Resolución Nº P/IFT/230425/129 de Instituto Federal de Telecomunicaciones, 23-04-2025
Fecha | 23 Abril 2025 |
Año | 2025 |
Número de resolución | P/IFT/230425/129 |
Tipo de documento | Resolución |
LA PRESENTE VERSIÓN PÚBLICA CORRESPONDE A UN DOCUMENTO QUE CONTIENE INFORMACIÓN CONFIDENCIAL
Resolución que emite el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones
respecto de la solicitud para usar y aprovechar bandas de frecuencias del
espectro radioeléctrico para la prestación del servicio de radiodifusión
sonora en Frecuencia Modulada para uso social, en Zihuatanejo e Ixtapa -
Zihuatanejo, Guerrero, así como una concesión única, al amparo del
Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2024.
Antecedentes
Primero.- Decreto de Reforma Constitucional. Con fecha 11 de junio de 2013 se publicó en el
Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) el “Decreto por el que se reforman y adicionan diversas
disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27, 28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de telecomunicaciones” (el “Decreto de Reforma
Constitucional”), mediante el cual se creó el Instituto Federal de Telecomunicaciones (el
“Instituto”).
Segundo.- Decreto de Ley. El 14 de julio de 2014 se publicó en DOF el “Decreto por el que se
expiden la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y la Ley del Sistema Público de
Radiodifusión del Estado Mexicano; y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones
en materia de telecomunicaciones y radiodifusión” (el “Decreto de Ley”), mismo que entró en
vigor el 13 de agosto de 2014.
Tercero.- Estatuto Orgánico. El 4 de septiembre de 2014 se publicó en el DOF el “Estatuto
Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones” (el “Estatuto Orgánico”), el cual entró en
vigor el 26 de septiembre de 2014.
Cuarto.- Lineamientos generales para el otorgamiento de las concesiones. Con fecha 24 de
julio de 2015 se publicó en el DOF el “Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de
Telecomunicaciones aprueba y emite los Lineamientos Generales para el otorgamiento de las
concesiones a que se refiere el Título Cuarto de la Ley Federal de Telecomunicaciones y
Radiodifusión” (los “Lineamientos”), cuya última modificación fue publicada el 23 de abril de 2021.
Quinto.- Programa Anual de Uso y Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2024. Con
fecha 13 de noviembre de 2023 fue publicado en el DOF el Programa Anual de Uso y
Aprovechamiento de Bandas de Frecuencias 2024, mismo que fue modificado a través del
Acuerdo publicado en el DOF el 11 de marzo de 2024 (el “Programa Anual 2024”).
Sexto.- Dictamen Técnico de la Unidad de Espectro Radioeléctrico. Mediante oficio
IFT/222/UER/DG-IEET/0257/2024 de fecha 6 de mayo de 2024, la Unidad de Espectro
Radioeléctrico envió la relación de frecuencias identificadas como factibles de asignación para
uso social al amparo del Programa Anual 2024.
Página 1 de 22
Séptimo.- Solicitud de Concesión para uso social. Mediante escrito presentado el 3 de junio
de 2024 ante la Oficialía de Partes de este Instituto, Zihua Radio, A.C., (el “Solicitante”) formuló,
a través de su representante legal, una solicitud para la obtención de una concesión para uso
social en la localidad de Zihuatanejo e Ixtapa – Zihuatanejo, Guerrero con la finalidad de
instalar y operar una estación de radiodifusión sonora mediante el uso y aprovechamiento de una
frecuencia en la banda de Frecuencia Modulada (“FM”), al amparo del Programa Anual 2024
(“Solicitud de Concesión”).
Octavo.- Solicitud de opinión técnica a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes. Por oficio IFT/223/UCS/4900/2024 notificado el 16 de julio de 2024, la Unidad de
Concesiones y Servicios solicitó a la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes (la “Secretaría”), la emisión de la opinión técnica a que se refieren los artículos 28,
párrafo décimo octavo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y 9 fracción
I de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (la “Ley”), relativa al otorgamiento de
concesiones en materia de telecomunicaciones y radiodifusión.
Noveno.- Solicitud de opinión a la Unidad de Competencia Económica. Con fecha 19 de
julio de 2024 la Unidad de Concesiones y Servicios solicitó mediante el oficio IFT/223/UCS/DG-
CRAD/1197/2024, a la Unidad de Competencia Económica de este Instituto, la emisión de la
opinión correspondiente.
