Resolución Nº P/IFT/070525/149 de Instituto Federal de Telecomunicaciones, 07-05-2025
Fecha | 07 Mayo 2025 |
Año | 2025 |
Número de resolución | P/IFT/070525/149 |
Tipo de documento | Resolución |
Página 1 de 10
Resolución que emite el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones
respecto a la continuidad del servicio de radiodifusión sonora en Amplitud
Modulada, para la estación XEQAA-AM, en la localidad de Chetumal,
Quintana Roo.
Antecedentes
Primero.- Acuerdo de Cambio de Frecuencia de AM a FM. El 15 de septiembre de 2008 se
publicó en el Diario Oficial de la Federación (el “DOF”) el “Acuerdo por el que se establecen los
requisitos para llevar a cabo el cambio de frecuencias autorizadas para prestar el servicio de radio
y que operan en la banda de Amplitud Modulada, a fin de optimizar el uso, aprovechamiento y
explotación de un bien del dominio público en transición a la radio digital”, (el “Acuerdo de AM a
FM”).
Segundo.- Autorización de Cambio de Frecuencia. Laextinta Comisión Federal de
Telecomunicaciones (la “COFETEL”), aprobó el Acuerdo mediante el cual se autorizó elcambio
de frecuencia de AM a FM a XEQAA-AM, S.A. de C.V. (el “Concesionario”):
Concesionario
Distintivo de
llamada
Frecuencia
Oficio de Autorización
Fecha
XEQAA-AM, S.A. de C.V.
XEQAA-AM
560 kHz
CFT/D01/STP/2012/10
4/06/2010
XHQAA-FM
99.3 MHz
Tercero.- Conclusión de Trabajos de Instalación e Inicio de Operaciones de la Frecuencia
de FM. Mediante escrito presentado en la Oficialía de Partes de la COFETEL, con folio 821 del 4
de febrero de 2011, el Concesionario informó la conclusión de trabajos de instalación e inicio de
operaciones con motivo de la autorización del cambio de frecuencia.
Cuarto.- Acuerdo de Continuidad. El15 de octubre de 2012, mediante oficio
CFT/D01/STP/4121/12 emitido por la extinta COFETEL, se determinó que el Concesionario de la
estación XEQAA-AM debería mantener la prestación del servicio de radiodifusión sonora
concesionado de manera simultánea en las frecuencias de AM(560 kHz) y FM (99.3 MHz), hasta
en tanto se haya satisfecho la prestación del servicio en todos los municipios contenidos dentro
del área de servicio de la estación de AM, en términos del Acuerdo de AM a FM indicado en el
Antecedente Primero.
Quinto.- Decreto de Reforma Constitucional. El 11 de junio de 2013, se publicó en el DOF el
“Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de los artículos 6o., 7o., 27,
28, 73, 78, 94 y 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de
telecomunicaciones” (el “Decreto de Reforma Constitucional”), mediante el cual se creó el Instituto
Federal de Telecomunicaciones, (el “Instituto”), como un órgano autónomo que tiene por objeto
el desarrollo eficiente de la radiodifusión y las telecomunicaciones.
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