NOM-017-SSA3-2012: Regulación de Servicios de Salud. Para la Práctica de la Acupuntura Humana y Métodos Relacionados.

DependenciaSecretaría de Comunicaciones y Transportes
ClaveNOM-017-SSA3-2012
Tipo de normaDefinitiva
Rama de la Actividad EconómicaActividades del Gobierno
ProductoServicios Médicos

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud. GERMAN ENRIQUE FAJARDO DOLCI, Subsecretario de Integración y Desarrollo del Sector Salud y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o. de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o. fracción XI, 38 fracción II, 40 fracciones III y XI, 41, 43 y 47 fracciones III y IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 3o. fracciones I, II y VII, 13 apartado A fracciones I y IX, 34, 45, 48, 78 y 79 de la Ley General de Salud; 28 y 34 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 4o., 5o., 7o., 8o., 9o. y 10o. fracción I del Reglamento de la Ley General de Salud en materia de prestación de servicios de atención médica; 2o. apartado A fracción I, 8o. fracción V y 9o. fracción IV Bis del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación, en el Diario Oficial de la Federación, de la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA3-2012, Regulación de servicios de salud. Para la práctica de la acupuntura humana y métodos relacionados.

CONSIDERANDO

Que con fecha 31 de agosto de 2011 fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el Proyecto de Modificación de esta norma, en cumplimiento a la aprobación del mismo por parte del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud; de conformidad con lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, a efecto de que en los siguientes 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud.

Que durante el periodo de Consulta Pública de 60 días, que concluyó el de 30 de octubre del 2011, fueron recibidos en la sede del mencionado Comité, comentarios respecto del Proyecto de Modificación de Norma Oficial Mexicana, razón por la que con fecha previa fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, en los términos del artículo 47 fracción III de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Innovación, Desarrollo, Tecnologías e Información en Salud, se expide la siguiente:

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-017-SSA3-2012, REGULACION DE SERVICIOS DE SALUD. PARA LA PRACTICA DE LA ACUPUNTURA HUMANA Y METODOS RELACIONADOS

PREFACIO

En la elaboración de esta norma, participaron:

SECRETARIA DE SALUD

Subsecretaría de Integración y Desarrollo del Sector Salud

Dirección General de Calidad y Educación en Salud

Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad

Dirección General de Planeación y Desarrollo en Salud

Dirección de Medicina Tradicional y Desarrollo Intercultural

Dirección General de Desarrollo de la Infraestructura Física

Secretariado Técnico del Consejo Nacional de Salud

Comisión Nacional de Arbitraje Médico

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE CAMPECHE

SECRETARIA DE SALUD DEL DISTRITO FEDERAL

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE JALISCO

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE MEXICO

SECRETARIA DE SALUD DEL MICHOACAN DE OCAMPO

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE OAXACA

SERVICIOS DE SALUD DE SAN LUIS POTOSI

SECRETARIA DE SALUD DEL ESTADO DE SONORA

INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

Dirección de Prestaciones Médicas

INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO

Dirección Médica

SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL

Dirección General de Sanidad Militar

SECRETARIA DE MARINA

Dirección General de Sanidad Naval

SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA

INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL

Escuela Nacional de Medicina y Homeopatía

UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO

Facultad de Estudios Superiores Iztacala

UNIVERSIDAD AUTONOMA METROPOLITANA, IZTAPALAPA

Coordinación de la Especialidad en Acupuntura y Fitoterapia

INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL DEL ESTADO DE MEXICO Y MUNICIPIOS

Centro Médico Ecatepec

UNIVERSIDAD ESTATAL DEL VALLE DE ECATEPEC

Dirección de la Carrera de Licenciatura en Acupuntura Humana

ASOCIACION DE MEDICOS ACUPUNTURISTAS DE CIUDAD JUAREZ, A.C.

ASOCIACION MEDICA MEXICANA DE MEDICINA TRADICIONAL CHINA, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE ASOCIACIONES Y SOCIEDADES DE ACUPUNTURA, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE MEDICOS ACUPUNTURISTAS, A.C.

ASOCIACION MEXICANA DE TERAPEUTAS NATURISTAS, A.C.

ASOCIACION NACIONAL DE HOSPITALES PRIVADOS, A.C.

HOSPITAL INFANTIL PRIVADO, S.A. DE C.V.

ESCUELA SUPERIOR ENERGETICA ACUPUNTURAL "MAURICE MUSSAT", A.C.

FUNDACION DR. SALVADOR CAPISTRAN ALVARADO, A.C.

GRUPO FRACTUS, A.C.

INSTITUTO MEXICANO DE ACUPUNTURA RYODORAKU, A.C.

INSTITUTO TOMAS ALCOCER DE MEDICINA Y ACUPUNTURA TRADICIONAL CHINA, A.C.

SOCIEDAD DE BENEFICENCIA ESPAÑOLA, I.A.P.

SOCIEDAD DE ACUPUNTURISTAS DEL SURESTE, A.C.

UNION DE ASOCIACIONES DE MEDICOS Y TECNICOS ACUPUNTURISTAS, A.C.

INDICE

  1. Introducción

  2. Objetivo

  3. Campo de aplicación

  4. Referencias

  5. Definiciones

  6. Generalidades

  7. Especificaciones

  8. Medidas restrictivas

  9. Publicidad

  10. Concordancia con normas internacionales y mexicanas

  11. Bibliografía

  12. Vigilancia

  13. Vigencia

  14. Introducción

    La Reforma del Sector Salud marca dos líneas fundamentales: extender la cobertura de servicios de salud y mejorar la calidad de la atención; para ello es necesario que la práctica médica se realice con estricto apego a la normatividad vigente, para asegurar el bienestar de la población.

    En este sentido, la acupuntura humana es una disciplina de la medicina que se constituye como un recurso terapéutico de utilidad en la práctica médica en general.

    La Organización Mundial de la Salud reconoce la utilidad de la acupuntura para el tratamiento de enfermedades, promueve su regulación e integración en los sistemas nacionales de salud y recomienda realizar estudios de investigación al respecto.

    Es importante señalar que, para la correcta interpretación de la presente norma, se tomarán en cuenta, invariablemente los principios científicos y éticos a través de los cuales, los profesionales y técnicos de las disciplinas para la salud, habrán de prestar sus servicios a su leal saber y entender en beneficio del paciente, atendiendo a las...

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