Resolución Municipal, mediante la cual, se autoriza la venta de los lotes del Fraccionamiento Mixto de Usos Compatibles (habitacional y comercial) denominado "Urbi Villa del Rey", ubicado en el Municipio de Irapuato, Gto.

Fecha de publicación06 Mayo 2011
EstadoGuanajuato
MunicipioIrapuato
PERIODICO OFICIAL 6 DE MAYO - 2011 PAGINA 33
V I S T O para resolver la solicitud presentada por los ciudadanos JUANA SUSANA GOMEZ
HERNANDEZ en su carácter de Fideicomitente A y Fideicomisario en 1er. lugar, "PROMOCION Y
DESARROLLOS URBI" S.A. de C.V. Fideicomitente B y Fideicomisario en 2do. Lugar y "SCOTIABANK
INVERLAT" SOCIEDAD ANONIMA INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE, GRUPO FINANCIERO
SCOTIABANK DIVISION FIDUCIARIA, como Fiduciario, para obtener el permiso para la venta de los lotes
del Fraccionamiento Mixto de Usos Compatibles (habitacional y comercial) denominado "URBI VILLA
DEL REY", ubicado en esta ciudad y
R E S U L T A N D O
Primero.- Mediante escritura pública número 6386, Tomo LI, de fecha 16 de julio del 2001,
otorgada ante la fe del Licenciado Salvador Guerrero González, Notario Público número 41 de esta
adscripción, la señora Juana Susana Gómez Hernández adquirió la propiedad de los predios rústicos
identificados como fracción del predio rústico denominado "San Roque" ubicado en esta ciudad, con
superficie de 26-70-24 hectáreas, así como el diverso bien inmueble identificado como fracción del
predio rústico denominado "San Roque" de este Municipio, con superficie de 26-70-24 hectáreas, con
las medidas y colindancias que en dicho instrumento se plasman y que quedó debidamente inscrito en
el Registro Público de Irapuato, Guanajuato, bajo los Folios Reales números R17*17185 y R17*17186.
Segundo.- Que mediante acuerdo número 181/2005, de fecha 18 de agosto del 2005, esta
Dirección General autorizó la subdivisión del bien inmueble identificado como fracción del predio rústico
denominado "San Roque" del Municipio de Irapuato, Guanajuato, con superficie de 26-70-24 hectáreas,
resultando dos fracciones, la primera identificada como fracción "A" con superficie de 24-33-51.50
hectáreas y la segunda identificada como fracción "B" con superficie de 0-70-00 hectáreas.
Tercero.- Que mediante escritura publica número 18,442, Tomo 439 de fecha 26 de noviembre
del 2008, otorgada ante la fe de la Licenciada Ma. Refugio Camarena Aguilera, titular de la Notaría
Pública número 55 de esta ciudad, instrumento que quedó debidamente inscrito en el Registro Público
de la Propiedad y del Comercio de esta ciudad bajo el folio real R17*91834 en fecha 15 de diciembre del
2008 la señora Juana Susana Gómez Hernández realizó la fusión de los inmuebles identificados como
fracción del predio rústico denominado "San Roque", de este Municipio con superficie de 26-70-24
hectáreas y el diverso bien inmueble identificado como fracción del predio rústico denominado "San
Roque" de este Municipio, con superficie de 26-70-24 hectáreas, descontando en dicha fusión una
superficie de 7,000.00 M2.que fue vendida con anterioridad a la señora Ma. Esther Segoviano Santillano,
resultando una sola unidad topográfica que cuenta con una superficie de 51-10-91.572 hectáreas y las
medidas y colindancias que se indican en el referido instrumento público, inscrita bajo el Folio Real:
R17*91834, de fecha 09 de diciembre de 2008.
Cuarto.- Que con fecha 4 de febrero del 2009, la ciudadana Juana Susana Gómez Hernández,
solicitó a esta Dirección General de Ordenamiento Territorial, la aprobación de traza para llevar a cabo
el desarrollo de un fraccionamiento en el predio antes mencionado, del cual únicamente se desarrollará
una superficie de 105,483.01 m2., de acuerdo con el levantamiento topográfico presentado para tal
efecto, donde se indica el polígono que comprende el desarrollo y describe las medidas y colindancias
de que consta el mismo, quedando el área restante como reserva de la propietaria.
Quinto.- Que una vez que la propietaria cumplió con todos los requisitos de Ley, esta Dirección
General de Ordenamiento Territorial, mediante acuerdo número 301/2009 de fecha 2 de octubre del
2009, aprobó la traza de la totalidad del Fraccionamiento tipo Mixto de Usos Compatibles (habitacional
y comercial) denominado "URBI VILLA DEL REY", clasificándose de acuerdo a su destino como Urbano
de Habitación Popular o Interés Social, habiéndose comunicado a la propietaria mediante oficio DGOT
5983/2009 de fecha 2 de octubre del 2009.

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