Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 24 de Noviembre de 2017 (Tesis num. 1a./J. 102/2017 (10a.) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 24-11-2017 (Reiteración))
Número de registro | 2015601 |
Número de resolución | 1a./J. 102/2017 (10a.) |
Fecha de publicación | 24 Noviembre 2017 |
Fecha | 24 Noviembre 2017 |
Emisor | Primera Sala |
Tipo de Jurisprudencia | Reiteración |
Materia | Común |
Localizador | 10a. Época; 1a. Sala; Semanario Judicial de la Federación; 1a./J. 102/2017 (10a.) |
Son inoperantes los agravios dirigidos a impugnar la constitucionalidad de algún precepto de la Ley de Amparo aplicado en la sentencia recurrida y que trasciende al sentido de la decisión adoptada, cuando no aportan elementos ni parámetros que permitan realizar un estudio de constitucionalidad de las normas impugnadas. Así, cuando el recurrente se limita a referir que un precepto de la ley citada es inconstitucional al transgredir distintos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y diversos derechos por aquéllos reconocidos, sin expresar argumentos lógico jurídicos tendentes a precisar y demostrar la alegada inconstitucionalidad, es evidente que deviene la citada inoperancia y que, en cuanto a ello se refiere, debe desecharse el recurso de revisión intentado.
Amparo directo en revisión 2161/2015. H.A.O.V.. 2 de septiembre de 2015. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R., O.S.C. de G.V. y A.G.O.M.. Ponente: J.M.P.R.. Secretario: G.P.L.A..
Amparo directo en revisión 5075/2015. J.H.V.C.. 31 de agosto de 2016. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R., N.L.P.H. y A.G.O.M.. Ponente: A.G.O.M.. Secretario: Z.A.F.M..
Amparo directo en revisión 6345/2015. J.C.Á.N.. 21 de septiembre de 2016. Unanimidad de cuatro votos de los Ministros J.R.C.D., quien reservó su derecho para formular voto concurrente, J.M.P.R., N.L.P.H. y A.G.O.M.. Ausente y Ponente: A.Z.L. de L.; en su ausencia hizo suyo el asunto J.M.P.R.. Secretario: M.G.A.J..
Amparo directo en revisión 1644/2016. V.U.C.. 23 de noviembre de 2016. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R., A.G.O.M. y N.L.P.H.. Ponente: J.M.P.R.. Secretario: J.A.C.T..
Amparo directo en revisión 4336/2016. E.J.P.D.. 30 de noviembre de 2016. Cinco votos de los M.A.Z.L. de L., J.R.C.D., J.M.P.R., A.G.O.M. y N.L.P.H.. Ponente: N.L.P.H.. Secretario: E.A.M..
Tesis de jurisprudencia 102/2017 (10a.). Aprobada por la Primera Sala de este Alto Tribunal, en sesión de quince de noviembre de dos mil diecisiete.
Esta tesis se publicó el viernes 24 de noviembre de 2017 a las 10:35 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 27 de noviembre de 2017, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013.-
Sentencia de Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (Expediente SUP-JDC-0216-2020), 10-06-2020
...consideraciones respecto al estudio de mayor beneficio indique en el voto particular emitido en el SUP-JDC-167/2020. [93]Jurisprudencia 1a./J. 102/2017 de la Primera Sala de la SCJN de rubro REVISIÓN EN AMPARO DIRECTO. SON INOPERANTES LOS AGRAVIOS DIRIGIDOS A IMPUGNAR LA CONSTITUCIONALIDAD ......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 14-03-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 5831/2017)
...Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Libro 27, Tomo I, febrero de 2016, p. 671. 8 Datos de localización: Jurisprudencia 1a./J. 102/2017, Primera Sala, Décima Época, Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, libro 48, Tomo I, noviembre de 2017, p. 296. ...
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 24-01-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 6501/2017)
...y por ende, la aplicación de la suplencia de la queja deficiente. Ello es congruente con lo sostenido por esta Primera Sala en la tesis 1a./J. 102/2017 (10a.)4, donde se fijó el criterio consistente en que no pueden tomarse en cuenta los argumentos de presunta inconstitucionalidad de la Ley......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 27-06-2018 (AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 489/2018)
...EN AMPARO DIRECTO. REQUISITOS PARA IMPUGNAR DISPOSICIONES DE LA LEY DE AMPARO A TRAVÉS DE ESTE RECURSO.” 16 Cfr. la jurisprudencia 1a./J. 102/2017 (10a.), publicada en la Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Tomo I, Libro 48, Noviembre de 2017, Pág. 296, Décima Época, Primera Sa......