Resolución por la que se acepta la solicitud de parte interesada y se declara el inicio de la investigación antidumping sobre las importaciones de poliéster fibra corta originarias de la República Popular China, independientemente del país de procedencia.

Fecha de disposición06 Febrero 2018
Fecha de publicación06 Febrero 2018
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

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Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. RESOLUCIÓN POR LA QUE SE ACEPTA LA SOLICITUD DE PARTE INTERESADA Y SE DECLARA EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN ANTIDUMPING SOBRE LAS IMPORTACIONES DE POLIÉSTER FIBRA CORTA ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA POPULAR CHINA, INDEPENDIENTEMENTE DEL PAÍS DE PROCEDENCIA

Visto para resolver en la etapa inicial el expediente administrativo 15/17 radicado en la Unidad de Prácticas Comerciales Internacionales (UPCI) de la Secretaría de Economía (la "Secretaría"), se emite la presente Resolución de conformidad con los siguientes

RESULTANDOS

  1. Solicitud

    1. El 19 de septiembre de 2017 DAK Resinas Américas México, S.A. de C.V. (DAK o la "Solicitante"), solicitó el inicio de la investigación administrativa por prácticas desleales de comercio internacional, en su modalidad de discriminación de precios, sobre las importaciones de poliéster fibra corta (PFC) originarias de la República Popular China ("China"), independientemente del país de procedencia.

    2. DAK manifestó que las importaciones de poliéster fibra corta originarias de China en condiciones de discriminación de precios, aumentaron significativamente en términos absolutos y relativos, cuyos precios muestran una tendencia a la baja, lo que causó efectos negativos en los precios del producto similar, así como una reducción de los niveles de producción y, por ende, una caída en la utilización de la capacidad instalada, así como en el flujo de caja, causando daño a la producción nacional.

    3. Propuso como periodo investigado el comprendido del 1 de julio de 2016 al 30 de junio de 2017 y como periodo de análisis de daño el comprendido del 1 de julio de 2014 al 30 de junio de 2017.

  2. Solicitante

    1. DAK es una empresa constituida conforme a las leyes mexicanas. Su principal giro es la fabricación de productos derivados del poliéster, entre ellos, Polietilen Tereftalato de Etileno (PET) y PFC. Así como la venta, importación, exportación, comercialización y distribución de toda clase de plásticos, fibras, productos químicos y materias primas relacionadas con la fabricación de poliésteres plásticos. Señaló como domicilio para recibir notificaciones el ubicado en Paseo de la Reforma No. 222, Torre 1, piso 17, Col. Juárez, C.P. 06600, Ciudad de México.

  3. Producto investigado

    1. Descripción general

    2. DAK señaló que el producto objeto de investigación es el PFC (polyester staple fiber, en inglés) con un rango mayor a 1 denier (densidad lineal de masa de fibras) y menor o igual a 3.2 denier y una tenacidad menor a 6.9 gramos por denier; excluyendo la fibra teñida de algún color (incluyendo el negro) y la que sea de baja fusión (low melt) o siliconizada. Agregó que dicha mercancía es conocida genéricamente y comercialmente como fibra corta de polietileno tereftalato o fibra discontinua de poliéster, mientras que su nombre técnico es fibra de tereftalato de polietileno o polietilen tereftalato, que se conoce como de poliéster o PET.

    3. Características

    4. DAK señaló que el PFC es una fibra sintética derivada de la reacción de productos petroquímicos (desarrollada en un laboratorio durante el Siglo XX) y que las fibras de poliéster se forman a partir de una reacción química entre un ácido orgánico y un alcohol; reacción en la que dos o más moléculas se combinan para hacer una gran molécula cuya estructura se repite en toda su longitud. DAK proporcionó las siguientes características físicas, organolépticas y químicas relativas al PFC:

      Características físicas y organolépticas
      Características químicas

      - No es absorbente.
      - Conserva mejor el calor que el algodón y el lino.
      - Resistente a los ácidos, álcalis y blanqueadores.
      - Resistente a manchas.
      - Tiene mucho brillo.
      - Puede ser adaptado según los requerimientos del uso final (ropa, textiles, hogar o filamentos e hilos en los que es usada como filamento continuo).
      - 50% cristalino.
      - El ángulo de sus moléculas puede variar.
      - Muy sensibles a procesos termodinámicos.
      - Termoplástico, se pueden producir plisados y pliegues permanentes.
      - Su punto de fusión está por arriba de los 245°C. El cual se define como la temperatura a la cual se encuentra el equilibrio de fases sólidos y líquidos, es decir, en el que la materia se funde pasando de solido a líquido.
      - Resiste al calor, pero no es retardante del fuego.
      - El punto de fusión es una propiedad intensiva, mientras cambia su estado la temperatura se mantiene constante.
      - Se utiliza para la modificación de la estética de la tela durante el proceso de acabado.
      - Finura mayor o igual a 1 hasta 3.2 denier 1. La resistencia de la fibra debe estar en un rango de entre 3.5 a 6.9 gramos por denier, donde los gramos fuerza por denier (gf/den), es la unidad de tenacidad de la fibra, es decir, mide la fuerza necesaria para romper una fibra de un denier.
      - Color es blanco natural y/o con blanqueador óptico.
      - Buena resistencia a los ácidos minerales débiles (a temperatura de ebullición).
      - Se disuelve por descomposición parcial por el ácido sulfúrico concentrado.
      - Excelente resistencia a los agentes oxidantes como: blanqueadores textiles convencionales o disolventes para limpieza.
      - En insoluble a la mayoría de los disolventes de limpieza y a los agentes activos excepto a polihalogenados, ácidos, acético y fenoles.
      - Altamente sensible a bases, tales como hidróxido de sodio y metilamilina que provocan la degradación de enlaces éster (pérdida de propiedades físicas).
      - Hidrofóbica, es decir que muestra repelencia al agua y tiene un secado rápido.
      - Tiene características oleofílicas, que quiere decir que es difícil a la eliminación de manchas de aceite.
      - Flamable, con un Índice de Oxígeno (Limiting Oxigen Index o L.O.I., en inglés) de 20.6.
    5. DAK añadió que el PFC corresponde a la reacción entre el ácido tereftálico (PTA, por las siglas en inglés de "Purified Terephthalic Acid") y monoetilenglicol (MEG, por las siglas en inglés de "Monoethylene Glycol") y que la descripción fibra corta o fibra cortada es para referirse a su presentación en forma de filamento cortados o discontinuos cuya longitud varía dependiendo el proceso al que vaya a destinarse para ser transformado en hilos, telas de no tejidos o para rellenos. Agregó que el PFC se conoce en todo el mundo con el mismo nombre al tener la misma composición química (C10H8O4)n y corresponder al número CAS 25038-59-9 (relativo a la nomenclatura del Chemical Abstract Service), el cual permite referir que siempre este material en su composición química será la misma al igual que las materias primas que reaccionan para obtenerlo.

    6. Para sustentar lo anterior, DAK presentó cuadros comparativos, figuras, diagramas y definiciones obtenidas de diversas publicaciones e instituciones especializadas en las industrias química y textil, así como de sus páginas de Internet, entre las que destacan, la del Servicio de Información Química Independiente (ICIS, por las siglas en inglés de "Independent Chemical Information Service"), el Comité Internacional de Rayón y Fibras Sintéticas (CIFRS, por las siglas en francés de "Comité International de la Rayonne et des Fibres Synthétiques") y el "Materiales para el Diseño de Productos Textiles", publicado por la Universidad

      Politécnica de Cataluña, así como manuales de ingeniería y química. Asimismo, DAK proporcionó fichas técnicas relativas al PFC originario de China, obtenidas de diversas páginas de Internet en las que se describen sus características físicas y químicas.

    7. Tratamiento arancelario

    8. La Solicitante indicó que el producto objeto de investigación ingresa a través de las fracciones arancelarias 5503.20.01 y 5503.20.99 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación (TIGIE), cuya descripción es la siguiente:

      Codificación arancelaria
      Descripción
      Capítulo 55
      Fibras sintéticas o artificiales discontinuas.
      Partida 5503
      Fibras sintéticas discontinuas, sin cardar, peinar ni transformar de otro modo para la hilatura.
      Subpartida 5503.20
      - De poliésteres.
      Fracción 5503.20.01
      De tereftalato de polietileno, excepto lo comprendido en las fracciones 5503.20.02 y 5503.20.03.
      Fracción 5503.20.99
      Los demás.

      Fuente: Sistema de Información Arancelaria Vía Internet (SIAVI)

    9. De acuerdo con el SIAVI, las importaciones de PFC que ingresen por las fracciones arancelarias 5503.20.01 y 5503.20.99 de la TIGIE están sujetas a un arancel ad valorem del 5% para los países con los que México no tiene celebrados tratados de libre comercio o acuerdos de integración.

    10. La unidad de medida utilizada en la TIGIE y en las operaciones comerciales es el kilogramo.

    11. Proceso productivo

    12. DAK indicó que el PFC es un polímero cuyo nombre proviene de "poli" que significa muchos, y "éster", un compuesto orgánico derivado del petróleo. Los insumos principales utilizados en su fabricación son el PTA y el MEG, cuya reacción resulta en la estructura química de poliéster; tal como se observa en la siguiente ilustración.

      Proceso de reacción del poliéster

      Tanque de pasta (mezcla de PTA y MEG) Etapa de esterificación (reacción entre PTA y MEG)

      Reacción de polimerización Producto polietilen tereftalato (Poliéster)

      Fuente: DAK

    13. La Solicitante señaló que, de acuerdo al estudio estequiométrico y peso molar (relativo a la relación cuantitativa entre las sustancias que intervienen en una reacción química), para formar una molécula de Polietilen Tereftalato (PET, por el término en inglés de olyethylene terephthalate) se requiere de la siguiente proporción entre el PTA y el MEG:

      Estequiometría y peso molar para el PET
      Molécula
      Estequiométrico K/K
      Po...

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