Resolución Nº RES/288/2022 de Comisión Reguladora de la Energía, 29/03/2022

Número de resoluciónRES/288/2022
Fecha29 Marzo 2022
Normativa aplicadaCon fundamento en los artículos 28, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción III y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 2, fracción II, 3, 4, 5, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV, XXVI, incisos a) y e), 27, 34, 41, fracción I y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 2, fracción IV, 5 párrafo segundo, 48, fracción II, 53, 81, fracción I, inciso e), 84, fracción II , 95 y 131 de la Ley de Hidrocarburos; 57, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 5, fracción V, 41, 42, 44, 45, 48, 49, del Reglamento de las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de Hidrocarburos y 1, 4, 7, fracción I, 12, 16, 18, fracciones I y III del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía.
Tipo de documentoNegativa permiso
RESOLUCIÓN Núm. RES/288/2022
COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR
LA QUE SE NIEGA LA AUTORIZACIÓN DE CESIÓN DEL PERMISO DE
EXPENDIO AL PÚBLICO DE PETROLÍFEROS EN ESTACIÓN DE
SERVICIO PL/963/EXP/ES/2015, EN FAVOR DE GPDC ESTACIONES
DE SERVICIO, S. A. DE C. V.
RESULTANDO
PRIMERO.
Que mediante la resolución número RES/589/2015 del 26
de agosto de 2015, la Comisión Reguladora de Energía (Comisión)
otorgó a Gala Servicio, S.A. de C. V., el permiso de expendio al público
de petrolíferos en estación de servicio número PL/963/EXP/ES/2015
(Permiso).
SEGUNDO.
Que mediante la resolución número RES/1150/2018 del
31 de mayo de 2018, la Comisión, autorizo a Gala Servicio, S. A. de
C. V., la modificación por cesión del Permiso, en favor de Mega
Gasolineras, S. A. de C. V. (Permisionario).
TERCERO.
Que el 24 de septiembre de 2019, el Permisionario
presentó a la Comisión a través de la Oficialía de Partes Electrónica
(OPE), una solicitud de modificación del título de permiso por cesión
en favor de GPDC Estaciones de Servicio, S. A. de C. V. (el Cesionario).
CUARTO.
Que mediante oficio número U H-250/119347/2019
notificado al Permisionario el 07 de noviembre de 2019, con
fundamento, en los artículos 45, fracción III y 48 del Reglamento de
las actividades a que se refiere el Título Tercero de la Ley de
Hidrocarburos (Reglamento), la Comisión previno al Permisionario
para que presentara información relativa a la solicitud de
modificación.
R ES/288/2022

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