Requisitos relacionados con las retenciones de ISR y los pagos de IVA, que deben satisfacerse a más tardar el próximo 31 de marzo

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Conforme a los artículos 31, fracciones V y VII, 81, primer párrafo, y 125, último párrafo, de la Ley del ISR, las personas morales que tributen en el régimen general o en el régimen simplificado, para estar en posibilidad de deducir las erogaciones que efectúen, deberán reunir, entre otros, los requisitos siguientes:

  1. Cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley del ISR en materia de retención y entero de impuestos a cargo de terceros o que, en su caso, se recabe de éstos copia de los documentos en que conste el pago de dichos impuestos.

  2. Que cuando los pagos cuya deducción se pretenda realizar se hagan a contribuyentes que causen el IVA, este impuesto se traslade en forma expresa y por separado en los comprobantes correspondientes.

Asimismo, el artículo 31, fracción XIX, primer párrafo, de la Ley del ISR, indica que la documentación comprobatoria de las retenciones y de los pagos a que se refieren los puntos anteriores, deberán realizarse en los plazos que al efecto establezcan las disposiciones fiscales y la documentación comprobatoria se obtenga en esa fecha.

Así, para estar en posibilidad de deducir las erogaciones que generen retenciones de ISR, así como aquellas que causen IVA, correspondientes al ejercicio de 2003, las retenciones de ISR y los pagos de la deducción que se pretenda realizar, debieron efectuarse en los plazos que al efecto hayan establecido las disposiciones fiscales vigentes; por tanto, los contribuyentes que no hubieran cumplido en tiempo y forma con estas obligaciones, para efectos de determinar el resultado fiscal de dicho año, deberán considerar como no deducibles las erogaciones respectivas.

Sin embargo, el artículo 47 del Reglamento de la Ley del ISR señala que se consideraran reunidos los requisitos...

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