Resolución CG303/2011, Resolución del consejo general del instituto federal electoral respecto de las irregularidades determinadas en el dictamen consolidado de la revisión de los informes anuales de ingresos y egresos de los partidos políticos nacionales correspondientes al ejercicio dos mil diez., 27-09-2011
| Fecha | 27 Septiembre 2011 |
| Número de expediente | CG303/2011 |
| Emisor | Consejo General |
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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO GENERAL DEL INSTITUTO FEDERAL
ELECTORAL RESPECTO DE LAS IRREGULARIDADES DETERMINADAS EN
EL DICTAMEN CONSOLIDADO DE LA REVISIÓN DE LOS INFORMES
ANUALES DE INGRESOS Y EGRESOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
NACIONALES CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO DOS MIL DIEZ.
VISTO el Dictamen Consolidado que presenta la Unidad de Fiscalización de los
Recursos de los Partidos Políticos al Consejo General del Instituto Federal
Electoral respecto de los Informes Anuales de ingresos y egresos de los Partidos
Políticos Nacionales correspondientes al ejercicio de dos mil diez.
ANTECEDENTES
I. El treinta y uno de marzo de dos mil once se cumplió el plazo para que los
partidos políticos nacionales entregaran a la Unidad de Fiscalización de los
Recursos de los Partido Políticos los Informes Anuales correspondiente al ejercicio
dos mil diez, procediendo a su análisis y revisión, conforme a los artículos 84 del
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales; y 23.1 del
Reglamento para la Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos
Nacionales.
II. Que el veintidós de septiembre de dos mil once se venció el plazo límite para
que la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos, a través
de la Dirección de Auditoría de Partidos Políticos, Agrupaciones Políticas y Otros,
elaborara el Dictamen Consolidado respecto de las irregularidades encontradas en
la revisión de los Informes Anuales correspondientes al ejercicio dos mil diez. Lo
anterior, conforme a los artículos 84, numeral 1, inciso d) del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales; 25.1 del Reglamento para la
Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales; y 8, numeral 1,
inciso c) del Reglamento Interior de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de
los Partidos Políticos.
III. Una vez integrado el Dictamen Consolidado, la Dirección de Resoluciones y
Normatividad de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los Partidos
Políticos, elaboró el Proyecto de Resolución respectivo, el cual fue presentado a
este Consejo General. Lo anterior en cumplimiento con lo establecido en los
artículos 84, numeral 1, inciso f) del Código Federal de Instituciones y
Procedimientos Electorales; 25.3 del Reglamento para la Fiscalización de los
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Recursos de los Partidos Políticos Nacionales; y 9, numeral 1, inciso c), fracción II
del Reglamento Interior de la Unidad de Fiscalización de los Recursos de los
Partidos Políticos Nacionales.
IV. Toda vez que en el Dictamen Consolidado se determinó que se encontraron
diversas irregularidades de la revisión de los Informes Anuales de mérito y que, a
juicio de dicha Unidad, constituyen violaciones a las disposiciones en la materia,
con fundamento en los artículos 84, numeral 1, inciso f) del Código Federal de
Instituciones y Procedimientos Electorales; y 25.3 del Reglamento para la
Fiscalización de los Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, este Consejo
General del Instituto Federal Electoral emite la presente Resolución:
CONSIDERANDO
1. Que de conformidad con lo establecido en los artículos 79, numeral 1; 84,
numeral 1, inciso f); 118, numeral 1, inciso w) del Código Federal de Instituciones
y Procedimientos Electorales; y 26.1 del Reglamento para la Fiscalización de los
Recursos de los Partidos Políticos Nacionales, es facultad de este Consejo
General del Instituto Federal Electoral conocer de las infracciones y, en su caso,
imponer las sanciones administrativas correspondientes a las violaciones de los
ordenamientos legales y reglamentarios.
2. Que en términos de lo expuesto se procede a analizar el fondo de la presente
Resolución, en orden cronológico al registro de los Partidos Políticos Nacionales, a
saber:
2.1 PARTIDO ACCIÓN NACIONAL.
Previo al análisis de las conclusiones sancionatorias descritas en el Dictamen
Consolidado correspondiente, cabe hacer mención que por cuestión de método y
para facilitar el estudio de las diversas irregularidades encontradas en el Informe
Anual del aludido partido político correspondiente al ejercicio 2010, se procederá a
realizar su demostración y acreditación por subgrupos temáticos.
Conviene mencionar que el estudio de las diversas irregularidades que se
consideren formales se hará en un solo apartado englobando los Ingresos y
Egresos, toda vez que con esas infracciones no se acredita el uso indebido de los
recursos públicos, sino únicamente el incumplimiento de la obligación de rendir
cuentas en relación con el registro y comprobación de ingresos y gastos.
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Ahora bien, de la revisión llevada a cabo al dictamen referido y de las
conclusiones ahí realizadas, se desprende que las irregularidades en las que
incurrió el Partido Acción Nacional, son las siguientes:
a) 36 faltas de carácter formal: conclusiones 12, 14, 15, 16, 25, 27, 28, 31, 32,
36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 44, 45, 50, 51, 52, 53, 54, 55, 56, 58, 60, 61, 62,
64, 65, 66, 69, 71, 72 y 73. Asimismo, se ordena una vista al Instituto
Mexicano del Seguro Social, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda
para los Trabajadores y al Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del
Estado de Baja California por lo que hace a las conductas descritas en las
conclusiones 36 y 44.
b) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 33.
c) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 34.
d) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 46.
e) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 47.
f) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 59.
g) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 63.
h) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 67.
i) Falta de carácter sustancial o de fondo: conclusión 68.
j) Vista al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y al
Instituto Mexicano del Seguro Social: conclusión 35.
k) Vista al Instituto Mexicano del Seguro Social: conclusión 43.
l) Vista a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, al Instituto Mexicano del
Seguro Social, al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los
Trabajadores, a la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro y
a las Tesorerías Locales de los Estados de Baja California, Chihuahua,
Guanajuato, Guerrero, México y Michoacán.
m) Procedimiento oficioso: conclusión 11.
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n) Procedimiento oficioso: conclusión 13.
o) Procedimiento oficioso: conclusión 48.
p) Procedimiento oficioso: conclusión 49.
q) Procedimiento oficioso: conclusión 74
a) En el capítulo de Conclusiones Finales de la Revisión de los Informes, visibles
en el cuerpo del Dictamen Consolidado correspondiente, se establecieron las
siguientes conclusiones sancionatorias, mismas que tienen relación con el
apartado de ingresos y egresos, las cuales se analizarán por temas.
INGRESOS
Transferencias de Recursos no Federales
Bancos
Conclusión 12
“12. El partido informó la apertura de 3 cuentas bancarias a la Unidad de
Fiscalización en forma extemporánea.”
Transferencias de Recursos no Federales
Bancos
Conclusión 14
“14. El partido reportó partidas en conciliación con antigüedad mayor a un año
y no presentó evidencia documental de las gestiones llevadas a cabo para su
regularización, por un monto de $35,737.58.”
Transferencias...
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