La regulación de la filiación derivada de las técnicas de reproducción asistida en la Argentina: voluntad procreacional y consentimiento informado

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AutorMariana Iturburu - María Martina Salituri Amezcua - Mariana Vázquez Acatto
CargoMiembro de Cathra (Comisión Asesora en Técnicas de Reproducción Asistida), Argentina - Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires - Abogada de la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Argentina
Páginas85-108
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REVISTA DEL INSTITUTO DE CIENCIAS JURÍDICAS DE
PUEBLA, MÉXICO. ISSN 1870-2147. NUEVA ÉPOCA
VOL. 11, No. 39. ENERO - JUNIO DE 2017. PP9-23
La regulación de la filiación derivada de
las técnicas de reproducción asistida en
la Argentina: voluntad procreacional y
consentimiento informado*
The regulation of the affiliation from assisted
reproduction techniques in Argentina:
procreative will and informed consent
Mariana Iturburu*
María Martina Salituri Amezcua**
Mariana Vázquez Acatto***
RESUMEN
En el presente artículo se profundiza sobre la
experiencia argentina que regula las técni-
cas de reproducción humana asistida como
fuente autónoma de filiación en el Código
Civil y Comercial de la Nación vigente desde
mediados del 2015. El elemento determinante
en este tipo filial es la voluntad procreacional
manifestada en el consentimiento previo, in-
formado y libre prestado ante el centro de sa-
lud, independientemente de quién haya apor-
tado los gametos.
PALABRAS CLAVE: Técnicas de Reproducción Hu-
mana Asistida, Filiación, Voluntad Procreacional-
Consentimiento Informado
ABSTRACT
This article explores the Argentine experience
that regulates assisted human reproduction
techniques as an autonomous source of affi-
liation in the Civil and Commercial Code of the
Nation in force since mid 2015. The determi-
ning element in this filial type is the procrea-
tive will expressed in the prior, informed and
free consent, before the health center, inde-
pendently of sperm donor.
KEY WORDS: Assisted human reproduction te-
chniques, affiliation, procreative will, informed
consent
* Artículo recibido el 30 de agosto de 2016 y aceptado el 5 de noviembre de 2016
** Miembro de CATHRA (Comisión Asesora en Técnicas de Reproducción Asistida), Argentina. marianaiturburu@
gmail.com
*** Docente de la Facultad de Derecho de la Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires (Unicen),
Argentina. martinasalituri@hotmail.com
**** Abogada de la Dirección de Asuntos Legales de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, Argen-
tina. marianavazquezacatto@hotmail.com
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SUMARIO
1. Introducción
2. Antecedentes
3. Técnicas de reproducción humana asistida y voluntad procreacional
4. La regulación
5. Desafíos
6. Cierre
1. Introducción
Desarrollaremos a continuación los antecedentes normativos y jurispruden-
ciales que dieron lugar a la regulación de las técnicas de reproducción asistida
(TRHA) como fuente de filiación, qué es lo que prevé el sistema filiatorio en rela-
ción con ellas, la valoración de la voluntad procreacional en la determinación
de esta relación jurídica y los requisitos para su efectiva manifestación. Final-
mente, dejaremos planteados aquellos conflictos que atraviesa la regulación,
así como las cuestiones que se encuentran pendientes de resolución por parte
de la norma.
2. Antecedentes
La importancia de las técnicas se visibilizó en el plano jurídico de Argentina
a partir del año 2010, con la sanción de la Ley 26.618,1 la cual reconoció la
institución del matrimonio a las parejas del mismo sexo. Esta ley puso sobre el
escenario prácticas que ya se venían realizando, como la inseminación de una
mujer con material genético de un tercero, estando en pareja con otra persona
del mismo sexo, o la gestación de una mujer para una pareja de hombres que
desea tener un hijo.
El artículo 36 de dicha norma introdujo una reforma al inciso c) del artícu-
lo 36 de la ley 26.4132 de Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Éste se refiere al contenido del acta de inscripción de los hijos nacidos dentro
de un matrimonio. El texto expresa: “La inscripción deberá contener: […] El
nombre y apellido del padre y de la madre o, en el caso de hijos de matrimonios
1 Ley de matrimonio igualitario, 2010. Disponible en: http://www.psi.uba.ar/academica/carrerasdegrado/psicologia/
sitios_catedras/electivas/816_rol_psicologo/material/unidad2/complementaria/ley_de_matrimonio_igualitario.pdf
2 MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, Ley 26.413. Disponible en: http://servicios.infoleg.gob.ar/infolegInternet/
anexos/145000-149999/145 345/texact.htm

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