Resolución Nº RES/470/2021 de Comisión Reguladora de la Energía, 29/11/2021

Número de resoluciónRES/470/2021
Año2021
Fecha29 Noviembre 2021
Normativa aplicadaEn los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción II, 3, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV, XXVI, incisos a) y e), y XXVII, 27, 34, 41, fracción III, y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 7, 12, fracciones I, XI, XLIX, LII y LIII, Transitorios Segundo, párrafo tercero y Décimo, párrafo primero de la Ley de la Industria Eléctrica (de conformidad con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2020); 3, fracción I, y 36, I, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 56, fracción III, inciso a) de la Ley Federal de Derechos; 3, fracción XVI, inciso c), de la Ley de Transición Energética; 16, fracción X, 35 y 57, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 56 Bis de la Ley Federal de Derechos; 72, fracción I, inciso b), 77, 101 y 102, del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; Transitorio Segundo, párrafo primero del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica ; 1, 2, 4, 7, fracción I, 12, 16 y 18, fracciones I y III del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017 y su modificación publicada en el mismo medio de difusión oficial el 11 de abril de 2019; bases 2.1.61 y 17.8.4 de las Bases del Mercado; numerales 1.3.2, 3.1.2 incisos a) y b) y 3.8.7, inciso b del Manual de Contratos de Interconexión Legados; numeral 2.2.2 del Manual de Vigilancia del Mercado; numeral 8.8.4 del Manual de Liquidación; disposiciones Primera, fracción II, Segunda, fracción VI, Novena fracciones I, inciso e) y II y Decimosexta de la resolución número RES/390/2017, por la que se expiden las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2017.
Tipo de documentoModificación de permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/470/2021
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR LA
QUE SE NIEGA LA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES TERCERA,
RELATIVA AL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
GENERADA DEL PERMISO, Y CUARTA, RELATIVA A LOS PLANES DE
EXPANSIÓN DEL PERMISO PARA GENERAR ENERGÍA ELÉCTRICA
NÚMERO E/509/AUT/2006, OTORGADO A HIDROELÉCTRICA CAJÓN
DE PEÑA, S. A. DE C. V.
RESULTANDO
PRIMERO.
Que el 23 de diciembre de 1992, se publicó en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público
de Energía Eléctrica (LSPEE), que permitió la participación de
particulares en ciertas actividades que no se consideraron servicio
público de energía eléctrica.
SEGUNDO.
Que el 31 de mayo de 1993, se publicó en el DOF el
(RLSPEE), mismo que fue abrogado mediante la expedición del
Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica (Reglamento) publicado
en el mismo medio de difusión oficial el 31 de octubre de 2014.
TERCERO.
Que mediante la resolución número RES/062/2006 del 16
de marzo de 2006, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión)
otorgó a Hidroeléctrica Cajón de Peña, S. A. de C. V. (la Permisionaria), el
permiso para generar energía eléctrica bajo la modalidad de
autoabastecimiento E/509/AUT/2006 (el Permiso) de conformidad con
la LSPEE.
CUARTO.
Que el 11 de agosto de 2014, se publicaron en el DOF los
Decretos por los que se expidieron, entre otras, la Ley de la Industria
Eléctrica y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia
Energética (LORCME), que abrogaron la LSPEE y la Ley de la Comisión
Reguladora de Energía, respectivamente.
R ES/470/2021
SECRETARIA EJECUTIVA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
QUINTO.
Que el 17 de abril de 2017, se publicó en el DOF la resolución
número RES/390/2017 por la que la Comisión expide las Disposiciones
administrativas de carácter general que establecen los términos para
solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos
de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico
(las Disposiciones).
SEXTO.
Que el 25 de septiembre de 2019, la Permisionaria presentó
ante la Comisión un escrito mediante el cual solicitó la modificación del
Permiso respecto a las condiciones Tercera, relativa al aprovechamiento
de la energía eléctrica generada por la central de generación de energía
eléctrica (la Central), y Cuarta, relativa a los planes de expansión,
derivado de una actualización en la distribución y demanda máxima de
los centros de carga de los socios autorizados en el Permiso, además de
la inclusión de un socio al aprovechamiento de la energía eléctrica
generada, con sus respectivos centros de carga (la Solicitud).
SÉPTIMO.
Que el 26 de septiembre de 2019, en alcance a la Solicitud,
la Permisionaria presentó ante la Oficialía de Partes de la Comisión,
copias certificadas del instrumento público en el que se acredita al
representante legal de Hidroeléctrica Cajón de Peña, S. A. de C. V., así
como el original de la certificación del Administrador General Único de
la sociedad en el que constan los socios de la Permisionaria.
OCTAVO.
Que mediante oficio número SE-300/116066/2019 del 14 de
octubre de 2019, se admitió a trámite la Solicitud, de conformidad con lo
dispuesto por los artículos 23, fracción I del Reglamento y 27, fracción
XXV, del Reglamento Interno de la Comisión, publicado en el DOF, el 28
de abril de 2017, y su modificación publicada en el mismo medio de
difusión oficial el 11 de abril de 2019, así como con la disposición
Decimosexta de las Disposiciones.
NOVENO.
Que como parte del procedimiento de evaluación de la
solicitud de modificación del Permiso establecido en el artículo 23,
fracción III, del Reglamento, mediante el oficio número
UE-240/119706/2019 del 11 de noviembre de 2019 (la Prevención) y
RES/470/2021
2
SECRETARIA EJECUTIVA

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR