Resolución Nº RES/292/2021 de Comisión Reguladora de la Energía, 31/08/2021

Número de resoluciónRES/292/2021
Año2021
Fecha31 Agosto 2021
Normativa aplicadaEn los artículos 28, párrafo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2, fracción II, 3, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV, XXVI, incisos a) y e), y XXVII, 27, 41, fracción III, y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 7, 12, fracciones I, XI, XLIX, LII y LIII, Transitorios Segundo, párrafo tercero y Décimo, párrafo primero de la Ley de la Industria Eléctrica (de conformidad con la reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el 6 de noviembre de 2020); 3, fracción I, y 36, fracción I, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 56 Bis de la Ley Federal de Derechos; 3, fracción XVI, inciso b), de la Ley de Transición Energética; 16, fracción X, 35 y 57, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 72, fracción I, inciso b), 77, 101 y 102, del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; Transitorio Segundo, párrafo primero del Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica con reforma del 6 de noviembre de 2020; 1, 2, 4, 7, fracción I, 12, 16 y 18, fracciones I y III del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017 y su modificación publicada en el mismo medio el 11 de abril de 2019; bases 2.1.61 y 17.8.4 de las Bases del Mercado; numerales 1.3.2, 3.1.2 incisos a) y b) y 3.8.7, inciso b del Manual de Contratos de Interconexión Legados; numeral 2.2.2 del Manual de Vigilancia del Mercado; numeral 8.8.4 del Manual de Liquidación; disposiciones Primera, fracción II, Segunda, fracción VI, Novena fracciones I, inciso e) y II y Decimosexta de la resolución número RES/390/2017, por la que se expiden las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2017
Tipo de documentoNegativa permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/292/2021
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR LA
QUE SE NIEGA LA MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES TERCERA,
RELATIVA AL APROVECHAMIENTO DE LA ENERGÍA ELÉCTRICA
GENERADA DEL PERMISO, Y CUARTA, RELATIVA A LOS PLANES DE
EXPANSIÓN DEL PERMISO PARA GENERAR ENERGÍA ELÉCTRICA
NÚMERO E/1495/AUT/2015, OTORGADO A DESARROLLOS SOLARES
DELICIAS, S. A. P. I. DE C. V., CENTRAL FASE III
RESULTANDO
PRIMERO.
Que el 23 de diciembre de 1992, se publicó en el Diario Oficial
de la Federación (DOF) el Decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones de la Ley del Servicio Público de Energía
Eléctrica (LSPEE), que permitió la participación de particulares en
ciertas actividades que no se consideraron servicio público de energía
eléctrica.
SEGUNDO.
Que el 31 de mayo de 1993, se publicó en el DOF el
(RLSPEE), mismo que fue abrogado mediante la expedición del
el 31 de octubre de 2014 en el DOF.
TERCERO.
Que el 11 de agosto de 2014, se publicaron en el DOF los
Decretos por los que se expidieron, entre otras, la Ley de la Industria
Eléctrica y la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia
Energética (LORCME), que abrogaron la LSPEE y la Ley de la Comisión
Reguladora de Energía, respectivamente.
CUARTO.
Que el 17 de abril de 2017, se publicó en el DOF la resolución
RES/390/2017 por la que la Comisión Reguladora de Energía (la
Comisión) expide las Disposiciones administrativas de carácter general
que establecen los términos para solicitar la autorización para la
modificación o transferencia de permisos de generación de energía
eléctrica o suministro eléctrico (las Disposiciones).
R ES/292/2 021
SECRETARIA EJECUTIVA
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
QUINTO.
Que mediante la resolución RES/364/2015 del 14 de mayo de
2015, la Comisión otorgó a Desarrollos Solares Delicias, S. A. P. I. de C. V.,
Central Fase III (la Permisionaria), el permiso para generar energía
eléctrica bajo la modalidad de autoabastecimiento E/1495/AUT/2015 (el
Permiso) de conformidad con la LSPEE y el Transitorio Décimo Tercero,
fracción II, de la Ley de la Industria Eléctrica.
SEXTO.
Que el 18 de diciembre de 2019, la Permisionaria ingresó ante la
Comisión un escrito, mediante el cual solicitó la modificación del
Permiso respecto las condiciones Tercera, relativa al aprovechamiento
de la energía eléctrica generada por la central de generación de energía
eléctrica (la Central), y Cuarta, relativa a los planes de expansión
derivado de una actualización en la distribución de cargas de los socios
autorizados en el Permiso, además de la inclusión de socios al
aprovechamiento de la energía eléctrica generada, con sus respectivos
centros de carga y precisión de la demanda máxima.
SÉPTIMO.
Que el 18 de diciembre de 2019, en alcance a la solicitud
indicada en el resultando anterior, la Permisionaria presentó ante la
Oficialía de Partes de la Comisión, la certificación del cuadro accionario,
suscrito por el Secretario del Consejo de Administración de la sociedad
Desarrollos Solares Delicias S.A.P.I. de C.V.
OCTAVO.
Que mediante oficio SE-300/2109/2020 del 20 de enero de
2020, se admitió a trámite la solicitud de conformidad con lo dispuesto
por los artículos 23, fracción I del Reglamento y 27, fracción XXV, del
Reglamento Interno de la Comisión, publicado en el DOF, el 28 de abril
de 2017, y su modificación publicada en el mismo medio de difusión
oficial el 11 de abril de 2019, así como con la disposición Decimosexta de
las Disposiciones.
NOVENO.
Que como parte del procedimiento de evaluación de la
solicitud de modificación del permiso establecido en el artículo 23 del
Reglamento, mediante el oficio UE-240/6869/2020 del 18 de febrero de
2020 y conforme a lo establecido en la disposición Novena, fracción I,
inciso e) de las Disposiciones, la Comisión previno a la Permisionaria para
1:2 ES/292/2021
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SECRETARIA EJECUTIVA

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