para el cambio de ruta del
Proyecto Tren Maya en el Tramo 5.
La fecha límite para dar respuesta fue el 3 de mayo del 2022, dentro de ese periodo
no se tiene conocimiento de alguna solicitud de ampliación de plazo, por lo que el
sujeto obligado se encuentra en incumplimiento.
III. El 06 de mayo de 2022, se asignó el número de expediente RRA 6676/22 al
recurso de revisión y, de conformidad con el sistema aprobado por el Pleno de este
Instituto, fue turnado a la Comisionada Ponente Norma Julieta del Río Venegas,
para efectos de lo establecido en los artículos 150, fracción I, de la Ley General de
Sujeto obligado ante el cual se presentó la
solicitud: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales
Folio de la solicitud: 330026722001210
Número de expediente: RRA 6676/22
Comisionada Ponente: Norma Julieta del Río
Venegas
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Transparencia y Acceso a la Información Pública, y 156, fracción I, de la Ley
Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
IV. El 12 de mayo de 2022, el Secretario de Acuerdos y Ponencia de Acceso a la
Información de la Oficina de la Comisionada Norma Julieta del Rio Venegas
1
,
acordó la admisión del recurso de revisión interpuesto por la persona recurrente en
contra de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales de conformidad
con lo previsto en el artículo 156, fracción I, de la Ley Federal de Transparencia y
Acceso a la Información Pública.
V. El 12 de mayo de 2022, se notificó a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales y a la persona recurrente, a través de la Plataforma Nacional de
Transparencia, la admisión del recurso de revisión, otorgándoles un plazo de siete
días hábiles contados a partir de dicha notificación, para que manifestaran lo que
a su derecho conviniera y formularan alegatos, dando cumplimiento al artículo 156,
fracciones II y IV de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información
Pública.
VI. El 17 de mayo de 2022, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales
dio respuesta, a través de la Plataforma Nacional de Transparencia, a la solicitud
de información, en los siguientes términos:
En cumplimiento a lo establecido en el artículo 61, fracciones II y V y Transitorio Quinto
de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública (LFTAIP) y en
el artículo 12, fracción XI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente
y Recursos Naturales, se notifica respuesta a su solicitud de información registrada en
la Plataforma Nacional de Transparencia, con número de folio 330026722001210 que
consiste en:
“Solicito el resolutivo de la manifestación de Impacto ambiental del Proyecto Tren
Maya en el Tramo 5.
El cambio de uso de suelo del Proyecto Tren Maya en el Tramo 5.
El documento mediante el cual fue otorgada la autorización para el cambio de
ruta del Proyecto Tren Maya en el Tramo 5.” (Sic.)
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De conformidad con los numerales Primero y Segundo, fracciones I V, VII, XI y XII del ACUERDO mediante el cual se
confieren funciones a los Secretarios de Acuerdos y Ponencia para coadyuvar con los comisionados ponentes en la
sustanciación de los medios de impugnación competencia del Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información
y Protección de Datos Personales, establecidos en la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos
Obligados, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en la Ley Federal de Transparencia y Acceso
a la Información Pública, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 17 de marzo de 2017.

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