Reglas de Operación del Programa Nacional Forestal 2017. (Continúa de la Decimocuarta Sección)

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EmisorComisión Nacional Forestal

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REGLAS de Operación del Programa Nacional Forestal 2017. (Continúa de la Decimocuarta Sección) (Viene de la Decimocuarta Sección)

CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE PUEBLA PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL FORESTAL (PRONAFOR) 2017

  1. Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y el anexo técnico de los conceptos de apoyo:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Concepto de apoyo
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
    PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
  2. Áreas elegibles: Se considerarán como áreas elegibles las publicadas por la CONAFOR en su página de internet para el Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, adicionalmente se consideran como áreas prioritarias los siguientes casos:

    · Las áreas totales de los municipios que contengan alguna superficie prioritaria de las publicadas por CONAFOR, manteniendo fuera aquéllas en las que por Ley no pueden establecerse plantaciones;

    · Los municipios de las Cuencas Industriales Forestales, manteniendo fuera aquéllos en los que por Ley no pueden establecerse plantaciones;

    · Las áreas aledañas a plantaciones mayores a 200 hectáreas;

  3. Especies elegibles y densidad mínima de plantas a establecer por hectárea, por tipo de plantación:

    Maderables y celulósicas: con una densidad mínima de 1,100 plantas por hectárea.

    o Pinos: P. ayacahuite, P. cembroides, P. greggii, P. montezumae, P. patula y P. pseudostrobus;

    o Eucaliptos: E. camaldulensis, E. globulus, E. grandis;

    o Latifoliadas: Bursera spp, Cedrela odorata, Gmelina arborea, Swietenia macrophylla, Tabebuia donnell-smithii, Tabebuia rosea, Tectona grandis, Ocotea puberula, Prosopis spp, Leucaena leucocephala;

    Doble Propósito: con una densidad mínima de 400 plantas por hectárea

    o Hevea brasiliensis (Hule)

    No Maderables: con una densidad mínima de 10,000 plantas por hectárea

    o Chameadorea spp (Palma camedor)

    No Maderables: con una densidad mínima de 400 plantas por hectárea

    o Bambusa oldhamii, Guadua angustifolia (Bambu)

    Árboles de Navidad: con una densidad mínima 2,200 plantas por hectárea.

    o Especies de coníferas conocidas para este uso

  4. Superficies mínimas y máximas a apoyar por concepto de apoyo y tipo de plantación:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Tipo de plantación
    Superficie mínima (ha)
    Superficie máxima (ha)
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
    PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
    Todos los tipos de plantación
    2
    150
  5. Monto de apoyo por hectárea por concepto de apoyo y tipo de plantación:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Monto de apoyo para
    actividades ($/ha)
    Monto de apoyo para asistencia
    técnica ($/ha)
    Monto de apoyo del costo de
    oportunidad ($/ha)
    PFC.1 Establecimiento y mantenimiento inicial de Plantaciones Forestales Comerciales
    11,000
    800
    2,000
    PFC.2 Plantaciones Forestales Comerciales Establecidas
    11,000
    800
    N/A
  6. Plazos para la recepción y asignación de apoyos: las personas interesadas en solicitar apoyos del PRONAFOR deberán cumplir los requisitos señalados en el artículo 19 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017 y los señalados en el anexo técnico del componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales, en los plazos siguientes:

    Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales
    Actividad
    Término o Plazo
    Recepción de los requisitos y solicitudes de apoyo
    Dentro de los 30 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017.
    Notificación por la CONAFOR de documentación e información faltante o incorrecta
    Al momento de la recepción de la solicitud de apoyo, o bien, dentro de los 5 días hábiles siguientes a la recepción de la solicitud de apoyo.
    Presentar la información y documentación faltante que sea requerida por la CONAFOR
    Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la documentación o información faltante o incorrecta.
    Emisión de dictámenes de factibilidad
    Dentro de los 25 días hábiles siguientes, contados a partir del cierre de recepción de solicitudes.
    Asignación de apoyos
    Dentro de los 10 días hábiles siguientes, contados a partir de la emisión de dictámenes de factibilidad.
    Publicación de resultados de asignación de apoyos
    Dentro de los 05 días hábiles siguientes a la fecha de asignación de apoyos.
    Firma de convenio de concertación
    Dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha de publicación de resultados de asignación de apoyos.
  7. Recepción de solicitudes: Las solicitudes y documentos de los interesados se recibirán en las oficinas de la CONAFOR de las 9:00 a las 18:00 horas en días hábiles y en las de los gobiernos de

    las entidades federativas autorizadas en sus horarios y domicilios oficiales. La recepción de solicitudes y documentos no garantiza que el interesado resulte beneficiario.

  8. Oficinas receptoras:

    · Las señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017

  9. Aspectos generales:

    · Cualquier modificación a la presente convocatoria deberá ser publicada en la página de internet de la CONAFOR, y en las oficinas receptoras de las Gerencias Estatales de la CONAFOR, señaladas en el Anexo 7 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017;

    · De conformidad con el artículo 12 de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, los recursos de la presente convocatoria se asignarán de acuerdo a la disponibilidad presupuestal de la CONAFOR.

  10. Quejas y denuncias: Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las Reglas de Operación del PRONAFOR 2017, ante cualquiera de las siguientes instancias:

    · El Órgano Interno de Control en la CONAFOR ubicado en Periférico Poniente Número 5360, Edificio "C", Colonia San Juan de Ocotán, Código Postal 45019, Zapopan, Jalisco. Teléfonos lada sin costo 01800 5004361, 01(33)31100515, 01(33)31100204, 01(33)36276827, 01(33)36276821 o a la siguiente dirección electrónica: quejas@conafor.gob.mx.

    · La Secretaría de la Función Pública. De manera presencial en avenida Insurgentes Sur 1735, espacio de contacto ciudadano, PB Módulo 3, colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, Ciudad de México; vía correspondencia: a la Dirección General de Denuncias e Investigaciones de la Secretaría de la Función Pública con domicilio en Avenida Insurgentes Sur número 1735, Piso 2, Ala Norte, colonia Guadalupe Inn, Delegación Álvaro Obregón, código postal 01020, Ciudad de México; vía telefónica lada sin costo 01800 1128700 y en la Ciudad de México 20002000 y 20003000 extensión 2164. Y a través del Sistema Integral de Quejas y Denuncias, SIDEC, en el sitio https://sidec.funcionpublica.gob.mx o por correo electrónico a contactociudadano@funcionpublica.gob.mx.

    · Las contralorías de las entidades federativas. En estos casos las quejas y denuncias que se presenten deberán ser remitidas al Órgano Interno de Control en la CONAFOR, en los términos de las disposiciones jurídicas aplicables.

    "Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente". "Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios".

    CONVOCATORIA EN EL ESTADO DE TABASCO PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL COMPONENTE VI. PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES DEL PROGRAMA NACIONAL

    FORESTAL (PRONAFOR) 2017

  11. Las personas interesadas en obtener apoyos del Componente VI. Plantaciones Forestales Comerciales del Programa Nacional Forestal (PRONAFOR) 2017, que cumplan con los criterios de elegibilidad, los requisitos y demás disposiciones relativas para solicitar apoyos, señaladas en las...

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