Reglas de operación del Programa para la Vinculación de Empresas con Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación COMECYT- EDOMÉX.

LA JUNTA DIRECTIVA DEL CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, EN EJERCICIO DE LAS
ATRIBUCIONES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 10, FRACCIÓN I, DEL REGLAMENTO INTERNO DEL
CONSEJO MEXIQUENSE DE CIENCIA Y TECNOLOGÍA, Y
CONSIDERANDO
Que el financiamiento a la ciencia y tecnología se sujetará a lo establecido en los artículos 6 fracciones II, III, VIII y IX,
21, 22 fracciones I, II, III y IV, 26, 31 fracción VII, 35 y del 49 al 55 de la Ley de Ciencia y Tecnología del Estado de
México;
Que el Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, Pilar Económico, “Estado de México competitivo,
productivo e innovador”, en el objetivo 2.4: “Potenciar la innovación y el desarrollo tecnológico como instrumento para
impulsar el desarrollo económico”, establece la estrategia 2.4.2 “Vincular a las instituciones de educación superior y a
los centros de investigación con el sector privado”;
Que, con base en el Directorio Estadístico Nacional de Unidades Económicas (DENUE) noviembre 2018 del INEGI,
describe que en el Estado de México existen más de 680,000 Unidades Económicas, de las cuales más del 90% son
consideradas MIPYMES de acuerdo a la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas. De estas,
menos del 1% han solicitado apoyos al Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología, resultando beneficiadas cerca
del 0.05%;
Que a pesar de que el avance en materia de apoyos a MIPYMES ha sido notable, el reto es incrementar las
capacidades científicas y el desarrollo tecnológico de las empresas mexiquenses en forma coordinada con
Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación para que eleven su competitividad a través de la
innovación en la ejecución de Proyectos conjuntos de investigación, desarrollo e innovación en ciencia y tecnología;
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2 fracciones V, VI y VII de la Ley para la Mejora Regulatoria del
Estado de México y sus Municipios, se debe mejorar la calidad e incrementar la eficiencia del marco regulatorio, a
través de la disminución de los requisitos, costos y tiempos en que incurren los particulares; agilizar los procesos
administrativos en beneficio de la población del Estado de México; así como otorgar certidumbre jurídica sobre la
regulación, transparencia al proceso regulatorio y continuidad a la mejora regulatoria;
Que en términos de lo establecido en el artículo 3.46 fracciones III y V del Código Administrativo del Estado de
México, el Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología tiene, dentro de sus atribuciones, promover la obtención de
financiamientos para apoyar la realización de Proyectos de investigación científica, desarrollo tecnológico, formación
de recursos humanos y de divulgación; así como proponer políticas y estrategias eficientes de coordinación y
vinculación entre las instituciones de investigación y de educación superior del Estado, así como con los usuarios de
ciencia y tecnología;
Que de conformidad con lo previsto en el ordinal 13 fracciones XII, XIII y XV del Reglamento Interno del Consejo
Mexiquense de Ciencia y Tecnología, corresponde al Director General difundir la normatividad que rige al Organismo;
Elaborar propuestas de reformas jurídicas y administrativas; promover la modernización administrativa, mejora
regulatoria y la gestión de la calidad en los trámites y servicios que ofrece el COMECYT;
Que según consta en el acta de la Trigésima Sesión Extraordinaria de la Junta Directiva del Consejo Mexiquense de
Ciencia y Tecnología, celebrada en Toluca de Lerdo, Estado de México, a los 11 días del mes de febrero del año
2021, se aprobó el presente acuerdo; de conformidad con la atribución que le otorga la fracción V del artículo 10 del
Reglamento Interno del Consejo Mexiquense de Ciencia y Tecnología;
Que a través de oficio de fecha 09 de febrero de 2021, la Comisión Estatal de Mejora Regulatoria emitió el dictamen
respectivo a las presentes Reglas de Operación, de conformidad con lo dispuesto por la Ley para la Mejora
Regulatoria del Estado de México y sus Municipios y su Reglamento, y;
Que con base en lo anterior se expiden las “Reglas de Operación del Programa para la Vinculación de Empresas con
Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación COMECYT-EDOMÉX”, para quedar como sigue:
REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA PARA LA VINCULACIÓN DE EMPRESAS CON INSTITUCIONES DE
EDUCACIÓN SUPERIOR Y CENTROS DE INVESTIGACIÓN COMECYT- EDOMÉX
Disposiciones generales
El Programa para la Vinculación de Empresas con Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación
COMECYT-EDOMÉX, tiene por objetivo otorgar apoyo económico a Empresas Mexiquenses, para la ejecución de un
Proyecto de desarrollo tecnológico y/o innovación tecnológica que genere un impacto, es decir que el proyecto
resuelva una necesidad o problema prioritario para el Estado de México, realizado de manera conjunta con
Instituciones de Educación Superior y Centros de Investigación establecidos en el Estado de México.
ÍNDICE
1. OBJETIVO DE LAS REGLAS DE OPERACIÓN
2. GLOSARIO
3. CONVOCATORIA
3.1 Requisitos que debe contener la Convocatoria
3.2 Publicación y difusión de la Convocatoria
4. REQUISITOS PARA EL PROPONENTE
5. CARACTERÍSTICAS Y DURACIÓN DE LOS PROYECTOS
6. APOYO ECONÓMICO
7. RECEPCIÓN Y PRESENTACIÓN DEL PROYECTO
7.1 Recepción del Proyecto.
7.2 Presentación del Proyecto.
8. PROCESO DE EVALUACIÓN DEL PROYECTO
8.1 Primera etapa: Viabilidad pertinente por parte de la Unidad Administrativa del EdoMéx
8.1.1 Funciones y atribuciones de las Unidades Administrativas
8.2 Segunda etapa: Comisión Evaluadora
8.2.1 Criterios de evaluación para la segunda etapa
8.2.2 Funciones y atribuciones de la Comisión Evaluadora
8.3 Tercera etapa: Visita de verificación
9. DICTAMINACIÓN
10. NOTIFICACIÓN Y PUBLICACIÓN DE RESULTADOS
11. FORMALIZACIÓN DEL APOYO ECONÓMICO
12. MINISTRACIÓN DE LOS RECURSOS
13. RUBROS AUTORIZADOS Y NO AUTORIZADOS
13.1 Rubros autorizados
13.2 Rubros no autorizados
13.3 Consideraciones generales para el ejercicio del recurso
14. SEGUIMIENTO DEL PROYECTO: Reportes Técnico y Financiero de Avance
14.1 Seguimiento y revisión parcial técnica y financiera del Proyecto
14.2 Entrega de los reportes
14.3 Evaluación de los reportes
15. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL PROYECTO
16. RESCISIÓN DEL CONVENIO DE ASIGNACIÓN DE RECURSOS
17. INFORME FINAL
18. ACTA DE CIERRE
19. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN DE DESARROLLO TECNOLÓGICO Y
VINCULACIÓN
19.1 Derechos
19.2 Obligaciones
20. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL PROPONENTE
20.1 Derechos
20.2 Obligaciones
21. DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL SUJETO DE APOYO
21.1 Derechos
21.2 Obligaciones
22. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL SUJETO DE APOYO
23. SANCIONES AL SUJETO DE APOYO
24. CONFIDENCIALIDAD
25. ACCESO A LA INFORMACIÓN
26. CRÉDITOS Y PROPIEDAD INTELECTUAL
27. AUDITORIA CONTROL Y VIGILANCIA
28. QUEJAS Y DENUNCIAS

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