Resolución que modifica a la Diversa que establece el Mecanismo para Garantizar el Pago de Contribuciones en Mercancías Sujetas a Precios Estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público

AutorJosé Pérez Chávez - Raymundo Fol Olguín
Páginas1157-1158

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(Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2008)

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Con fundamento en los artículos 16 y 31, fracción XXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 144, fracción XIII de la Ley Aduanera, y 1o., 4o. y 6o. fracción XXXIV del Reglamento Interior de la Secretaría de HaciendayCrédito Público, esta Secretaría resuelve expedir lasiguiente:

RESOLUCIÓN QUE MODIFICA A LA DIVERSA QUE ESTABLECE EL MECANISMO PARA GARANTIZAR EL PAGO DE CONTRIBUCIONES EN MERCANCÍAS SUJETAS A PRECIOS ESTIMADOS POR LA SECRETARIA DE HACIENDAYCRÉDITO PUBLICO Primero.- Se reforma el artículo cuarto y se deroga el artículo décimo, de la Resolución que establece el Mecanismo para garantizar el pago de contribuciones en mercancías sujetas a precios estimados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1994 y sus posteriores modificaciones, para quedar de la siguiente forma:

"Cuarto.- Los importadores podrán solicitar la cancelación de la garantía otorgada en los términos de los artículos 86-A de la Ley Aduanera y segundo de la presente Resolución, presentando ante la institución de crédito o casa de bolsa emisora de la constancia de depósito o garantía correspondiente, copia del pedimento de importación y el ejemplar de dicha constancia destinada al importador, siempre que la autoridad aduanera no haya avisado a la institución de crédito o casa de bolsa de que se trate el inicio del ejercicio de sus facultades de comprobación.

Décimo.- Se deroga."

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S...

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