Resolución Nº RES/240/2022 de Comisión Reguladora de la Energía, 29/03/2022

Número de resoluciónRES/240/2022
Fecha29 Marzo 2022
Normativa aplicadaEn los artículos, 28, párrafo octavo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, 2, fracción III, y 43 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, 1, 2, fracción II, 3, párrafo primero, 4, párrafo primero, 5, 22, fracciones I, II, III, X, XXIV, y XXVII, 27, 41, fracción III, y 42 de la Ley de los Órganos Reguladores Coordinados en Materia Energética; 1, 7, 12, fracciones I, XLIX, LII y LIII, de la Ley de la Industria Eléctrica reformada mediante Decreto publicado el 6 de noviembre de 2020, así como los Transitorios Segundo, párrafo tercero, y Décimo, párrafo primero de la misma Ley publicada el 11 de agosto de 2014; 56 Bis de la Ley Federal de Derechos; 3, fracción XVI, inciso a), de la Ley de Transición Energética; 3, fracción I, y 36, fracción I, de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; 1, 2, 3, 9, párrafo primero, 16, fracción X, 35, fracción II, 38, párrafo primero y 57, fracción I de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 72, fracción I, inciso b), 77, y 101 del Reglamento de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica; y 1, 2, 4, 7, fracción I, 12, 13, 15, 16 y 18, fracciones I y III, del Reglamento Interno de la Comisión Reguladora de Energía, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de abril de 2017 y su modificación publicada en el mismo medio de difusión oficial el 11 de abril de 2019, disposiciones Primera fracción II, Segunda fracción VI, Novena, fracción I, inciso a), Décima, párrafo primero y Decimosexta de las Disposiciones administrativas de carácter general que establecen los términos para solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 17 de abril de 2017, así como su modificación publicada en el mismo medio de difusión oficial el 7 de octubre de 2020.
Tipo de documentoVarios
RESOLUCIÓN Núm. RES/240/2022
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-41.
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COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA
RESOLUCIÓN DE LA COMISIÓN REGULADORA DE ENERGÍA POR LA
QUE SE NIEGA LA MODIFICACIÓN DE LA CONDICIÓN QUINTA,
RELATIVA A DESCRIPCIÓN DE INSTALACIONES, DEL PERMISO DE
GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA E/1444/AUT/2015, OTORGADO
A IBERDROLA RENOVABLES DEL BAJÍO, S.A. DE C.V.
RESULTANDO
PRIMERO.
Que el 11 de agosto de 2014, se emitió la Ley de Órganos
Reguladores Coordinados en Materia Energética (LORCM E), así como la
Ley de la Industria Eléctrica. Asimismo, el 31 de octubre del 2014 se
publicó el Reglamento de la Ley de la Industria Eléctrica (el Reglamento)
en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
SEGUNDO.
Que mediante la resolución número RES/265/2015 del 14 de
abril de 2015, la Comisión Reguladora de Energía (la Comisión) otorgó a
Iberdrola Renovables del Bajío, S.A. de C.V. (la Permisionaria), el permiso
de generación de energía eléctrica bajo la modalidad de
autoabastecimiento E/1444/AUT/2015 (el Permiso), en el que se estableció
en la condición Quinta relativa a la descripción de instalaciones lo
siguiente:
"QUINTA. Descripción de las instalaciones Una central
eólica con una capacidad total de generación de 705 MW y
una producción estimada anual de energía eléctrica de
275.00 GWh, estará ubicada en el Rancho Hacienda de
Santiago,
Villa de Arriaga, Villa de Reyes, código postal
78498, San Luis Potosí"
(Énfasis añadido)
TERCERO.
Que el 17 de abril de 2017, se publicó en el DOF la resolución
RES/390/2017 mediante la cual, la Comisión emitió las Disposiciones
administrativas de carácter general que establecen los términos para
R ES/240/2022
SECRETARA EJECLIT,V4

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