Décimo.- Opinión técnica de la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y
Transportes. Con oficio 1.- 404 de fecha 13 de agosto de 2024, la Secretaría emitió la opinión
técnica respecto de la Solicitud de Concesión, la cual fue remitida por diverso 2.1.2.-400/2024
de fecha 13 de agosto del mismo año.
Décimo Primero.- Requerimiento de información. Con oficio IFT/223/UCS/6684/2024
notificado el 24 de octubre de 2024, este Instituto requirió al Solicitante diversa información a
afecto de integrar debidamente la Solicitud de Concesión. Al respecto, con escrito ingresado el
5 de diciembre de 2024, el Solicitante, solicito una ampliación de plazo para desahogar el
requerimiento formulado, ampliación que le fue otorgada mediante oficio IFT/223/UCS/DG-
CRAD/1921/2024 notificado el 10 de diciembre de 2024. Mediante escrito ingresado el 6 de
febrero de 2025, el Solicitante atendió el oficio de prevención formulado por este Instituto dentro
del plazo previsto en el oficio en comento.
Décimo Segundo.- Decreto de reforma constitucional en materia de simplificación
orgánica. El 20 de diciembre de 2024 se publicó en el DOF el
“Decreto por el que se reforman,
adicionan y derogan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos en materia de simplificación orgánica” (Decreto de simplificación orgánica) mediante
el cual, de conformidad con lo previsto en los Transitorios Primero, Décimo y Décimo Primero, el
Instituto se extinguirá en un plazo de 180 (ciento ochenta) días contados a partir de la entrada en
vigor de la legislación secundaria en materia de competencia y libre concurrencia; y en materia
de telecomunicaciones y radiodifusión, respectivamente, que el Congreso de la Unión expida, por
Página 2 de 22
lo cual, los actos emitidos por el Instituto con anterioridad a la entrada en vigor del Decreto de
simplificación orgánica, continuarán surtiendo todos sus efectos legales.
Décimo Tercero.- Opinión de la Unidad de Competencia Económica. Por oficio
IFT/226/UCE/DG-CCON/096/2025 de fecha 31 de marzo de 2025, la Unidad de Competencia
Económica de este Instituto emitió la opinión correspondiente en relación con la Solicitud de
Concesión y las manifestaciones formuladas por el Solicitante.
Décimo Cuarto.- Alcance a la Solicitud de Concesión. Mediante escrito presentado con fecha
2 de abril de 2025, el Solicitante presentó información en alcance a su Solicitud de Concesión.
En virtud de los Antecedentes referidos y,
Considerando
Primero.- Ámbito Competencial. Conforme lo dispone el artículo 6o., apartado B, fracción III y
el párrafo décimo sexto del artículo 28 de la Constitución, en relación con los artículos transitorios
Primero, Décimo y Décimo Primero del Decreto de simplificación orgánica, el Instituto es un
órgano autónomo, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto el desarrollo
eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones, conforme a lo dispuesto en la Constitución
y en los términos que fijen las leyes. Para tal efecto, tiene a su cargo la regulación, promoción y
supervisión del uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes y la
prestación de los servicios de radiodifusión y telecomunicaciones, así como del acceso a
infraestructura activa, pasiva y otros insumos esenciales, garantizando lo establecido en los
artículos 6o. y 7o. de la propia Constitución.
Asimismo, el párrafo décimo séptimo del artículo 28 de la Constitución establece que el Instituto
es la autoridad en materia de competencia económica de los sectores de radiodifusión y
telecomunicaciones por lo que, entre otros aspectos, le corresponde regular de forma asimétrica
a los participantes en estos mercados con el objeto de eliminar eficazmente las barreras a la
competencia y la libre concurrencia e imponer límites al concesionamiento y a la propiedad
cruzada que controle varios medios de comunicación que sean concesionarios de radiodifusión
y telecomunicaciones que sirvan a un mismo mercado o zona de cobertura geográfica,
garantizando lo dispuesto en los artículos 6° y 7° de la Constitución.
Por su parte, el párrafo décimo octavo del artículo 28 de la Constitución dispone que corresponde
al Instituto el otorgamiento, la revocación, así como la autorización de cesiones o cambios de
control accionario, titularidad u operación de sociedades relacionadas con concesiones en
materia de radiodifusión y telecomunicaciones.
De igual forma, conforme a lo establecido en los artículos 15 fracción IV y 17 fracción I de la Ley
y 6 fracciones I y XXXVIII del Estatuto Orgánico, corresponde al Pleno del Instituto la facultad de
otorgar las concesiones previstas en dicho ordenamiento legal.
Página 3 de 22
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
